Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2003 (12/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 12 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomatico debera asumir funciones, sera fijada por Resolucion Ministerial. Articulo Quinto.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 18698

- Un Representante de la Camara de Comercio de Loreto. - Un Representante de la Camara de Comercio de Ucayali. - Un Representante de la Camara de Comercio de San Martin. Cada uno de los sectores MORDAZA mencionados, designara a un Representante Alterno". Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 18700

Modifican R.S. Nº 201-2003-RE en lo referente a la conformacion de la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano
RESOLUCION SUPREMA Nº 256-2003-RE MORDAZA, 10 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 201-2003-RE, de fecha 12 de agosto de 2003, se renovo la Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano, estableciendose sus objetivos y composicion; Que, mediante Oficio Nº 398-2003-AG/VM, el Ministerio de Agricultura solicito la incorporacion de ese sector como miembro de la citada Comision Administradora Nacional; Que, en tal sentido, es necesario modificar la conformacion de la referida Comision Administradora, con el proposito de incorporar tambien al Ministerio de Agricultura en las tareas de concertacion, evaluacion y difusion de los alcances del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 26122 - Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores y demas normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo MORDAZA de la Resolucion Suprema Nº 201-2003-RE, en los siguientes terminos: "Articulo Segundo.- La Comision Administradora Nacional del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano estara integrada por los siguientes miembros: - Un Representante Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidira. - Un Representante Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. - Un Representante Titular del Ministerio de Agricultura. - Un Representante Titular del Gobierno de la Region Loreto. - Un Representante Titular del Gobierno de la Region Ucayali. - Un Representante Titular del Gobierno de la Region San Martin. - Un Representante Titular de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas).

Designan Juez Ad Hoc de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso CDH Nº 12.138 - MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 257-2003-RE MORDAZA, 10 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, recientemente se ha sometido a conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos un caso contra el Estado peruano; Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 55º de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos, ha cursado invitacion al Estado peruano para que designe Juez Ad Hoc en el caso CDH - MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA (CDH Nº 12.138); Que, el Estado, en uso de este derecho, ha considerado conveniente la designacion de un juez ad hoc en el presente caso; De conformidad con lo establecido en el Articulo 118º incisos 1) y 24) de la Constitucion Politica del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Ad Hoc de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso CDH - MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA (Nº 12.138). Articulo 2º.- Los gastos que origine la presente Resolucion Suprema seran asumidos por la Organizacion de los Estados Americanos, de conformidad con lo establecido en el articulo 17º del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, concordante con el inciso 6) del Articulo 18º de su Reglamento. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 18682

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