NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 60
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G31/G39/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de setiembre de 2003 falta de verificación de la información que contenía el Cer- tificado de Cómputo Laboral al no haber sido contrastadocon el Registro de las Planillas de Cómputo Laboral, por locual incumplió los incisos a) y d) del artículo 21º del Decre-to Legislativo Nº 276, así como el artículo 127º del DecretoSupremo Nº 005-90-PCM, incurriendo en faltas adminis-trativas disciplinarias contempladas en los incisos a) y d)del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que, los servidores EDGAR ROBIN MATOS VÁSQUEZ, Jefe de Seguridad del Establecimiento Penitenciario deMáxima Seguridad de Yanamilla Ayacucho, SANTIAGOCLEOFE LOZANO VERA, Administrador y miembro delConsejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Peniten-ciario Sentenciados de Huamancaca, CRISTINA EDITHMESÍAS MEDRANO, miembro del Consejo Técnico Peni-tenciario del Establecimiento Penitenciario Sentenciados deHuamancaca, ROSIO DEL CARMEN PEÑA CAIRAMPO-MA, SONIA MARGARITA GUISBERT DELGADO y ARNAL-DO HUMBERTO QUINO GERARDINI, miembros del Ór-gano Técnico de Tratamiento del Establecimiento Peniten-ciario Sentenciados de Huamancaca, han levantado loscargos formulados a través de la Resolución PresidencialNº 351-2003-INPE-P de fecha 15 de mayo de 2003; Estando a lo Informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinar ios, por el Tercer Miem- bro del Consejo Nacional Penitenciario y contándose conlas visaciones de los Miembros del Consejo Nacional Peni-tenciario y de las Oficinas Generales de Administración yAsesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolu-ción Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y enuso de las facultades conferidas a través de la ResoluciónSuprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER la sanción de DESTITUCIÓN al servidor RICARDO NEMESIO ATOC HUAMÁN, AgentePenitenciario, Nivel Remunerativo STF , ex Jefe de Trabajoy Educación del Establecimiento Penitenciario ProcesadosLa Merced Chanchamayo, por los motivos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER que a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE se imponga la medida discipli-naria de SUSPENSIÓN sin goce de remuneraciones por eltérmino de CINCO (5) DÍAS al servidor JOSÉ ANTONIOTORRES RIVERA, Agente Penitenciario, Nivel Remunerati-vo STB, ex Jefe de Seguridad del Establecimiento Peniten-ciario Sentenciados de Huamancaca, por los motivos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- DISPONER que a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE se imponga la medida disci-plinaria de AMONESTACIÓN ESCRITA al servidor WILDERGALARZA ALEGRÍA, Agente Penitenciario, Nivel Remune-rativo STF , ex Jefe de Trabajo y Educación del Estableci-miento Penitenciario Procesados La Merced Chanchama-yo, por los motivos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 4º.- ABSOLVER a los servidores EDGAR ROBIN MA TOS VÁSQUEZ, Agente Penitenciario, Nivel RemunerativoSTF , Jefe de Seguridad del Establecimiento Penitenciario deMáxima Seguridad de Yanamilla Ayacucho; SANTIAGO CLEO-FE LOZANO VERA, Agente Penitenciario, Nivel RemunerativoSTA, Administrador y miembro del Consejo Técnico Peniten-ciario del Establecimiento Penitenciario Sentenciados de Hua-mancaca; CRISTINA EDITH MESÍAS MEDRANO, Profesio-nal Asistente Social, Nivel Remunerativo IV, Miembro del Con-sejo Técnico Penitenciario del Establecimiento PenitenciarioSentenciados de Huamancaca; ROSIO DEL CARMEN PEÑACAIRAMPOMA, Profesional Abogado, Nivel RemunerativoSPB; SONIA MARGARITA GUISBERT DELGADO, Profesio-nal Asistente Social, Nivel Remunerativo IV y ARNALDOHUMBERTO QUINO GERARDINI, Profesional Psicólogo, Ni-vel Remunerativo IV, miembros del Órgano Técnico de Trata-miento del Establecimiento Penitenciario Sentenciados deHuamancaca, de los cargos formulados a través de la Resolu-ción Presidencial Nº 351-2003-INPE-P de fecha 15 de mayode 2003, por los motivos expuestos en la parte considerativade la presente Resolución. Artículo 5º.