Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2003 (06/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, sabado 6 de setiembre de 2003

PROYECTO

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Ministerio de Economia y Finanzas, previo informe favorable del Consejo Nacional de Descentralizacion -CND, sobre la base de la propuesta que para tal efecto emita la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales -DGAES de dicho Ministerio. Los indices aprobados son comunicados al CND. En el caso de los recursos que se incorporen al FONCOR provenientes de los procesos de privatizacion y concesiones, la DGAES coordinara con el sector que actua como concedente en dichos procesos la propuesta de distribucion.

MORDAZA, MORDAZA del inicio del ano fiscal, el desagregado del Presupuesto de Ingresos al nivel de Pliego y de Egresos por Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoria de Gasto, Grupo Generico de Gastos y Fuente de Financiamiento, resultante del MORDAZA de formulacion y aprobacion de la Ley Anual de Presupuesto. b) En los Pliegos Presupuestarios de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales El Consejo Regional y el Concejo Municipal, respectivamente, aprobaran sus Presupuestos Institucionales de Apertura mediante el Acuerdo correspondiente. El Presupuesto Institucional que se aprueba debe contener todos los recursos que capten, obtengan y/o recauden por toda fuente de financiamiento, asi como los recursos publicos que se transfieran, conforme se detalla en los articulos 1º y 4º de la presente Ley. La Resolucion aprobatoria del Presupuesto Institucional de Apertura debe estar detallada a nivel de Ingresos y de Egresos, por Unidad Ejecutora de ser el caso, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoria de Gasto, Grupo Generico de Gasto y Fuente de Financiamiento, resultante del MORDAZA de formulacion y aprobacion de la Ley Anual de Presupuesto. 5.2 Remision de los Presupuestos Institucionales de Apertura Los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales remiten MORDAZA de sus Presupuestos Institucionales de Apertura, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes de aprobados, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. En el caso de los Gobiernos Locales, las municipalidades distritales remiten a las municipalidades provinciales de su circunscripcion, MORDAZA de sus Presupuestos Institucionales de Apertura, hasta el 5 de enero de 2004; las municipalidades provinciales consolidan dicha informacion y conjuntamente, con MORDAZA de sus respectivos Presupuestos Institucionales de Apertura, las remiten hasta el 15 de enero del 2004, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Articulo 6º.- MORDAZA Normativo Lo dispuesto en la presente Ley se aplica en concordancia con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado Ley Nº 27209, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal Ley Nº 27245 modificada por la Ley Nº 27958. Subcapitulo II EJECUCION PRESUPUESTARIA Articulo 7º.- Procedimiento para efectuar la distribucion y transferencia de recursos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales 7.1 Calculo de los recursos a ser distribuidos: a) El Fondo de Compensacion Regional - FONCOR Los indices de distribucion del Fondo de Compensacion Regional -FONCOR, son aprobados por el

b) Los Canon, el Fondo de Compensacion Municipal -FONCOMUN y la Participacion en la Renta de Aduanas Los indices de distribucion de los Canon (Canon Minero, Canon Hidroenergetico, Canon Pesquero, Canon Gasifero, Canon y Sobrecanon Petrolero, Canon Forestal), del Fondo de Compensacion Municipal -FONCOMUN y la Participacion en la Renta de Aduanas, son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales -DGAES de dicho Ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente. Los indices aprobados son comunicados al CND. 7.2 Distribucion del FONCOR, los Canon, el FONCOMUN y la Participacion en la Renta de Aduanas. El Consejo Nacional de Descentralizacion -CND sobre la base de los indices de distribucion aprobados y comunicados, determina los montos del FONCOR, los Canon, el FONCOMUN y la Participacion en la Renta de Aduanas, comunicandolos al Banco de la Nacion para que este a su vez los distribuya mensualmente y en forma directa a los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, segun corresponda. 7.3 Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales Los recursos correspondientes a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales" son distribuidos mensualmente por el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. La estimacion de los citados recursos se detalla en los anexos a que se refiere el articulo 4º de la presente Ley. 7.4 Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales Los recursos correspondientes a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales" son distribuidos por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a los Gobiernos Locales, a traves del Banco de la Nacion, de acuerdo a lo que dispongan las directivas que para tal efecto emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico en coordinacion con el MORDAZA citado Ministerio, y atendiendo, entre otros criterios, el de poblacion, pobreza, necesidades basicas insatisfechas y desnutricion infantil, a partir de una formula que permita focalizar los beneficios de estas transferencias en la poblacion mas pobre del pais. La estimacion de los citados recursos se detalla en los anexos a que se refiere el articulo 4º de la presente Ley. Articulo 8º.- Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico 8.1 Durante la ejecucion del Presupuesto, las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional progra-

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