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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (30/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G35/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de abril de 2004 San Felipe Nº 494 Chorrillos - lugar en el que funciona la fábrica de la empresa - no había indicio alguno que permi- tiera inferir que en ese lugar se producía aceite de oliva. En las instalaciones de la empresa no se encontró maqui- naria que pudiera ser utilizada para la producción de aceite de oliva, no obstante, se encontró aceite de oliva almace- nado en barriles, el cual de conformidad con las facturas presentadas y las declaraciones realizadas por los repre- sentantes de Proensa había sido adquirido de Agroindus- tria - empresa que constituía el principal proveedor de di- cho insumo-. En este mismo sentido, el acta de inspec- ción, indica que se encontraron aceitunas almacenadas en el local de Proensa, sin embargo, de conformidad con lo señalado por los representantes de la empresa, éstas es- taban destinadas a la producción de conservas. En vista que existen elementos de juicio suficientes que permiten inferir que Proensa no es un productor de aceite de oliva, no resulta válido incorporar su porcentaje de par- ticipación en la rama de producción, para efectos de deter- minar la representatividad requerida para solicitar el inicio de una investigación. Asimismo, la solicitud de inclusión de otros productores menores en nada afecta la participa- ción de los solicitantes a los afectos de satisfacer el requi- sito mínimo exigido por el acuerdo. En consecuencia, Agroindustria y Huerto Alamein cum- plieron con el requisito mínimo exigido por el Acuerdo so- bre Subvenciones, por lo que corresponde confirmar la re- solución apelada en este extremo. III.3 La determinación del producto similar De acuerdo con la información de la solicitud de inicio de investigación presentada por Agroindustrias y Huerto Alamein, el producto denunciado fue el aceite de oliva vir- gen, refinado envasado y a granel, originario de la Unión Europea. En la resolución apelada, la Comisión llegó a la conclu- sión que los productos investigados eran similares a los producidos por la industria nacional, teniendo en conside- ración que dichos productos son elaborados por el mismo insumo principal, que el proceso productivo seguido para la fabricación de ambos tipos de aceite es el mismo y que tanto el aceite nacional como el importado de los países denunciados poseen los mismos usos al estar destinados a la alimentación humana directa. En su escrito de apelación, LS Andina indicó que el análisis de similitud efectuado por la Comisión era vago, ya que las semejanzas entre lo producido por la industria na- cional y por los países denunciados debían evaluarse en función del producto final, considerando para ello el tipo de aceituna y la tecnología empleada. Al respecto, el Acuerdo sobre Subvenciones establece lo siguiente: ACUERDO SOBRE SUBVENCIONES Y MEDIDAS COMPENSATORIAS, Nota a pie de página Nº 46.- En todo el presente Acuerdo se entenderá que la expresión "producto similar" ("like product") significa un producto que sea idéntico , es decir, igual en todos los aspectos al pro- ducto de que se tr ate, o, cuando no exista ese producto, otro producto que, aunque no sea igual en todos los as- pectos, tenga características muy parecidas a las del pro- ducto considerado. (subrayado añadido) La referencia expresa a que el producto sea “igual en todos sus aspectos” , es una consideración respecto de las semejanzas físicas y de uso del producto. En efecto, esta consideración contenida en el propio marco legal, ratifica el criterio previo desarrollado por esta Sala en el sentido de la necesidad de evaluar de manera concurrente la simi- litud del producto investigado y el producto nacional, en función de sus semejanzas físicas y de sus semejanzas respecto del uso7. Tal como ha sido señalado por la Comisión, se han en- contrado semejanzas entre el producto denunciado, objeto de investigación, y el producto nacional, fabricado por Agroin- dustrias y Huerto Alamein. Debe indicarse que Agroindus- trias y Huerto Alamein producen aceite de oliva virgen, extra virgen y puro; mientras que las importaciones originarias de los países denunciados están referidas a aceite de oliva de las categorías virgen, extra virgen, puro y refinado8. En lo relativo a las semejanzas físicas, debe indicarse que el aceite de oliva, independientemente del tipo de acei-7En la Resolución Nº 