Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2004 (29/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
MORDAZA ROCCA MORDAZA Presidenta 22816

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Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 0332004-EF/94.10 del 29 de marzo de 2004, CONASEV autorizo el funcionamiento de Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC, como empresa administradora de fondos colectivos; Que, mediante Resolucion Gerencial N° 007-2004EF/94.55 de fecha 31 de MORDAZA de 2004, la Gerencia de Intermediarios y Fondos autorizo a Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC, la administracion de los Programas denominados "A" y "B", bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeterminado; Que, con fecha 4 de noviembre de 2004, Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC informo a esta Comision Nacional que por acuerdo de Junta Universal de Accionistas, de fecha 28 de octubre de 2004, se habia decidido el cese de actividades, por lo que solicitan se deje sin efecto la autorizacion de funcionamiento otorgada por CONASEV; Que, fundamentan su solicitud "... en el hecho de que actualmente las entidades del sector financiero estan brindando mayor facilidad y oportunidad de creditos a plazos muy considerados para la adquisicion de vehiculos, situacion que no favorece a que nuestra empresa pueda desarrollarse en el MORDAZA como se habia planificado."; Que, se ha determinado que la documentacion presentada cumple con los requisitos establecidos en el articulo 66º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONASEV N° 730-97-EF/94.10 y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002EF, que le son aplicables; Que, de conformidad con lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 66º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC debera cumplir con insertar la presente resolucion en la escritura publica correspondiente; Que, a efectos de otorgar adecuada publicidad a lo acordado por Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC, es necesario establecer un plazo para que la referida empresa cumpla con inscribir la escritura publica a que se refiere el considerando anterior en el Registro de Personas Juridicas del Sistema Nacional de los Registros Publicos; y, Estando a lo dispuesto por el inciso d) del articulo 65º y el articulo 66º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONASEV N° 730-97-EF/94.10, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002EF, el inciso c) del articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley N° 26126, asi como a lo acordado por el Directorio de esta institucion reunido en sesion de fecha 29 de noviembre de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar la autorizacion de funcionamiento de Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC, por las razones senaladas en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC debera cumplir con insertar la presente resolucion en la escritura publica correspondiente, a fin de que se proceda a su inscripcion en el Registro de Personas Juridicas del Sistema Nacional de los Registros Publicos. La referida inscripcion debera llevarse a cabo en un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles contados desde la entrada en vigencia de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su notificacion. Articulo 4º.- Transcribir la presente resolucion a Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC y a la Asociacion de Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (ADEAFCO).

Autorizan transferencia de acciones representativas del capital social de Grupo Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A. a favor de la empresa Corporacion Coril S.A.C.
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 132-2004-EF/94.11 MORDAZA, 21 de diciembre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 2004031491, presentado por Grupo Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A. y el Informe Nº 436-2004-EF/94.55 de fecha 21 de diciembre de 2004, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Reglamento de Agentes de Intermediacion aprobado por Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10 establece que, de manera previa a la transferencia de acciones que representen el 5% o mas del capital social, los agentes deberan solicitar autorizacion a CONASEV y cumplir con presentar la informacion y documentacion sobre los nuevos accionistas a que se refieren los incisos a), d) e i) del articulo 5º del citado reglamento; Que, mediante escrito presentado el 8 de noviembre de 2004, complementado el 9 de noviembre y 14 de diciembre de 2004, el senor MORDAZA MORDAZA Hoces, Gerente General de Grupo Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A., solicito que CONASEV autorice la transferencia de acciones que representan el 99.9993% del capital social de la empresa, pertenecientes a los senores MORDAZA MORDAZA Alfandari (70%), MORDAZA MORDAZA Hoces (15%) y MORDAZA MORDAZA Polar (15%), a favor de Corporacion Coril S.A.C.; Que, evaluada la documentacion presentada se ha determinado que la misma cumple con los requisitos establecidos por el articulo 19º del Reglamento de Agentes de Intermediacion y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y en aplicacion de las facultades delegadas al Gerente General mediante Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institucion reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la transferencia de 2 646 160 acciones de propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA Alfandari, MORDAZA MORDAZA Hoces y MORDAZA MORDAZA Polar, representativas del 99.9993% del capital social de Grupo Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A. a favor de la empresa Corporacion Coril S.A.C. Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su notificacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a Grupo Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HIGA TAMASHIRO Gerente General 23323

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