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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 033- 2004-EF/94.10 del 29 de marzo de 2004, CONASEVautorizó el funcionamiento de Consorcio Nacional deAutos S.A. EAFC, como empresa administradora de fondos colectivos; Que, mediante Resolución Gerencial N° 007-2004- EF/94.55 de fecha 31 de mayo de 2004, la Gerenciade Intermediarios y Fondos autorizó a Consorcio Na-cional de Autos S.A. EAFC, la administración de losProgramas denominados “A” y “B”, bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeter- minado; Que, con fecha 4 de noviembre de 2004, Consor- cio Nacional de Autos S.A. EAFC informó a esta Co-misión Nacional que por acuerdo de Junta Universalde Accionistas, de fecha 28 de octubre de 2004, se había decidido el cese de actividades, por lo que so- licitan se deje sin efecto la autorización de funciona-miento otorgada por CONASEV; Que, fundamentan su solicitud “... en el hecho de que actualmente las entidades del sector financieroestán brindando mayor facilidad y oportunidad de cré- ditos a plazos muy considerados para la adquisición de vehículos, situación que no favorece a que nues-tra empresa pueda desarrollarse en el mercado comose había planificado.”; Que, se ha determinado que la documentación pre- sentada cumple con los requisitos establecidos en el artículo 66º del Reglamento de las Empresas Admi- nistradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Re-solución CONASEV N° 730-97-EF/94.10 y el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos de la CO-NASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF, que le son aplicables; Que, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 66º del Reglamento de las Em-presas Administradoras de Fondos Colectivos, Con-sorcio Nacional de Autos S.A. EAFC deberá cumplircon insertar la presente resolución en la escriturapública correspondiente; Que, a efectos de otorgar adecuada publicidad a lo acordado por Consorcio Nacional de Autos S.A.EAFC, es necesario establecer un plazo para que lareferida empresa cumpla con inscribir la escriturapública a que se refiere el considerando anterior enel Registro de Personas Jurídicas del Sistema Na- cional de los Registros Públicos; y, Estando a lo dispuesto por el inciso d) del artículo 65º y el artículo 66º del Reglamento de las EmpresasAdministradoras de Fondos Colectivos, aprobado porResolución CONASEV N° 730-97-EF/94.10, el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos de CONA- SEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002- EF, el inciso c) del artículo 2º del Texto Único Con-cordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobadopor Decreto Ley N° 26126, así como a lo acordadopor el Directorio de esta institución reunido en sesiónde fecha 29 de noviembre de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar la autorización de funcio- namiento de Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC,por las razones señaladas en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Consorcio Nacional de Autos S.A. EAFC deberá cumplir con insertar la presente reso-lución en la escritura pública correspondiente, a finde que se proceda a su inscripción en el Registro dePersonas Jurídicas del Sistema Nacional de los Re- gistros Públicos. La referida inscripción deberá lle- varse a cabo en un plazo no mayor de treinta (30)días hábiles contados desde la entrada en vigenciade la presente resolución. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su notificación. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Con- sorcio Nacional de Autos S.A. EAFC y a la Asociación deEmpresas Administradoras de Fondos Colectivos (ADE-AFCO).Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidenta 22816 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G43/G6F/G72/G69/G6C/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G41/G67/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6C/G73/G61 /G53/G2E/G41/G2E/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G43/G6F/G72/G69/G6C/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 132-2004-EF/94.11 Lima, 21 de diciembre de 2004 VISTO:El Expediente Nº 2004031491, presentado por Gru- po Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A. y el Informe Nº 436-2004-EF/94.55 de fecha 21 de diciembre de 2004, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO:Que, el artículo 19º del Reglamento de Agentes de Intermediación aprobado por Resolución CONASEV Nº 843-97-EF/94.10 establece que, de manera previa a latransferencia de acciones que representen el 5% o másdel capital social, los agentes deberán solicitar autoriza-ción a CONASEV y cumplir con presentar la informacióny documentación sobre los nuevos accionistas a que se refieren los incisos a), d) e i) del artículo 5º del citado reglamento; Que, mediante escrito presentado el 8 de noviembre de 2004, complementado el 9 de noviembre y 14 dediciembre de 2004, el señor Eduardo Noriega Hoces,Gerente General de Grupo Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A., solicitó que CONASEV autorice la transfe- rencia de acciones que representan el 99.9993% delcapital social de la empresa, pertenecientes a los seño-res Marcos Falcón Alfandari (70%), Eduardo NoriegaHoces (15%) y Carlos Arellano Polar (15%), a favor deCorporación Coril S.A.C.; Que, evaluada la documentación presentada se ha determinado que la misma cumple con los requisitos es-tablecidos por el artículo 19º del Reglamento de Agentesde Intermediación y el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos de CONASEV; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 2º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y enaplicación de las facultades delegadas al Gerente Ge-neral mediante Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de estaInstitución reunido en sesión de fecha 6 de abril de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la transferencia de 2 646 160 acciones de propiedad de los señores Marcos FalcónAlfandari, Eduardo Noriega Hoces y Carlos Arellano Po-lar, representativas del 99.9993% del capital social de Grupo Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A. a favor de la empresa Corporación Coril S.A.C. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vi- gencia el día de su notificación. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a Gru- po Coril Sociedad Agente de Bolsa S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CLAUDIO HIGA TAMASHIRO Gerente General 23323