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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que origina la presente Resolución a las partidas correspondientes delPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte-riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 23563 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E /G41/G72/G69/G63/G61/G2C/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 344-2004-RE Lima, 23 de diciembre de 2004CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomático, cual- quiera sea su categoría, sirven alternadamente seis añosen el exterior y tres años en el país, conforme lo estable-ce la Ley del Servicio Diplomático de la República; Que, la protección y atención a las comunidades pe- ruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º literal a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático dela República; los artículos 62º, 63ºB), 64º literal a) y 90ºdel Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; el artículo 121º del Reglamento Consular, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modi-ficado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE; así como de los artículos 132º y 133º del citadoReglamento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Ministro en el Servi- cio Diplomático de la República, Jorge Antonio SalasRezkalah, Cónsul General del Perú en Arica, Repúblicade Chile. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 512-95-RE,de 22 de noviembre de 1995. Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en que el citado funcio- nario diplomático deberá asumir funciones será fijada por Resolución Ministerial. Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que origina la presente Resolución a las partidas correspondientes delPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte-riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 23564 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E /G47/G75/G61/G79/G61/G71/G75/G69/G6C/G2C/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 345-2004-RE Lima, 23 de diciembre de 2004CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomático, cual- quiera sea su categoría, sirven alternadamente seis añosen el exterior y tres años en el país, conforme lo estable-ce la Ley del Servicio Diplomático de la República; Que, la protección y atención a las comunidades pe- ruanas en el exterior constituye una de las prioridadesde la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º literal a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático dela República; los artículos 62º, 63ºB), 64º literal a) y 90º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el artículo 121º del Reglamento Consular, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modi-ficado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE; así como de los artículos 132º y 133º del citado Reglamento; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al Ministro en el Servi- cio Diplomático de la República, Carlos Luis Canales Rojas, Cónsul General del Perú en Guayaquil, República del Ecuador. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-RE, de28 de abril de 1988. Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en que el citado funcio- nario diplomático deberá asumir funciones será fijadapor Resolución Ministerial. Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que origina la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 23565 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E /G50/G61/G74/G65/G72/G73/G6F/G6E/G2C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 346-2004-RE Lima, 23 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, los funcionarios del Servicio Diplomático, cual- quiera sea su categoría, sirven alternadamente seis años en el exterior y tres años en el país, conforme lo estable- ce la Ley del Servicio Diplomático de la República; Que, la protección y atención a las comunidades pe- ruanas en el exterior constituye una de las prioridadesde la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º literal a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 62º, 63ºB), 64º literal a) y 90ºdel Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el artículo 121º del Reglamento Consular, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modi- ficado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004- 85-RE; así como de los artículos 132º y 133º del citadoReglamento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Consejero en el Ser- vicio Diplomático de la República, Alejandro Pedro Ugar-