TEXTO PAGINA: 31
PÆg. 245185 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de mayo de 2003 dan, conforme a lo establecido en los Artículos 24º y 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; Que, el Artículo 24º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado hacereferencia a la responsabilidad solidaria de los miem- bros del Comité Especial y el Artículo 47º del citado texto legal se refiere a la responsabilidad en el cumplimientodel TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y de su Reglamento y de las sanciones de fun-cionarios, servidores y miembros del Comité Especialque participen en los procesos de adquisición de o con- tratación de bienes, servicios y obras; Que, en tal sentido, CONSUCODE, que es el ente rector en materia de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, faculta a través del numeral 5º del citado Comu-nicado, a la Entidad, en los casos de actividades esen-ciales, a exonerarse del proceso de selección corres- pondiente, previa declaratoria en situación de urgencia; Que, en consecuencia, siendo imprescindible contar con el servicio de limpieza y fumigación, esta situaciónobligaría al Ministerio de Transportes y Comunicacionesa declarar en situación de urgencia la contratación delservicio de limpieza para las instalaciones y patrimonio del Ministerio y contratar el citado servicio mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de conformidad con el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y su modificatoria aprobada por De-creto Supremo Nº 079-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contratación del servicio de limpieza y fumigación de lasinstalaciones y patrimonio del Ministerio de Transportesy Comunicaciones hasta por el monto de S/. 214, 989.57(doscientos catorce mil novecientos ochenta y nueve y57/100 nuevos soles). Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del proceso de Concurso Público parala contratación del servicio a que hace referencia el Artícu-lo 1º de la presente resolución por el plazo de 105 días y/o mientras dure el proceso de selección correspondien-te. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración la contratación del servicio a que se refierenlos artículos precedentes, mediante el proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- La contratación del servicio a que se refie- ren los artículos precedentes se efectuará con cargo a los Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recauda- dos de las Unidades Ejecutoras: 001-Administración, 002-Aéreo, 004-Circulación Terrestre y 010-Comunicaciones delMinisterio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 5º.- La presente Resolución, así como el Informe Técnico Nº 038-2003-MTC/10.02 y el Informe Legal Nº 655-2003-MTC/08 serán puestos en conoci- miento de la Contraloría General de la República dentrode los diez días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 10175 Otorgan concesión a empresa para prestar servicios portadores de largadistancia nacional e internacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 398-2003-MTC/03 Lima, 28 de mayo de 2003Vista la solicitud formulada por COSMÉTICA S.A. para que se le otorgue concesión para la prestación de losservicios portadores de larga distancia nacional e inter-nacional, en todo el territorio de la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres-ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones,otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen- cias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº06-94-TCC, establece que los servicios públicos portado-res se prestan bajo el régimen de concesión, la cual seotorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites esta- blecidos en la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento General, que se perfecciona mediante la suscripción de uncontrato de concesión aprobado por el Titular del Ministeriode Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios portadores se encuentran los servicios porta- dores de larga distancia nacional e internacional; Que, mediante Informe Nº 036-2003-MTC/17, la Di- rección General de Gestión de Telecomunicaciones se-ñala que habiéndose verificado el cumplimiento de losrequisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, es procedente lasolicitud formulada por COSMÉTICA S.A.; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decre- to Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decre- to Supremo Nº 041-2002-MTC, el TUPA del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Comuni- caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a COSMÉTICA S.A. concesión para la prestación de los servicios portadores de largadistancia nacional e internacional por el plazo de veinte(20) años, en todo el territorio de la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con COSMÉTICA S.A. para la prestación de los ser- vicios públicos a que se refiere el artículo precedente, el cualconsta de veintiséis (26) cláusulas y un (1) anexo que for-man parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones para que, en representa- ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emitael acto administrativo correspondiente, si el contrato deconcesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 10193 Cancelan permisos de operación otor- gados mediante diversas resolucionesministeriales y directorales DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 072-2003-MTC/13 Lima, 13 de marzo de 2003