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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2003 (24/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 241332 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de marzo de 2003 itinerarios u horarios ocupados y/o disponibles, así como sus respectivas características técnicas. 4. Posteriormente, FERSIMSAC remite a FETRANSA la Carta Nº GG/GG-016-FC. Santuario-2003 de fecha 12 de febrero de 2003, en la que menciona lo siguiente: (i) Que ha cumplido con remitir al MTC las pólizas de seguros exigidas; (ii)Las evidencias económicas solicitadas están en las pólizas emitidas; y, (iii)Que adjuntan un borrador de Contrato de Acceso a la Línea Férrea con la finalidad que FETRANSAlo revise y fije día y hora para la firma del Contratoa fin de remitir el mismo al MTC. En dicha comunicación FERSIMSAC adjunta además, la relación de sus empleados y hace llegar las frecuencias e itinerarios solicitados y el material tractivo y rodante quepiensa utilizar. 5. Con Carta Nº 33-GL-2003/FETRANS de fecha 24 de febrero de 2003, FETRANSA da respuesta a la carta men-cionada en el acápite anterior y señala lo siguiente: (i) Respecto del material tractivo y rodante, es nece- sario que presenten información sobre su proce-dencia y los informes técnicos que sustenten queel material a utilizar cumple con los estándaresexigidos; (ii)Que se coordine fecha y lugar en el cual los técni- cos de FETRANSA pueden hacer efectiva la ins-pección del material; (iii) Es necesario que la información de horarios y fre- cuencias remitidos, cuente con el detalle de losservicios a prestarse y el cumplimiento de las con- diciones de seguridad requeridos; y, que en caso de presentarse una situación de disputa de loshorarios con otro operador procederán de confor-midad con lo establecido en el Contrato de Conce-sión; (iv) Es necesario además que se precise la relación contractual entre los trabajadores informados y FERSIMSAC, dado que uno de los requisitos pre-vistos en el Decreto supremo Nº 027-99-MTC es elde presentar el detalle de la tripulación; (v) Las pólizas de seguros se encuentran siendo eva- luadas por el Broker de FETRANSA; y, (vi) Es necesario que demuestren la capacidad finan- ciera para asumir las garantía en favor de FETRAN-SA. 6. Mediante carta de fecha 26 de febrero de 2003, FERSIMSAC se dirige a FETRANSA y le solicita que en atención a que ha cumplido con todos los requisitos previs- tos para suscribir el Contrato de Acceso a la Línea y que noexiste disputabilidad de horarios y frecuencias, que se fijedía y hora para su suscripción, sin perjuicio de posterior-mente cumplir con los requisitos que establece el numeral12.2º del Contrato de Concesión para iniciar las operacio- nes. Asimismo, menciona que de no acceder a lo solicitado en 5 días hábiles, procederá de acuerdo a lo previsto en elartículo 55º del RMA. 7. Con Carta Nº 41-GL-2003/FETRANS del 28 de febrero de 2003, FETRANSA da respuesta a la carta defecha 26 de febrero de FERSIMSAC y señala lo siguien- te: (i) El numeral 7.3º establece el contenido mínimo de los Contratos de Acceso a la Línea Férrea. Resul-ta claro que el listado de dicho artículo no es nin-gún caso limitativo, no impidiendo se incluya en dicho Contrato las demás especificaciones y re- querimientos que sean necesarios; (ii) Se debe acreditar que el material tractivo y rodan- te a emplearse cumple con los estándares exigi-dos; (iii)Dicha exigencia se encuentra establecida en el Contrato de Concesión; (iv) El Contrato de Acceso a la Línea Férrea constitu- ye el único documento por el cual nuestra partecomo concesionario permite iniciar las operacio-nes; (v) Resulta inaplicable el artículo 55º del RMA pues aún no han cumplido con los requisitos para obte- ner el acceso y en todo caso OSITRAN debe de-terminar la procedencia de los argumentos citadospor ustedes; y,(vi) Se recuerda que en caso de disputa de horarios se