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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 dispuesto por Resolución Nº 028-2004-MP-FN-GG, desde el 14 de enero del 2004, al no haber sido ejecu-tado por su Jefe Inmediato Dr. Rigoberto Parra Rodrí-guez; explicación que resulta insostenible, pues tomoconocimiento de su destaque y nada justifica legal-mente que no haya tomado posesión del cargo, tanto más si está Resolución se encuentra vigente. Inde- pendientemente de ello, lo irrefutable es que el servi-dor incurrió en ausencias injustificadas desde el 4 defebrero del 2004, al no cumplir labores en ningunadependencia fiscal, tal como él lo acepta en su des-cargo; Que, en su descargo señala que existe interpreta- ción errónea del artículo 139º del Reglamento de laCarrera Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, al referir que éste sólo recibió una sola remune-ración correspondiente a la última entidad en la quelaboró, interpretación incorrecta y sesgada del texto completo de la norma, ya que éste celebró contrato de locación de servicios no personales como Asesor dela Alta Dirección Ejecutiva del PETT y posteriormenteJefe del PETT, estando vigente su relación laboral conel Ministerio Público, al haber sido denegadas en suoportunidad las solicitudes de reserva de plaza y li- cencia sin goce de haber, y pese a la prohibición de la autoridad competente, el servidor optó por celebrarcontrato con otra entidad pública, haciendo caso omi-so a lo estipulado por el Artículo 139º del Reglamento,concordante a lo previsto en el inciso a) del Artículo28º del D.Leg. Nº 276; A lo referido por el servidor que no cobró sus remuneraciones como servidor del Ministerio Público,esto se encuentra previsto en el Artículo 128º delReglamento de la Ley de la Carrera Pública aprobadopor el D.S. Nº 005-90-PCM, al señalar que Los funcio-narios y servidores cumplirán con puntualidad y res- ponsabilidad el horario establecido por la autoridad competente y las normas de permanencia interna ensu entidad. Su incumplimiento origina los descuentosrespectivos que constituyen rentas al Fondo de Asis-tencia y Estímulo conforme a las disposiciones vigen-tes. Dichos descuentos no tienen naturaleza discipli- naria por lo que no eximen de la sanción corres- pondiente”; Que, el servidor solicita en su descargo que se considere la jurisprudencia que invoca en su descar-go, al habérsele concedido reserva de plaza medianteResolución Nº 086-2003-MP-FN-GG de fecha 24 de febrero del 2003 cuando fue designado como Prefecto de la ciudad de Ica; esta jurisprudencia demuestraque el servidor sabía que no podía dejar de laborar enla Institución si no contaba con la debida autorización,y pese a ello lo hizo; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios, luego de revisar y analizar todo lo actuado, conjuntamente con el descargo presenta-do por el servidor; y acorde con el artículo 163º delReglamento de la Carrera Administrativa, aprobadopor Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concluye quela conducta del servidor Yvan Aurelio Chía Aquije, constituye falta grave de carácter disciplinaria previs- ta en los incisos a) y k) del artículo 28º del DecretoLegislativo Nº 276; Contando con las visaciones de los señores miem- bros de la Comisión Permanente de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios y de conformidad con el artículo 30º de la Ley Carrera Administrativa, aprobado por D.Leg. Nº 276, y del artículo 155º literal d) del Regla-mento de la Ley Carrera Administrativa, aprobado porDecreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR al Sr. YVAN AURE- LIO CHIA AQUIJE, Técnico en Abogacía II de la Se-gunda Fiscalía Provincial en lo Penal de Ica, destaca-do a la Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico deJusticia de Parcona del citado Distrito Judicial con DESTITUCIÓN, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, nopudiendo reingresar al servicio público durante el tér-mino de cinco años como mínimo.Artículo Segundo.- REMITIR copia autenticada de la presente Resolución al Registro Nacional de Sancionesde Destitución de la Presidencia del Consejo de Minis-tros, en conformidad a lo establecido en el artículo 242ºde la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento AdministrativoGeneral. Artículo Tercero.- REMITIR copia autenticada de la presente Resolución a la Gerencia Central de Personal,a la Comisión Permanente de Procesos AdministrativosDisciplinarios, al interesado y publicar en el Diario OficialEl Peruano la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Cen- tral de Personal la notificación de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese.ADRIAN DELGADO MARCHELLO Gerente General 23551 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G79/G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1788-2004-MP-FN Lima, 28 de diciembre de 2004 VISTOS: El Memorándum Nº 1103-2004-MP-FN-GECLOG, Informe Nº 790-2004-MP-FN-GECLOG-GESER y el In-forme Nº 1065-2004-MP-FN-OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Gerencia General Nº 660-2004-MP-FN-GG, de fecha 10 de noviembre de 2004,se aprueba la convocatoria del Concurso Público Nº 0006-2004-MP-FN-GG "Servicio de Limpieza y Saneamiento Ambiental en las Instalaciones del Ministerio Público", indi- cándose como fecha para el otorgamiento de la Buena Pro,el día 16 de diciembre de 2004; Que, mediante el Informe Nº 790-2004-MP-FN-GE- CLOG-GESER, de fecha 23 de diciembre de 2004, la Ge-rencia de Servicios Generales, da cuenta a la Gerencia Central de Logística que, con fecha 16 de diciembre de 2004, el Comité Especial encargado de llevar a cabo dichoproceso, adjudica la Buena Pro a la empresa PromotoraInteramericana de Servicios S.A. - PISERSA, acto que hasido materia de impugnación por parte de la empresa Sani-dad y Limpieza Industrial Peruana S.A.C. - SALIMPSAC; Que, asimismo, la citada Gerencia indica que consi- derando que el Contrato Complementario Nº 030-2004-MP-FN-GECLOG, concluye el 1 de enero de 2005, me-diante el Oficio Nº 013-2004-MP-FN-GG/CE-SMLP, elPresidente del Comité Especial manifiesta su reco-mendación de solicitar la declaración de urgencia del mencionado servicio, durante el tiempo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado; Que, con respecto al tema del costo del servicio, se señala que se ha recibido una cotización, en base a lascondiciones actuales del servicio, por una suma ascen- dente a S/. 117,711.04 (Ciento Diecisiete Mil Setecientos Once y 04/100 Nuevos Soles) mensuales, precisándoseque conforme al Memorando Nº 577-2004-MP-FN-GG-GECRE/01, se cuenta con factibilidad presupuestal por laFuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios (00); Que, en ese sentido, y con la finalidad de evitar que la continuidad del servicio de Limpieza y Saneamiento Ambien- tal en las instalaciones del Ministerio Público, se vea afecta-do por los acontecimientos antes descritos, la Gerencia deServicios Generales concluye que es indispensable tramitarla declaración en situación de urgencia por un período dehasta 60 días, por un monto de S/. 235,422.08 Nuevos So-