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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 de apertura de proceso administrativo disciplinario en su domicilio en la ciudad de Lima mediante la Notaría JuanZárate del Pino por Carta Notarial Nº 006-2004-INPE/10-02 de fecha 23 de noviembre de 2004, cuyo cargoobra a fojas 22 en el expediente y que no obstante habertranscurrido en exceso el plazo previsto en el artículo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM la servidora procesada no ha cumplido con presentar su descargosubsistiendo los cargos formulados en su contra en laresolución de instauración de Proceso AdministrativoDisciplinario. Que, la servidora Magaly Annai CURO TINEO, con sus inasistencias injustificadas ha transgredido los artí- culos 10º y 39º inciso b) del Reglamento de Control deAsistencia, Puntualidad y Permanencia para los Traba-jadores del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado porResolución de la Presidencia de la Comisión Reorga-nizadora Nº 503-98-INPE-CR-P de fecha 16 de noviem- bre de 1998; e incumplido sus obligaciones establecidas en los incisos a) y c) del artículo 21º del Decreto Legisla-tivo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa yde Remuneraciones del Sector Público, por lo tanto haincurrido en faltas de carácter disciplinarias previstas enlos incisos a) y k) del artículo 28º de la acotada norma legal; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contandocon las visaciones de los miembros del Consejo Nacio-nal Penitenciario y de las Oficinas Generales de Aseso-ría Jurídica y Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Adminis-trativa y de Remuneraciones del Sector Público y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, Regla-mento de Organización y Funciones del Instituto Nacio- nal Penitenciario, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTITUCIÓN a la servidora Magaly Annai CURO TI- NEO, Especialista en Tratamiento de Inconductas So-ciales, nivel SPF, de la Farmacia Central de la Sede Mag-dalena de la Dirección Regional Lima, por los fundamen-tos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- La medida disciplinaria impuesta a la servidora Magaly Annai CURO TINEO se ejecutará unavez que haya quedado firme la presente Resolución oagotada la vía administrativa, conforme lo establece losartículos 192º y 216º de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce-dimiento Administrativo General. Artículo 3º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del Institu-to Nacional Penitenciario para los efectos legales pertinen-tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 23524 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G6E/G64/G65/G6E/G65/G72/GED/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G43/G61/G72/G2D/G6D/G65/G6E/G20/G41/G6C/G74/G6F/G20/G79/G20/G54/G6F/G63/G72/G61/G68/G75/G61/G73/G69/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1378/INC Lima, 17 de diciembre de 2004VISTO, el Acuerdo Nº 676 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 37 defecha 9 de diciembre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Orga- nismo Público Descentralizado del Sector Educación,con personería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las ma-nifestaciones culturales del país y de la investiga-ción, preservación, conservación, restauración, di- fusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Na- ción; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,encarga al Instituto Nacional de Cultura la función deregistrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 676 de fecha 9 de diciem- bre de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo-gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na-cional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Na-ción a las Andenerías del Sector Carmen Alto y Tocrahua- si, ubicadas en el distrito de Cayma, provincia y departa- mento de Arequipa; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Di- rección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídi-cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decre-to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen-to de Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a las Andenerías del Sector Carmen Alto y To-crahuasi, ubicadas en el distrito de Cayma, provincia ydepartamento de Arequipa. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Na- cional de Cultura Arequipa la elaboración del expedientetécnico de las andenerías mencionadas en el Artículo 1ºde la presente Resolución, con su respectiva Ficha Téc-nica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condi-ción de Patrimonio Cultural de la Nación a las ande-nerías mencionadas en el Artículo 1º de la presenteResolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pu-diese afectar o alterar las andenerías declaradas “Pa-trimonio Cultural de la Nación”, debe contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autorida- des políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 23452 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G50/G69/G6E/G74/G75/G72/G61/G73/G20/G52/G75/G70/G65/G73/G74/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G6F/G2D/G71/G75/G65/G70/G61/G6C/G61/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1379/INC Lima, 17 de diciembre de 2004