Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2004 (29/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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dispuesto por Resolucion Nº 028-2004-MP-FN-GG, desde el 14 de enero del 2004, al no haber sido ejecutado por su Jefe Inmediato Dr. MORDAZA MORDAZA Rodriguez; explicacion que resulta insostenible, pues tomo conocimiento de su destaque y nada justifica legalmente que no MORDAZA tomado posesion del cargo, tanto mas si esta Resolucion se encuentra vigente. Independientemente de ello, lo irrefutable es que el servidor incurrio en ausencias injustificadas desde el 4 de febrero del 2004, al no cumplir labores en ninguna dependencia fiscal, tal como el lo acepta en su descargo; Que, en su descargo senala que existe interpretacion erronea del articulo 139º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90PCM, al referir que este solo recibio una sola remuneracion correspondiente a la MORDAZA entidad en la que laboro, interpretacion incorrecta y sesgada del texto completo de la MORDAZA, ya que este celebro contrato de locacion de servicios no personales como Asesor de la Alta Direccion Ejecutiva del PETT y posteriormente Jefe del PETT, estando vigente su relacion laboral con el Ministerio Publico, al haber sido denegadas en su oportunidad las solicitudes de reserva de plaza y licencia sin goce de haber, y pese a la prohibicion de la autoridad competente, el servidor opto por celebrar contrato con otra entidad publica, haciendo caso omiso a lo estipulado por el Articulo 139º del Reglamento, concordante a lo previsto en el inciso a) del Articulo 28º del D.Leg. Nº 276; A lo referido por el servidor que no cobro sus remuneraciones como servidor del Ministerio Publico, esto se encuentra previsto en el Articulo 128º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Publica aprobado por el D.S. Nº 005-90-PCM, al senalar que Los funcionarios y servidores cumpliran con puntualidad y responsabilidad el horario establecido por la autoridad competente y las normas de permanencia interna en su entidad. Su incumplimiento origina los descuentos respectivos que constituyen rentas al Fondo de Asistencia y Estimulo conforme a las disposiciones vigentes. Dichos descuentos no tienen naturaleza disciplinaria por lo que no eximen de la sancion correspondiente"; Que, el servidor solicita en su descargo que se considere la jurisprudencia que invoca en su descargo, al habersele concedido reserva de plaza mediante Resolucion Nº 086-2003-MP-FN-GG de fecha 24 de febrero del 2003 cuando fue designado como Prefecto de la MORDAZA de Ica; esta jurisprudencia demuestra que el servidor sabia que no podia dejar de laborar en la Institucion si no contaba con la debida autorizacion, y pese a ello lo hizo; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, luego de revisar y analizar todo lo actuado, conjuntamente con el descargo presentado por el servidor; y acorde con el articulo 163º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concluye que la conducta del servidor Yvan MORDAZA Chia Aquije, constituye falta grave de caracter disciplinaria prevista en los incisos a) y k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Contando con las visaciones de los senores miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con el articulo 30º de la Ley MORDAZA Administrativa, aprobado por D.Leg. Nº 276, y del articulo 155º literal d) del Reglamento de la Ley MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR al Sr. YVAN MORDAZA CHIA AQUIJE, Tecnico en Abogacia II de la MORDAZA Fiscalia Provincial en lo Penal de Ica, destacado a la Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de Parcona del citado Distrito Judicial con DESTITUCION, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, no pudiendo reingresar al servicio publico durante el termino de cinco anos como minimo.

Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente Resolucion al Registro Nacional de Sanciones de Destitucion de la Presidencia del Consejo de Ministros, en conformidad a lo establecido en el articulo 242º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente Resolucion a la Gerencia Central de Personal, a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, al interesado y publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Personal la notificacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARCHELLO Gerente General 23551

Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicio de limpieza y saneamiento ambiental en instalaciones del Ministerio Publico
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1788-2004-MP-FN MORDAZA, 28 de diciembre de 2004 VISTOS: El Memorandum Nº 1103-2004-MP-FN-GECLOG, Informe Nº 790-2004-MP-FN-GECLOG-GESER y el Informe Nº 1065-2004-MP-FN-OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Gerencia General Nº 660-2004-MP-FN-GG, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprueba la convocatoria del Concurso Publico Nº 00062004-MP-FN-GG "Servicio de Limpieza y Saneamiento Ambiental en las Instalaciones del Ministerio Publico", indicandose como fecha para el otorgamiento de la Buena Pro, el dia 16 de diciembre de 2004; Que, mediante el Informe Nº 790-2004-MP-FN-GECLOG-GESER, de fecha 23 de diciembre de 2004, la Gerencia de Servicios Generales, da cuenta a la Gerencia Central de Logistica que, con fecha 16 de diciembre de 2004, el Comite Especial encargado de llevar a cabo dicho MORDAZA, adjudica la Buena Pro a la empresa Promotora Interamericana de Servicios S.A. - PISERSA, acto que ha sido materia de impugnacion por parte de la empresa Sanidad y Limpieza Industrial Peruana S.A.C. - SALIMPSAC; Que, asimismo, la citada Gerencia indica que considerando que el Contrato Complementario Nº 030-2004MP-FN-GECLOG, concluye el 1 de enero de 2005, mediante el Oficio Nº 013-2004-MP-FN-GG/CE-SMLP, el Presidente del Comite Especial manifiesta su recomendacion de solicitar la declaracion de urgencia del mencionado servicio, durante el tiempo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con respecto al tema del costo del servicio, se senala que se ha recibido una cotizacion, en base a las condiciones actuales del servicio, por una suma ascendente a S/. 117,711.04 (Ciento Diecisiete Mil Setecientos Once y 04/100 Nuevos Soles) mensuales, precisandose que conforme al Memorando Nº 577-2004-MP-FN-GGGECRE/01, se cuenta con factibilidad presupuestal por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios (00); Que, en ese sentido, y con la finalidad de evitar que la continuidad del servicio de Limpieza y Saneamiento Ambiental en las instalaciones del Ministerio Publico, se vea afectado por los acontecimientos MORDAZA descritos, la Gerencia de Servicios Generales concluye que es indispensable tramitar la declaracion en situacion de urgencia por un periodo de hasta 60 dias, por un monto de S/. 235,422.08 Nuevos So-

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