someterá a la subasta prevista en el Contratode Concesión y señala que las frecuencias e itine-rarios de PERU RAIL S.A. están en la página web www.perurail.com 8. Posteriormente, con Carta Nº GG/GG-020 - FC. San- tuario - 2003 de fecha 28 de febrero de 2003, FERSIMSACse dirige a FETRANSA dando respuesta a la Carta Nº 33-GL-2003/FETRANS en la que menciona lo siguiente: (i) La información que remitiéramos fue a solicitud de FETRANSA y dicha información de acuerdo a loprevisto en el Contrato de Concesión y las normasaplicables, no es indispensable para suscribir elContrato de Acceso a la Línea Férrea; (ii)Dicha información, según las normas legales y es- pecíficamente el artículo 13º del Decreto SupremoNº 027-99-MTC y el numeral 12.2º del Contrato deConcesión, debe ser presentada en forma previaa la prestación efectiva de los servicios de trans-porte, luego de suscribir el Contrato de Acceso a la Línea Férrea; (iii)Que lo mencionado se desprende claramente del tenor del artículo 13º del Decreto Supremo queestablece como requisitos distintos a los mismos yque está dispuesto a cumplir con ellos antes deiniciar la prestación efectiva de los servicios; y, (iv) Se reafirma en lo solicitado en su comunicación anterior para que se fije día y hora para la suscrip-ción del Contrato de Acceso a la Línea Férrea, sinperjuicio de que OSITRAN y el MTC califiquen sunegativa a suscribir el Contrato como una infrac-ción sancionable. 9. Mediante Carta Nº 042-GL-2003/FETRANS de fecha 4 de marzo de 2003, FETRANSA da respuesta a la CartaNº GG/GG-020 - FC. Santuario - 2003 de fecha 28 defebrero de 2003 en la que señala lo siguiente: (i) Haber dado respuesta a todos los argumentos ex- puestos en la carta Nº 041-GL-2003/FETRANS; (ii)Reitera el requerimiento para que absuelvan las observaciones precisadas mediante nuestra CartaNº 033-GL-2003/FETRANS que son requisitos pre-vistos en el Contrato de Concesión y en el Decreto Supremo Nº 027-99-MTC; (iii)Por lo tanto, la suscripción del Contrato de Acceso a la Línea Férrea está supeditada a la subsana-ción de las observaciones efectuadas que única-mente son de su cargo. 10. El 4 de marzo de 2003, el MTC remite el Oficio Nº 317-2003-MTC/14 en el que adjunta copia de la Resolu-ción Directoral Nº 016-2003-MTC/14 de fecha 25 de febre-ro de 2003, en la que se amplía el plazo otorgado a FER-SIMSAC en 30 días hábiles adicionales, para que obtengasu Contrato de Acceso a la Línea Férrea y cumpla con obtener las pólizas de seguros exigidas. 11. Mediante Carta Nº GG/GG-025-FC.Santuario - 2003 del 10 de marzo de 2003, FERSIMSAC informa que pese ahaber cumplido con los requisitos necesarios para suscribirel Contrato de Acceso a la Línea Férrea con la empresaFETRANSA, ésta no ha manifestado su voluntad de suscri- bir el Contrato y por lo tanto, solicita al Consejo Directivo de OSITRAN que dicte un mandato de acceso temporal de acuerdo a lo previsto en el artículo 63º del RMA, en aten-ción a que los términos del Contrato de Acceso ya estáncontemplados en el numeral 7.3º del Contrato de Conce-sión y la Tarifa de acceso a la Vía también está determina- da en el Contrato. Señala además que dicho mandato, le permitirá cumplir con los requisitos del artículo 13º del Decreto Supremo Nº027-99-MTC y así continuar con los trámites necesariospara la prestación efectiva de los servicios. 12. Finalmente mediante carta de fecha 14 de marzo remitida vía correo electrónico a OSITRAN el lunes 17 de marzo de 2003, FETRANSA presenta argumentos sobre lasolicitud de mandato de acceso presentadas en el sentidode cuestionar que se haya cumplido con los requisitosnecesarios para que se dicte el mandato pues a su enten-der no sería aplicable el RMA y en todo caso FERSIMSAC no habría cumplido con el procedimiento previsto en el RMA para que se le otorgue el acceso a la línea férrea alno haber presentado su solicitud correctamente y que FE-TRANSA observara oportunamente mediante su Carta Nº