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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

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PÆg. 251190 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de setiembre de 2003 Sector correspondiente y comunicada a la Secretaría Técnica de este órgano. Los representantes titular y alterno del Consejo Na- cional de Competitividad y de la Corporación Financierade Desarrollo - COFIDE, serán acreditados por los titula- res de dichas entidades, mediante documento que cur- sen a la Secretaría Técnica. El procedimiento para la elección de los representan- tes de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Or- ganismos Privados de Promoción de las MYPE, Consu-midores, Universidades y Gremios de las MYPE, será conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Organiza- ción y Funciones que apruebe el CODEMYPE Artículo 10º.- Funcionamiento del CODEMYPE El CODEMYPE aprueba su Reglamento de Organi- zación y Funciones en un plazo máximo de treinta (30) días siguientes a su instalación. La participación en el CODEMYPE, es Ad Honorem, de confianza y no inhabilita para el desempeño de ningu- na función ni actividad pública o privada. El CODEMYPE se reúne ordinariamente seis veces al año y en forma extraordinaria cuando lo convoque la Secretaría Técnica a solicitud de su Presidente o de un tercio de sus miembros. El quórum para las reunionesdel CODEMYPE es de la mitad más uno de sus miem- bros. Artículo 11º.- Funciones del CODEMYPE Las funciones del Consejo Nacional para el Desarro- llo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE,- a lasque se refiere el artículo 8º de la Ley, deben ejercerse en concordancia con los lineamientos señalados por ésta, y en armonía con la política nacional de promoción de lasMYPE impartida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. CAPÍTULO III DE LOS CONSEJOS REGIONALES Y LOCALES Artículo 12º .- De los Consejos Regionales y Loca- les Los Gobiernos Regionales en coordinación con los Gobiernos Locales de su jurisdicción crearán, en cada región, un Consejo Regional de la MYPE, con el objetode promover el desarrollo, la formalización y la competiti- vidad de la MYPE en su ámbito geográfico y su articula- ción con los planes y programas nacionales. Dichos Consejos estarán presididos, adscritos y co- ordinados por el respectivo Gobierno Regional, así como integrarán a representantes de los sectores público y pri-vado regionales y locales, de acuerdo con las particulari- dades de cada ámbito regional, debiendo considerar en- tre sus miembros a un representante de las organizacio-nes regionales privadas de promoción de las MYPE, cua- tro representantes de los gremios de las MYPE de la Región; un representante de cada Municipalidad Provin-cial, un representante de las Universidades de la Región, los que serán designados teniendo en cuenta los linea- mientos contemplados para la CODEMYPE, en lo quefuera aplicable para el caso del sector privado regional. Artículo13º.- Del funcionamiento de los Consejos Regionales El Consejo Regional y Local de la MYPE aprueba su Reglamento de Organización y Funciones, el mismo quecontempla los Grupos Técnicos que lo integran, así como una Secretaría Técnica que estará a cargo del corres- pondiente Gobierno Regional. Las reuniones ordinariasdel Consejo se llevan a cabo mensualmente, mientras que las reuniones extraordinarias se realizan a solicitud cuando menos de un tercio de sus miembros. Las funciones a cargo de los Consejos Regionales y Locales de las MYPE, son las establecidas por el artícu- lo 12º de la Ley. El quórum es del 50% más uno de sus miembros y los acuerdos se adoptan por mayoría simple de los asis- tentes. Artículo 14º.- Plan Regional El Plan Regional de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de las MYPE, a que se refiere el inciso a) del artículo 12º de la Ley, se aprueba por el respectivo Consejo Regional de la MYPE dentrodel último trimestre del año, siendo remitido al CODEMY- PE, dentro del primer mes del año siguiente de su apro- bación, para su evaluación y consolidación. TÍTULO III INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO Y LA COMPETITIVIDAD CAPÍTULO I DE LOS INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN DE LAS MYPE Artículo 15º.- De los Instrumentos de Promoción Los instrumentos de promoción para el desarrollo em- presarial, deben orientarse a promover la participación intensiva del Sector privado, evitando medidas que dis- torsionen los mercados o desalienten su desarrollo. CAPÍTULO II DE LA CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA Artículo 16º.- Ofertas de Servicios de Capacitación El Estado, a través de sus Programas y Proyectos y de la CODEMYPE, promueve la oferta y demanda de ser- vicios de capacitación y asistencia técnica en las mate-rias de prioridad establecida en el Plan y Programas Es- tratégicos de Promoción y Formalización para la compe- titividad y desarrollo de las MYPE, así como los meca-nismos para atenderlos. Serán priorizados, aquellos servicios de capacitación y asistencia técnica que orienten a las MYPE, a la crea-ción de nuevas empresas, al fortalecimiento de las MYPE existentes, así como de las asociaciones empresariales vinculadas a actividades económicas estratégicas conpotencial exportador y generador de empleo. El CODEMYPE, así como los programas a cargo del Estado, promueven la oferta y la demanda de Serviciosde Desarrollo Empresarial, con criterios establecidos fi- nalmente en el Plan Nacional de Promoción y Formaliza- ción para la Competitividad y Desarrollo de las MYPE. El CODEMYPE, propondrá los lineamientos para me- jorar los servicios de capacitación y asistencia técnica de las MYPE y propondrá los estándares mínimos quepermitan el mejoramiento del servicio que el mismo Con- sejo defina. Estos servicios deberán considerar la medición de in- dicadores mínimos en la mejora de la productividad, ca- lidad, costos; así como la medición de conocimientos, habilidades y destrezas adquiridas o desarrolladas porlos participantes. Artículo 17º.- Promoción de la Iniciativa Privada Las medidas promocionales en beneficio de las ins- tituciones privadas, que brinden capacitación, asisten- cia técnica, servicios de investigación, asesoría y con-sultoría, entre otros, a las MYPE de conformidad con el artículo anterior, serán las siguientes: a) Formación de consultores y capacitadores. b) Concursos de mejores prácticas, pasantías. c) Incentivos a la oferta de servicios desarrollo em- presarial. d) Promoción de la especialización de la oferta de Servicio de Desarrollo Empresarial, de acuerdo a los gru-pos meta y recursos económicos y potencialidad de la región. e) Transferencia de metodologías.f) Programas de voluntariado por intermedio de Co- operantes Internacionales. CAPÍTULO III DEL ACCESO A LOS MERCADOS Y LA INFORMACIÓN Artículo 18º.- Asociatividad Empresarial Las MYPE, sin perjuicio de las formas societarias pre- vistas en la normatividad vigente, pueden asociarse o celebrar contratos asociativos, para tener un mayor ac-ceso al mercado privado y a las compras estatales. Los beneficios y medidas de promoción para que las MYPE participen en las compras estatales, incluyen a