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PÆg. 241349 SEPARATA ESPECIAL Lima, lunes 24 de marzo de 2003 Gráfico Nº 3 Importancia de la Interconexión AA CCBBXX YY Empresa X œnica propietaria de la ruta A-B. Las empresas X, e Y compiten en la ruta B-C. En el bien final = una unidad de transporte o comunicación de A-C se requiere comunicar primero A-B y luego B-C. Para prestar dicho servicio la empresa Y debe alquilar el tramo inicial A-B. ¿ CuÆnto debe pagar la empresa Y por el alquiler de dicho tramo? En la experiencia internacional de privatización y concesión de infraestructura, los acuerdos de interconexión y los cargos de acceso a otras redes (cargos de interconexión) representan temas centrales del marco regulatorio, pues su definición y valor pueden convertirse en elementos disuasorios o barreras de entrada al mercado, y afectar los niveles de competencia en la industria. Desde el punto de vista de la teoría económica, existen dos razones principales porlas que se establece la necesidad de regular dichos acuerdos: (i) la creación de externalidades de red y, (ii) la innecesaria duplicación de infraestructura de red de telefonía fija local. 3.1 Externalidades positivas de la red En toda red de telecomunicaciones existen costos comunes importantes que deben ser cubiertos por la totalidad de los usuarios conectados a la misma. El ingreso de uno o más usuarios no sólo reduce la proporción de los costos comunes que debe ser asumida por cada uno de ellos, sino que también genera una externalidad positiva de red, o equivalentemente, un efecto multiplicador sobre los beneficios de los usuarios al ampliar las posibilida-des de comunicación que obtienen los usuarios de la red. 3.2 Innecesaria duplicación de infraestructura de red Uno de los aspectos que caracterizan a las industrias de servicios públicos es la utilización de extensas redes, las mismas que debido a sus significativos costos hundidos y a la subaditividad 4 de su función de costos, pueden conllevar a la existencia de un monopolio natural en los mercados donde se proveen dichos servicios públicos. En ese sentido, un marco regulatorio que no regule la obligación de interconexión implicaría establecer una barrera de entrada y una importante reducción de la capacidad de generar competencia en diferentesservicios, pues obligaría a la duplicación de infraestructura por cada proveedor del servicio para llegar a todos los usuarios. Asimismo, la fijación de un valor para el acceso a esta infraestructura (cargo de interconexión) es importante, pues un inadecuado establecimiento del mismo podría impedir la entrada de nuevos operadores. Porello, los marcos regulatorios suelen incorporar la obligación adicional de establecer cargos de interconexión basados en costos. 4. Normativa Aplicable acerca de los Cargos de Interconexión El contrato de concesión de Telefónica del Perú S.A.A., trata los aspectos relativos a la interconexión en la Cláusula 10, sección 10.01, allí se establece que: "(b) Contratos de Interconexión. Todos los contratos de interconexión entre la EMPRESA CONCESIONARIA y otros prestadores de SERVICIOS PORTADORES y SERVICIOS FINALES aplicables, serán por escrito de acuerdo con: (i) la LEY DE TELECOMUNICACIONES y otros reglamentos promulgados de acuerdo con dicha Ley; (ii) los reglamentos emitidos por OSIPTEL; y, (iii) los principios de neutralidad, no discriminación, igualdad de acceso e iguales términos y condiciones. Los cargos de interconexión serán establecidos de acuerdo con cada tipo de SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES y deberán incluir el costo de interconexión, contribuciones a los costos totales del prestador del SERVICIO LOCAL y un margen de utilidad razonable." El Contrato de Concesión establece los criterios generales en los que debe basarse la fijación de los cargos deinterconexión, pero deja a OSPTEL, los detalles de cómo se determinan dichos criterios a los reglamentos emitidos.Esto último ha sido recogido en los Lineamientos de Apertura y en el Reglamento de Interconexión. Los Lineamientos de Apertura de las Telecomunicaciones (Decreto Supremo N° 020-98-MTC) y el Reglamento de Interconexión (Reso- lución N°018-98-CD/OSIPTEL) definen el mecanismo y los conceptos de costos que deben ser considerados en ladeterminación de los cargos de interconexión. Lineamiento 44 "El Reglamento de Interconexión vigente establece, en su artículo 13°, que los cargos de interconexión son iguales a la suma de: (i) los costos de interconexión, (ii) contribuciones a los costos totales del prestador del servicio local, y (iii) un margen de utilidad razonable. En el artículo 14°, se define el costo de la interconexión como la diferencia en los costos totales que incluyen la instalación determinada y los costos totales que exclu- yen dicha instalación, dividida por la capacidad de la instalación, es decir, los costos medios. (…)" En lo que se refiere a la definición del costo de interconexión, señalado en el numeral (i) del Lineamiento 44, dichocosto es definido como el costo incremental de largo plazo tanto en el Reglamento de Interconexión como en elmismo Lineamiento de Apertura 5. Así, el Reglamento de Interconexión señala: 4 Ver en Baumol, Panzar y Willig (1982) y Panzar (1989) una exposición sobre los aspectos tecnológicos de los denominados monopo lios naturales. La condi- ción de subaditividad para una canasta Y de servicios esta dada por Σi C(Yi) ≥ C(Y), donde: Σi Yi = Y. 5 Se define al costo incremental de una actividad determinada como la diferencia entre el costo total que incluye a la actividad costeada y el costo total que la excluye.