0513-2002/TDC-INDECOPI, relativa a la investiga- ción antidumping seguido contra las importaciones de bolas de acero paramolienda procedentes de la República de Chile, la Sala se refirió a la nece- sidad de considerar las semejanzas físicas y de uso para definir al produc- to similar: “(… ) la legislación antidumping y la jur isprudencia de la Sala estable- cen la necesidad de evaluar la similitud del producto investigado y elproducto nacional en función tanto de sus semejanzas físicas como de sus semejanzas respecto del uso (… )” En la Resolución Nº 0284-2001/TDC-INDECOPI, referida al procedimien- to de dumping sobre planchas y bobinas de acero laminado en caliente y en frío, la Sala se pronunció respecto de la necesidad de evaluar la simili-tud de uso para determinar el producto similar: “(… ) El resultado del segundo paso parecería indicar que el producto importado y el nacional son similares, puesto que tienen las mismas características especificadas por los modelos. Sin embargo, existen factores adicionales que deben ser considerados para determinar la similitud existente entre el producto importado y el nacional. Al respecto, se evaluará la similitud existente entre el producto nacio-nal y el importado relacionada con su calidad y uso.(… )” 8Según el Consejo Oleícola Internacional, organismo intergubernamentalde la Organización de Naciones Unidas, encargado de la mejora de la calidad y la promoción del aceite de oliva en el mundo, las definiciones para cada tipo de aceite de oliva son las siguientes:Aceite de Oliva Virgen : Este aceite es obtenido de la aceituna, fruto del árbol de olivo, usando únicamente medios mecánicos u otros físicos en condiciones particularmente termales, de modo que no alteren el aceite deninguna manera. No ha experimentado otro tratamiento que no sea el de lavado, decantación, centrifugación y filtración. Excluye el aceite obtenido por el uso de solventes u otros métodos de esterilización así como aquélmezclado con otros aceites. Puede ser definido como un producto natural, y puede tener una denominación de origen cuando contiene las caracterís- ticas específicas de una región particular. El aceite de oliva virgen puedetener las siguientes denominaciones y clasificaciones dependiendo de su organoleptisia (sabor y aroma) y características analíticas (el grado de acidez en cuanto a la proporción de ácidos grasos libres, no al gusto).Aceite de Oliva Extra Virgen : Aceite de Oliva Virgen con un impecable sabor y aroma, con sabor a fruta, la acidez expresada en ácido oleico no excede del 1%.Aceite de Oliva Virgen : Aceite de Oliva Virgen con un impecable sabor y aroma, con sabor a fruta, la acidez expresada en ácido oleico no excede el 2%.Aceite de Oliva Virgen Común : Aceite de Oliva virgen con un buen sabor y un aroma aceptable, cuya acidez no excede los 3.3%. Aceite de Oliva Virgen Lampante : Aceite de Oliva Virgen con una acidez mayor a 3.3% y/o cuyas características organolépticas tienen defectos. No es apto para el consumo directo. Siempre refinado. Aceite de Oliva Refinado : Es obtenido a través del refinamiento del acei- te de oliva virgen, el cual tiene un alto nivel de acidez y/o defectos organo- lépticos que son eliminados una vez refinado. La acidez del ácido oleico no excede los 0.3%.Aceite de Oliva : Es una mezcla del aceite de oliva refinado y el aceite de oliva virgen. Su acidez no excede el 1.5%. Aceite de Pulpa de Aceituna : Este es otro aceite proveniente de la acei- tuna que guarda su estructura química inicial. Está hecho del aceite extraí- do de la pulpa de la aceituna a través de solventes, el cual es luego refina- do y mezclado con aceite de oliva virgen. En ningún caso el porcentaje deacidez excede el 1.5%.te de oliva de que se trate, es elaborado sobre la base de aceituna aceitera. En efecto, las variedades de aceituna susceptibles de ser empleadas para la elaboración de aceite de oliva pueden determinar ligeras variaciones en su sa- bor; sin embargo, no tendrán como efecto un cambio en la naturaleza del producto final, en cualquier caso, se tratará de aceite de oliva. Tal como se indicó anteriormente existen diferentes va- riedades de aceite de oliva, variando algunas de ellas en su proceso productivo y, como consecuencia de ello, las características físicas y químicas de estas variedades de aceite de oliva también cambian. Así por ejemplo, el aceite de oliva extra virgen se produce a partir de la aceituna efec- tuando para ello un proceso de transformación únicamente por medios mecánicos y físicos. De otro lado, el aceite de