Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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agosto del 2003, de Vicepresidente Academico y Vicepresidente Administrativo desempenados por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, reconocidos por las Resolucion Nº 231-2002-CONAFU del 16 de setiembre del 2000. Articulo 3º.- DESIGNAR a la Comision de Cierre y Liquidacion de la Universidad Privada MORDAZA Valdelomar, la que desempenara sus funciones de acuerdo con la Ley Nº 23733, Ley Nº 26439, el Reglamento de Cierre y Liquidacion de Universidades con Autorizacion Provisional de Funcionamiento, aprobado por Resolucion Nº 088-2002CONAFU del 23 de MORDAZA del 2002 y demas reglamentos del CONAFU, la que estara integrada por las siguientes personas: NOMBRE Ing. Letelier Mas MORDAZA CPC. MORDAZA MORDAZA Izaga Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARGO Presidente Liquidador Academico Liquidador Administrativo

Articulo 4º.- La Comision de Cierre y Liquidacion, debera dictar las disposiciones requeridas para que los alumnos puedan culminar, de ser posible el semestre en curso y organizar los expedientes para posibilitar su traslado a otras Universidades. Articulo 5º.- DEJAR sin efecto todas las resoluciones que se opongan a la presente, debiendo remitirse copias a las instancias correspondientes para los fines de ley. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente MORDAZA VILLAGRASA MORDAZA Vicepresidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero de Asuntos Administrativos MORDAZA GUERRA-GARCIA MORDAZA Consejero de Asuntos Internacionales MORDAZA MORDAZA ANASCO Secretario General 21192

las acciones legales, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 245-2003-CG/ ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, por el periodo comprendido entre enero de 2001 a diciembre de 2002, MORDAZA al periodo 2000, al haberse evidenciado la existencia de hechos que constituyen indicios razonables de la presunta comision del delito de Concusion, previsto y penado en el articulo 382º del Codigo Penal; Que, mediante el documento de vistos, la recurrente impugna el acto contenido en la Resolucion de Contraloria Nº 299-2003-CG, solicitando asimismo se declare la nulidad del Informe Especial Nº 245-2003-CG/ORHU, por considerar que el mismo ha sido elaborado prescindiendo de las normas elementales del debido MORDAZA, calificando de manera sesgada el MORDAZA de responsabilidad incurrida y no tomando en cuenta las aclaraciones presentadas, vulnerando con ello, ademas, los principios de legalidad y presuncion de licitud; Que, respecto de las autorizaciones al Procurador Publico para el inicio de las acciones legales correspondientes, la Contraloria General de la Republica ha emitido reiterados y uniformes pronunciamientos estableciendo que dichas autorizaciones tienen la calidad de actos de administracion interna, destinados a organizar o hacer funcionar a la propia Entidad a fin de que MORDAZA las autoridades competentes de la Administracion Publica las que realicen aquellos actos que producen sus efectos juridicos de forma directa, resultando por tanto inimpugnables, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.2 del articulo 1º de la Ley Nº 27444, en concordancia con el articulo 206º del mismo cuerpo normativo; Que, de acuerdo a lo previsto expresamente en el articulo 24º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, los Informes de Control emitidos por el Sistema Nacional de Control constituyen actos de administracion interna, siendo por tanto tambien actos inimpugnables, por las mismas razones mencionadas en el considerando precedente; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 379-2003CG, se encargo a la Vicecontralora General de la Republica las funciones del cargo de Contralor General de la Republica, a partir del 10 de noviembre de 2003 y en tanto dure la ausencia de su Titular; En uso de las facultades conferidas por los articulos 32º y 33º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y la Resolucion de Contraloria Nº 379-2003-CG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Desestimar la impugnacion interpuesta por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de El Tambo, contra la Resolucion de Contraloria Nº 299-2003-CG, de fecha 4 de setiembre de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de setiembre de 2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralor General de la Republica (e) 21101

CONTRALORIA GENERAL
Desestiman impugnacion interpuesta por ex Jefa de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de El Tambo contra la Res. Nº 299-2003-CG
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 382-2003-CG MORDAZA, 12 de noviembre de 2003 VISTOS, el escrito s/n de fecha 30 de setiembre de 2003, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de El Tambo, impugnando el acto contenido en la Resolucion de Contraloria Nº 299-2003-CG, de fecha 4 de setiembre de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de setiembre de 2003, y la Hoja Informativa N° 038-2003-CG/ORHU; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 299-2003CG, se autorizo al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado inicie

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Modifican el articulo IX de las Disposiciones Generales del Reglamento de Procesos Disciplinarios del CNM
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 768-2003-CNM MORDAZA, 11 de noviembre de 2003

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