Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2003 (06/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, sabado 6 de setiembre de 2003 POR CUANTO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA EN SESION EXTRAORDINARIA DE LA FECHA CONSIDERANDO: Que, el dia 28 de MORDAZA de 2003, entro en vigencia la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que supone una serie de cambios sustanciales, tanto en lo que se refiere a la organizacion como al funcionamiento del aparato administrativo de las corporaciones municipales; Que, la Vigesima Disposicion Complementaria establece que las municipalidades provinciales o distritales, por unica vez, con acuerdo adoptado por los dos tercios de los miembros del Concejo Municipal, podran declararse en emergencia administrativa o financiera, por un plazo MORDAZA de noventa dias, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente; Que, en tal sentido, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA debera implementar una serie de prontas modificaciones a sus instrumentos de gestion, tales como el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF, Cuadro de Asignacion de Personal - CAP, Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, Regimen Municipal de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas, Plan de Desarrollo de Capacidades entre otros; razon por la cual resulta conveniente acogerse a lo dispuesto en la Nueva Ley Organica de Municipalidades; En uso de las facultades conferidas por los Articulos 17º, 41º y por la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA exigido por Ley y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Declarar en emergencia administrativa y financiera, por unica vez y por el periodo de noventa dias, a la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, con el objeto de proponer al Concejo Municipal la aprobacion los Instrumentos de Gestion senalados en el tercer considerando, asi como tambien de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar los recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente, en cumplimiento a lo dispuesto por la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Articulo 2º.- Facultar al senor MORDAZA para que dicte las disposiciones complementarias destinadas a la aplicacion del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16467

Que, segun lo establecido por el actual Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, existen procedimientos que deberan ser resueltos por el Despacho de Alcaldia en primera instancia y por el Concejo Municipal en MORDAZA y MORDAZA instancia; Que, con fecha 28 de MORDAZA del 2003, entra en vigencia la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la misma que establece en su Ar ticulo 50º que la via administrativa se agota con la decision que adopte el MORDAZA, con excepcion de los asuntos tributarios y lo estipulado en el articulo relativo a la reconsideracion de acuerdos; Que, por otro lado, a diferencia de la Ley Organica de Municipalidades precedente, ya no se le asigna al Concejo Municipal la atribucion de resolver los recursos impugnativos de su competencia, como se aprecia de la lectura del Articulo 9º de la Ley referida; Que, asimismo debe tenerse en cuenta que de conformidad con el inciso 33) del Art. 20º de la ya citada nueva Ley Organica de Municipalidades, se tiene como atribucion del MORDAZA "resolver en MORDAZA instancia los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad"; Que, por los considerandos MORDAZA senalados, es necesario adecuar al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad a lo dispuesto por la Nueva Ley Organica de Municipalidades, debiendose emitir el acto administrativo correspondiente, que disponga que a partir de la fecha los Directores de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, atiendan en primera instancia aquellos procedimientos administrativos iniciados a partir de la vigencia de la Ley Nº 27972, constituyendo la Alcaldia MORDAZA y MORDAZA instancia con la cual se agota la via administrativa; Estando a lo expuesto, contando con la opinion legal favorable expresada mediante Informe Nº 261-2003-OAJ/ MVES de fecha 23.06.2003, en uso de las facultades conferidas por el inciso 9) del Art. 9º, asi como los Articulos 17º y 40º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades-, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- DISPONER que a partir de la fecha los Directores de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, atiendan en primera instancia aquellos procedimientos administrativos iniciados a partir de la vigencia de la Ley Nº 27972. Articulo 2º.- Los procedimientos administrativos se resolveran en MORDAZA y MORDAZA instancia mediante Resolucion de Alcaldia, con lo cual queda agotada la via administrativa. Articulo 3º.- Los expedientes administrativos, resueltos por la Alcaldia y que, hayan sido materia de recurso impugnativo, MORDAZA de la vigencia de la Ley, seran resueltos necesariamente por el Concejo, en razon al MORDAZA de la Doble Instancia de los Procesos Administrativos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16468

Disponen que los directores de la municipalidad atiendan en primera instancia los procedimientos administrativos iniciados a partir de la vigencia de la Ley Nº 27972
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 063-2003-MVES MORDAZA El MORDAZA, 21 de agosto del 2003 Visto: El Informe Nº 148-2003-OAT/MVES de fecha 18.6.2003, proveniente de la Direccion de Asesoria Tecnica;

Solicitan al Gobierno Central extienda los fondos necesarios para continuar con el servicio de transporte de pasajeros mediante el tren electrico
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2003-MVES MORDAZA El MORDAZA, 21 de agosto del 2003

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