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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 Nº Ubicación Cuadra Lado Lado de vía Izquierdo Derecho 8 Jr. Tomás Guido 1 Diagonal 9 Calle Francisco Masías 26 Pa ralelo 10 Calle Manuel Villavicencio 11 Diagonal Que, el artículo 2º de la Ordenanza Nº 079-MDL modificó el artículo 12º de la Ordenanza Nº 005, estable-ciendo la inafectación del pago de la tasa por estaciona-miento vehícular, siempre que se encuentren en cumpli-miento de sus funciones, a los conductores de los vehí-culos de propiedad de: i) la Municipalidad Distrital deLince, ii) las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, iii) elCuerpo de Bomberos Voluntarios del Perú y iv) los des-tinados a ambulancias. Que asimismo, dicha disposición establece la inafec- tación del pago de la tasa de los propietarios de vehícu-los que a la vez sean propietarios de inmuebles ubica-dos frente a las zonas de estacionamiento vehicular dela circunscripción del Distrito de Lince, siempre que seencuentren registrados como tales en la Oficina de Ren-tas de dicha Municipalidad. Cabe señalar que la disposi-ción en mención establece que la referida inafectaciónno procede para los propietarios de negocios ni para lostrabajadores de los mismos. Que, en lo que se refiere a la publicidad de las nor- mas municipales, es preciso anotar que el artículo 44ºde la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,dispone la obligación de las municipalidades distritalesque conforman la Provincia de Lima de publicar en elDiario Oficial El Peruano sus Ordenanzas, Decretos deAlcaldía y los Acuerdos sobre remuneración del Alcaldey Dietas de los Regidores. En este caso, la Municipali-dad Distrital de Lince publicó las Ordenanzas Nº 079-MDL y Nº 113-MDL en el Diario Oficial El Peruano losdías 21 de agosto de 2003 y 23 de mayo de 2004, res-pectivamente. Que, para el cálculo de la estructura de costos, la Municipalidad Distrital de Lince ha considerado los si-guientes rubros: Mano de obra (correspondiente a per-sonal de supervisión, seguridad y parqueo), materiales,uniformes, señalización y costos por servicios básicos.De acuerdo a la información presentada por la Municipa-lidad, el costo del servicio anual asciende a S/.148,546.00 Nuevos Soles, tal como se observa en elAnexo Nº 01 del informe del Servicio de AdministraciónTributaria-SAT. Que, para determinar la prestación efectiva del ser- vicio, la Municipalidad ha considerado 193 espaciosdiarios habilitados para estacionamiento de lunes a sá-bado, los mismos que están a disposición de los usua-rios en el horario de 08:00 a 21:00 horas, por todo elaño. Que, para verificar el financiamiento de los costos incurridos por la Municipalidad en la prestación efectivadel servicio se ha efectuado la estimación de ingresospor tasa de estacionamiento vehicular derivados del usoefectivo de los espacios habilitados, la misma que al añoasciende a S/. 148,546.00 Nuevos soles conforme seaprecia en el Anexo Nº 2, del informe del Servicio deAdministración Tributaria-SAT, Estos ingresos permitenfinanciar el 100.0% de los costos. Que, es necesario precisar que todo el análisis técni- co realizado, se basó en la documentación presentadapor la Municipalidad Distrital, teniendo dicha información,el carácter de declaración jurada, según lo dispuesto enel inciso b) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 607 queregula el procedimiento de ratificación de ordenanzasdistritales para la Provincia de Lima. De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 167-2004-MML/CMAEDO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar las Ordenanzas Nº 079- MDL y su modificatoria Nº 113-MDL, mediante las cua-les se modifica el servicio de estacionamiento vehicularestablecido por la Ordenanza Nº 005, en la jurisdiccióndel Distrito de Lince.Artículo Segundo.- La presente ratificación tiene vigencia en tanto la Municipalidad Metropolitana de Limano apruebe la Ordenanza que establezca los paráme-tros y criterios para cobrar las tasas de Estacionamien-to Vehicular en la Metrópoli. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 23530 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6E/G63/G65/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G6C/G65/G2D /G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G65/G73 /G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G2D/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G6A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G2D/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONCEJO Nº 398 Lima, 17 de diciembre de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2004 el Oficio Nº 01-90-000001819 emitidopor el Servicio de Administración Tributaria-SAT, que ad-junta el expediente de la Municipalidad Distrital de Lince,sobre la solicitud de ratificación de la Ordenanza Nº 123-2004-MDL, por medio de la cual establecen el marco legaldel régimen tributario y los importes de los Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciuda-dana para el ejercicio 2005 en su jurisdicción. De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 208-2004-MML-CMAEDO; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, establece que las Ordenanzas en materia tributa-ria expedidas por las Municipalidades Distritales debenser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de sucircunscripción para su entrada en vigencia y exigibilidad;por otro lado, la Municipalidad Metropolitana de Lima, através del Edicto Nº 227 otorgó al Servicio de Administra-ción Tributaria, SAT, la facultad de emitir opinión técnicaacerca de las Ordenanzas que sobre materia tributariahubieren aprobado las Municipalidades Distritales y quesean sometidas a la ratificación del Concejo de la Munici-palidad Metropolitana de Lima (Inc. s del Art. 6º). Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los artículos 74º y 195º de la Constitu-ción Política establecen la facultad de las Municipalida-des para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos desu competencia, es decir, contribuciones y tasas, en-contrándose dentro de estas últimas los arbitrios muni-cipales y los derechos por concepto de emisión mecani-zada. En el mismo sentido, el artículo 60º de la Ley deTributación Municipal (Decreto Legislativo Nº 776), esta-blece la potestad municipal para crear, modificar y supri-mir tributos. Que, en virtud de lo señalado, la Municipalidad Dis- trital de Lince, solicitó la ratificación de la OrdenanzaNº 123-2004-MDL, por medio de la cual establecen elmarco legal del régimen tributario y los importes de losArbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ySeguridad Ciudadana para el ejercicio 2005 en su ju-risdicción. Que, es necesario precisar que los arbitrios muni- cipales en el distrito de Lince estuvieron reguladospor la Ordenanza Nº 93-2003-MDL, por la cual se es-tableció el marco legal del régimen tributario y los im-portes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2004.Asimismo, cabe señalar que la Ordenanza Nº 93-2003-