Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2003 (16/05/2003)


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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2003

Articulo Primero.- Declarar infundada la solicitud planteada por el senor MORDAZA MORDAZA Saldana MORDAZA, y nulo el Acuerdo de Concejo Nº 28-2003-C/MC de fecha 26 de marzo de 2003 del Concejo Distrital de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, que declara la vacancia del cargo de Regidor en el que fue elegido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reyna. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la proclamacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Regidor del Concejo Distrital de Comas, reformandose en este extremo el Acta de Proclamacion Municipal de Resultados de Computo y de Autoridades electas en el distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, declarando nula la credencial que fuera otorgada en ese sentido. Articulo Tercero.- Proclamar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata de la organizacion politica local Movimiento Independiente Comas Con Fe, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, en el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006; y otorgarle la credencial que la acredite como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 09162 RESOLUCION Nº 124-2003-JNE Expediente Nº 2129-2002 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2003 Vistos; la solicitud presentada por la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA comunicando que el MORDAZA Regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, Chomchey Suraphol, de nacionalidad tailandesa, no cumplio con inscribirse en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru para postular en los ultimos comicios municipales, pidiendo por ello que se evalue la legalidad de su eleccion y proclamacion; y el Oficio Nº 145-2003-JEF/RENIEC recibido el 19 de marzo de 2003, del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; CONSIDERANDO: Que el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte proclamo Regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres al senor Chomchey Suraphol de la lista del Partido Democratico Somos Peru, segun consta del Acta de Proclamacion Municipal de Resultados de Computo y de Autoridades Electas de fecha 21 de diciembre de 2002; Que este Supremo Organo Electoral, en sesion del 6 de febrero de 2003, acordo requerir informe al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil sobre la inscripcion del ciudadano tailandes Chomchey Suraphol en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru, y dispuso correr traslado a dicho Regidor de la solicitud de la recurrente; y, absolviendo el tramite este manifiesta radicar en Peru, y especificamente en el distrito de San MORDAZA de Porres, desde el ano 1990; Que de acuerdo a lo informado por el Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el senor Chomchey Suraphol no se encuentra inscrito en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru para el ano 2002; Que el articulo 7º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 dispone expresamente que para estar facultados para elegir y ser elegidos, los ciudadanos extranjeros mayores de 18 anos, residentes por mas de dos anos continuos previos a la eleccion, deben estar debidamente inscritos en el registro correspondiente; Que por Resolucion Nº 184-2002-JNE publicada el 13 de junio de 2002 se aprobo el Reglamento de Inscrip-

cion de Extranjeros Residentes en el Peru para las Elecciones Municipales que organiza el registro correspondiente a cargo del RENIEC; previendose en dicho reglamento que la inscripcion en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru permite a estos votar para la eleccion de alcaldes y regidores de los Concejos Municipales Provinciales o Distritales para cuyas jurisdicciones se han registrado, y ser candidatos a estos cargos; precisandose que, para tal efecto, el RENIEC les expide el documento de acreditacion electoral; Que al no haberse inscrito el ciudadano tailandes Chomchey Suraphol en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru para las elecciones municipales del ano 2002, no estaba MORDAZA para postular en dichos comicios; sin embargo, no obstante no contar con los requisitos de ley, fue indebidamente inscrito por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte, sin exigirsele la MORDAZA del documento de acreditacion electoral de RENIEC, procediendose luego a su proclamacion, pese a que con anterioridad al dia de las elecciones la ciudadana recurrente denuncio tal situacion ante dicha instancia, conforme se aprecia del escrito de fojas 13, recibido por el citado MORDAZA especial el 15 de noviembre de 2002; por lo que dicha proclamacion deviene nula y asi debe ser declarada; El MORDAZA Nacional de Elecciones, velando por el cumplimiento de las disposiciones en materia electoral y administrando justicia en asuntos de su competencia, conforme a lo previsto en los numerales 3) y 4) del articulo 178º de la Carta Magna; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nula e insubsistente la inscripcion de la candidatura del ciudadano tailandes Chomchey Suraphol en la lista del Partido Democratico Somos Peru, para el Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del ano 2002. Articulo Segundo.- Declarar nula la proclamacion del senor Chomchey Suraphol en el cargo de Regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, para el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006, efectuada por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte; y nula la credencial de Regidor extendida a favor de dicha persona. Articulo Tercero.- Proclamar al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, candidato no proclamado de la lista del Partido Democratico Somos Peru, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, en el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006; y otorgarle la credencial que lo acredite como tal. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 09163 RESOLUCION Nº 125-2003-JNE Expediente Nº 445-2003 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2003 Vista la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Huabal, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en el sentido que se de tramite a la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y se convoque al regidor suplente, en virtud del acuerdo de vacancia adoptado en sesion ordinaria de Concejo de fecha 4 de febrero de 2003, por no haber prestado juramento e inconcurrir

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