- DISPONER que los hechos irregulares cometidos por el servidor RICARDO NEMESIO ATOC HUA-MÁN sean puestos en conocimiento por la Dirección Re-gional Centro Huancayo al Juzgado Especializado en loPenal de Chanchamayo - La Merced, para los fines corres-pondientes.Artículo 6º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, paralos efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 17601 OSINERG /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G6F/G2C/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G65 /G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G6F/G20/G6C/G6F/G73/G20/G65/G78/G74/G72/G65/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G2D/G64/G61/G64/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G4F/G65/G73/G74/G65/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61 /G6C/G61/G73/G20/G52/G52/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G31/G30/G33/G20/G79/G20/G31/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4F/G53/G2F/G43/G44 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 155-2003-OS/CD Lima, 22 de setiembre de 2003 Que, con fecha 16 de julio de 2003, el Organismo Su- pervisor de la Inversión en Energía (en adelante “OSI-NERG”) publicó las Resoluciones de Consejo Directivo OSI-NERG Nº 103-2003-OS/CD y OSINERG Nº 105-2003-OS/CD contra las cuales la Sociedad Eléctrica del Sur OesteS.A. (en adelante “SEAL”), dentro del término de ley, pre-sentó recurso de reconsideración, siendo materia del pre-sente acto administrativo el análisis y decisión de dicho re-curso impugnativo. 1.- ANTECEDENTES Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del Artículo 43º de la Ley de Concesiones Eléctricas 1 (en ade- lante “LCE”), las tarifas y compensaciones correspondien-tes a los sistemas de transmisión deberán ser reguladas porel Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (en ade-lante “OSINERG”). De acuerdo con lo estipulado por el Artí-culo 44º de la LCE 2, la referida regulación será efectuada, independientemente de si las tarifas corresponden a ventasde electricidad para el servicio público o para aquellos sumi-nistros que se efectúen en condiciones de competencia; Que, mediante Resolución OSINERG Nº 0001-2003-OS/ CD se aprobó la norma denominada “Procedimientos paraFijación de Precios Regulados”, dentro de la cual se en-cuentra el Anexo B “Procedimiento para Fijación de Tarifasy Compensaciones para los Sistemas Secundarios deTransmisión”. Este procedimiento establece los pasos aseguir en la regulación de los correspondientes cargos dela transmisión secundaria. Así mismo, ordena, mediante laSegunda Disposición Transitoria 3, que la fecha de inicio para la regulación correspondiente al año 2003, debería ocurrir,antes del 1 de febrero; 1Artículo 43º.- Estarán sujetos a regulación de precios: (...) b) Las tarifas y compensaciones a titulares de Sistemas de Transmisión y Distribución; (...) 2Artículo 44º .- Las tarifas de transmisión y distribución serán reguladas por la Comisión de Tarifas de Energía independientemente de si éstas corres- ponden a ventas de electricidad para el servicio público o para aquellos suministros que se efectúen en condiciones de competencia, según loestablezca el Reglamento de la Ley. Para estos últimos, los precios de generación se obtendrán por acuerdo de partes. (...) 3SEGUNDA DISPOSICIÓN TRANSITORIA : El procedimiento para Fijación de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmi- sión a que se refiere el Anexo B de la presente norma, comenzará en esta única oportunidad, antes del 1 de febrero de 2003, entendiéndose proporcio-nalmente prorrogados para dicha fijación, los demás plazos que aparecen en el citado Anexo.