Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2003 (09/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2003

d) Exhibir original y presentar MORDAZA del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubieran generado. e) Documentacion que sustente la propiedad de los bienes propuestos para el pago de la deuda, los mismos que deben estar libres de carga, gravamen o MORDAZA judicial o extrajudicial. f) Descripcion y detalle del bien o bienes propuestos. g) Declaracion jurada de antiguedad y/o estado de conservacion del bien o bienes. h) Valor propuesto de los bienes en el mercado. i) Valorizacion del Consejo Nacional de Tasaciones, CONATA o peritos autorizados por esta entidad, en caso de bienes inmuebles. j) Otros documentos que se estimen necesarios. 5.2. Para el pago en servicios: a) MORDAZA simple del documento de identidad o comprobante de informacion registrada en el RUC expedido por SUNAT, del solicitante y del representante legal, de ser el caso. b) Certificado de Numeracion Municipal y MORDAZA simple del recibo de pago, dentro del ultimo trimestre, de luz, agua o telefono. c) Exhibir original y presentar MORDAZA del comprobante de pago en el que conste la cancelacion del diez por ciento (10%) de la deuda que solicita acogerse a esta forma de pago. d) Exhibir original y presentar MORDAZA del comprobante de pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubieran generado. e) Caracteristicas del servicio propuesto, indicando si es profesional o tecnico, asi como la modalidad de su ejecucion, su duracion y experiencia. f) Valor propuesto de los servicios en el mercado. g) Otros documentos que se estimen necesarios. Articulo 6º.- PROCEDIMIENTO Presentada la solicitud, el SAT verificara el cumplimiento de los requisitos senalados en el articulo precedente, luego del cual remitira la solicitud, acompanada de la respectiva documentacion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a fin de que sea evaluada por la Comision designada. Cuando se omita la MORDAZA de alguno de los documentos senalados en el articulo precedente o si son presentados con deficiencias que impidan una correcta evaluacion, el SAT requerira al solicitante al momento de la MORDAZA de la solicitud, para que en el plazo de dos (2) dias habiles subsane la omision o deficiencia en que ha incurrido. Vencido dicho plazo, sin que MORDAZA sido subsanado, se tendra por no presentada la solicitud. Articulo 7º.- DE LA COMISION EVALUADORA La Comision evaluadora se designara mediante Decreto de Alcaldia y estara conformada por: 1. El Director Municipal Administrativo, o su representante, quien la presidira. 2. El Director Municipal de Salud y Bienestar Social, o su representante. 3. El Director General de Finanzas, o su representante. 4. El Director de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, o su representante; y, 5. El Inspector General, o su representante quien actuara como observador. A fin que la Comision pueda sesionar, cada miembro titular debera nombrar hasta dos (2) miembros suplentes, quienes ocuparan su lugar de forma individual ante su ausencia. El suplente sustituye al titular para todo efecto legal, ejerciendo sus funciones con la plenitud de sus poderes y deberes. Todos los miembros de la Comision son solidariamente responsables por la decision adoptada y responden administrativa, civil y penalmente, en su caso, de cualquier irregularidad cometida en la misma que les sea imputable.

El quorum para que sesione la Comision se da con la totalidad de sus miembros, completandose en caso de ausencia, necesariamente con el suplente que MORDAZA sido designado. Las decisiones de la Comision seran adoptadas por unanimidad o por mayoria simple. En caso de empate corresponde dirimir al presidente. Articulo 8º.- DE LA EVALUACION DE LA SOLICITUD La Comision se reunira permanentemente a fin de evaluar cada solicitud presentada, pudiendo aceptar o no la misma conforme al contenido del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, del ejercicio vigente, y las necesidades de la Municipalidad Metropolitana de Lima. De ser el caso, la Comision solicitara a las Direcciones Municipales y Organismos competentes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para que dentro del plazo de tres (3) dias habiles, emitan opinion respecto a las especies y/o servicios ofrecidos, bajo responsabilidad del funcionario encargado. Si vencido el plazo la Direccion u Organismo no emite opinion, la Comision debe comunicar al MORDAZA Metropolitano con MORDAZA al Concejo Metropolitano y al SAT, dicho incumplimiento. Si la solicitud no fuera aprobada, dicha decision sera comunicada al contribuyente mediante una Resolucion que para dichos efectos emitira la Comision. En ningun caso correspondera la devolucion de lo pagado, conforme a lo establecido en el articulo 2º de la presente Ordenanza. Articulo 9º.- DE LA VALORIZACION Evaluada la solicitud y estando conforme a las necesidades de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la Comision procedera a valorizar las especies y/o servicios ofrecidos por el solicitante, excepto en el caso de bienes inmuebles cuya valorizacion se encuentra establecida por el Consejo Nacional de Tasaciones, CONATA o los peritos autorizados por esta entidad. Cuando se trate de bienes muebles o servicios, la Comision considerara los valores referenciales de los bienes y servicios establecidos por la Direccion de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en su defecto, podra solicitar la participacion de tasadores especialistas y otros tecnicos que estime necesarios. Los gastos derivados de los mismos seran asumidos por el solicitante. De considerarlo necesario, la Comision podra programar la MORDAZA de los bienes o la visita a los mismos, a fin de realizar o verificar la valorizacion, debiendo levantarse un acta de dicha MORDAZA o visita. Efectuada la valorizacion del bien o del servicio, excepto la que corresponde al bien inmueble determinado por CONATA o los peritos autorizados por esta entidad, la Comision elaborara un acta de valorizacion en la cual quedara MORDAZA de la misma y sera firmada por todos sus miembros. Dicha valorizacion es inapelable. Mediante Resolucion emitida por la Comision se MORDAZA por aceptada la solicitud presentada, la misma que sera notificada al solicitante y al Servicio de Administracion Tributaria, SAT, conjuntamente con MORDAZA del acta de valorizacion. Articulo 10º.- DE LA ENTREGA DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS El solicitante, dentro del plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles luego de recibida la Resolucion de aceptacion, debera poner a disposicion de la Comision los bienes o servicios materia de la Resolucion. Asimismo, debera apersonarse dentro de dicho plazo, a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a fin de efectuar los tramites que correspondan a la naturaleza de cada bien o servicio a prestar. Se perdera automaticamente el derecho a pagar en especie o servicio, si el solicitante no entrega las especies o no pone a disposicion los servicios ofrecidos dentro del plazo senalado en el presente articulo, sin comunicacion previa, ni causa justificada. En este caso, la Comision podra otorgar un plazo adicional MORDAZA de cinco (5) dias habiles, de considerarlo conveniente.

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