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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G37/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de octubre de 2003 d) Exhibir original y presentar copia del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas procesa-les que se hubieran generado. e) Documentación que sustente la propiedad de los bienes propuestos para el pago de la deuda, los mismosque deben estar libres de carga, gravamen o proceso judicial o extrajudicial. f) Descripción y detalle del bien o bienes propuestos.g) Declaración jurada de antigüedad y/o estado de conservación del bien o bienes. h) Valor propuesto de los bienes en el mercado.i) Valorización del Consejo Nacional de Tasaciones, CONATA o peritos autorizados por esta entidad, en caso de bienes inmuebles. j) Otros documentos que se estimen necesarios. 5.2. Para el pago en servicios:a) Copia simple del documento de identidad o com- probante de información registrada en el RUC expedidopor SUNAT, del solicitante y del representante legal, de ser el caso. b) Certificado de Numeración Municipal y copia sim- ple del recibo de pago, dentro del último trimestre, de luz, agua o teléfono. c) Exhibir original y presentar copia del comprobante de pago en el que conste la cancelación del diez por ciento (10%) de la deuda que solicita acogerse a esta forma de pago. d) Exhibir original y presentar copia del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas procesa- les que se hubieran generado. e) Características del servicio propuesto, indicando si es profesional o técnico, así como la modalidad de su ejecución, su duración y experiencia. f) Valor propuesto de los servicios en el mercado. g) Otros documentos que se estimen necesarios. Artículo 6º.- PROCEDIMIENTO Presentada la solicitud, el SAT verificará el cumpli- miento de los requisitos señalados en el artículo prece-dente, luego del cual remitirá la solicitud, acompañada de la respectiva documentación a la Municipalidad Me- tropolitana de Lima, a fin de que sea evaluada por laComisión designada. Cuando se omita la presentación de alguno de los do- cumentos señalados en el artículo precedente o si sonpresentados con deficiencias que impidan una correcta evaluación, el SAT requerirá al solicitante al momento de la presentación de la solicitud, para que en el plazo dedos (2) días hábiles subsane la omisión o deficiencia en que ha incurrido. Vencido dicho plazo, sin que haya sido subsanado, se tendrá por no presentada la solicitud. Artículo 7º.- DE LA COMISIÓN EVALUADORA La Comisión evaluadora se designará mediante De- creto de Alcaldía y estará conformada por: 1. El Director Municipal Administrativo, o su represen- tante, quien la presidirá. 2. El Director Municipal de Salud y Bienestar Social, o su representante. 3. El Director General de Finanzas, o su represen- tante. 4. El Director de Abastecimiento y Servicios Auxilia- res, o su representante; y, 5. El Inspector General, o su representante quien ac- tuará como observador. A fin que la Comisión pueda sesionar, cada miembro titu- lar deberá nombrar hasta dos (2) miembros suplentes, quie-nes ocuparán su lugar de forma individual ante su ausencia. El suplente sustituye al titular para todo efecto legal, ejercien- do sus funciones con la plenitud de sus poderes y deberes. Todos los miembros de la Comisión son solidariamen- te responsables por la decisión adoptada y responden administrativa, civil y penalmente, en su caso, de cual-quier irregularidad cometida en la misma que les sea im- putable.El quórum para que sesione la Comisión se da con la totalidad de sus miembros, completándose en caso deausencia, necesariamente con el suplente que haya sido designado. Las decisiones de la Comisión serán adoptadas por unanimidad o por mayoría simple. En caso de empate corresponde dirimir al presidente. Artículo 8º.- DE LA EVALUACIÓN DE LA SOLICI- TUD La Comisión se reunirá permanentemente a fin de eva- luar cada solicitud presentada, pudiendo aceptar o no la misma conforme al contenido del Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones, del ejercicio vigente, y las nece-sidades de la Municipalidad Metropolitana de Lima. De ser el caso, la Comisión solicitará a las Direccio- nes Municipales y Organismos competentes de la Muni-cipalidad Metropolitana de Lima, para que dentro del pla- zo de tres (3) días hábiles, emitan opinión respecto a las especies y/o servicios ofrecidos, bajo responsabilidaddel funcionario encargado. Si vencido el plazo la Direc- ción u Organismo no emite opinión, la Comisión debe comunicar al Alcalde Metropolitano con copia al Conce-jo Metropolitano y al SAT, dicho incumplimiento. Si la solicitud no fuera aprobada, dicha decisión será comunicada al contribuyente mediante una Resolución quepara dichos efectos emitirá la Comisión. En ningún caso corresponderá la devolución de lo pagado, conforme a lo establecido en el artículo 2º de la presente Ordenanza. Artículo 9º.- DE LA VALORIZACIÓN Evaluada la solicitud y estando conforme a las nece- sidades de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Comisión procederá a valorizar las especies y/o servi- cios ofrecidos por el solicitante, excepto en el caso debienes inmuebles cuya valorización se encuentra esta- blecida por el Consejo Nacional de Tasaciones, CONA- TA o los peritos autorizados por esta entidad. Cuando se trate de bienes muebles o servicios, la Comisión considerará los valores referenciales de los bie- nes y servicios establecidos por la Dirección de Abaste-cimiento y Servicios Auxiliares de la Municipalidad Me- tropolitana de Lima, en su defecto, podrá solicitar la par- ticipación de tasadores especialistas y otros técnicos queestime necesarios. Los gastos derivados de los mismos serán asumidos por el solicitante. De considerarlo necesario, la Comisión podrá progra- mar la presentación de los bienes o la visita a los mis- mos, a fin de realizar o verificar la valorización, debien- do levantarse un acta de dicha presentación o visita. Efectuada la valorización del bien o del servicio, ex- cepto la que corresponde al bien inmueble determinado por CONATA o los peritos autorizados por esta entidad,la Comisión elaborará un acta de valorización en la cual quedará constancia de la misma y será firmada por to- dos sus miembros. Dicha valorización es inapelable. Mediante Resolución emitida por la Comisión se dará por aceptada la solicitud presentada, la misma que será no- tificada al solicitante y al Servicio de Administración Tributa-ria, SAT, conjuntamente con copia del acta de valorización. Artículo 10º.- DE LA ENTREGA DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS El solicitante, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles luego de recibida la Resolución de acepta-ción, deberá poner a disposición de la Comisión los bie- nes o servicios materia de la Resolución. Asimismo, deberá apersonarse dentro de dicho pla- zo, a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de efec- tuar los trámites que correspondan a la naturaleza decada bien o servicio a prestar. Se perderá automáticamente el derecho a pagar en especie o servicio, si el solicitante no entrega las espe-cies o no pone a disposición los servicios ofrecidos den- tro del plazo señalado en el presente artículo, sin comu- nicación previa, ni causa justificada. En este caso, laComisión podrá otorgar un plazo adicional máximo de cinco (5) días hábiles, de considerarlo conveniente.