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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 tiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declara-dos expresamente, bajo su exclusiva responsabilidady que la formalización de la cancelación del procesodeberá realizarse mediante resolución o acuerdo debi-damente sustentado, del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expediente de adquisición o con- tratación, debiéndose publicar conforme lo disponga elReglamento; Que, el artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que cuando la Entidad decida cancelar un proceso de se- lección, por causal debidamente motivada y de acuer-do a lo permitido por el artículo 34º de la Ley, deberácomunicar su decisión dentro del día siguiente y porescrito al Comité Especial, el cual, a su vez, deberácomunicar dicha decisión a todos los adquirientes de las Bases o a quienes hayan sido invitados, según sea el caso, dentro del día siguiente de recibida la comuni-cación cursada por la Entidad; y que en este caso, elplazo para el reintegro del pago efectuado para adquirirlas Bases no podrá exceder de los cinco (5) días pos-teriores a la notificación, bastando para la devolución la sola presentación del comprobante de pago; Que, asimismo, dicho artículo dispone que la reso- lución cancelatoria deberá exponer el motivo de la de-cisión de cancelar el proceso de selección y se publi-cará, por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano yen el que se hubiera publicado la convocatoria, dentro de los cinco (5) días posteriores a la adopción de la decisión, excepto en el caso de las adjudicaciones di-rectas selectivas y de menor cuantía en las que essuficiente la comunicación a los postores invitados oconvocados; Que, lo señalado en las normas antes citadas es concordante con lo dispuesto por la Directiva Nº 011- 2001-CONSUCODE/PRE; Que, asimismo, el proceso de selección se encuen- tra en etapa previa a la presentación y apertura de pro-puestas, la cual es a su vez anterior al otorgamiento deBuena Pro; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas se- ñala en su memorándum de visto que actualmente seviene realizando la confección del manual de perfil decompetencias, estudio que en su primera etapa se hareferido a temas de sensibilización del personal y com-penetración de los trabajadores de OSIPTEL con los objetivos de la institución, temas que forman parte sus- tancial del proceso cuya cancelación se recomienda yque debido a ello es conveniente esperar los resultadosde ese estudio a fin de evaluar la necesidad de realizar elestudio de cultura organizacional y la capacitación alpersonal en temas de liderazgo empresarial; Que, dada la situación descrita se ha configurado causal para la cancelación del proceso de selecciónconforme a la normativa aplicable, al no existir a la fechala necesidad de realizar la contratación antes descrita; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar el Concurso Público Nº 00012- 2004-GAF/OSIPTEL. Artículo 2º.- Hacer de conocimiento del Comité Es- pecial la presente resolución, a fin que proceda confor-me a lo dispuesto por el artículo 21º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el diario enque se publicó la convocatoria. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME CÁRDENAS TOVAR Gerente General (e) 23487SUNARP /G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G20/G64/G65 /G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C /G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G61/G74/G61/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G2C/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G2D/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G32/G39/G34 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE CATASTRO Nº 001-2004-CNC Lima, 27 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de julio último, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28294 que crea elSistema Nacional Integrado de Información CatastralPredial; Que, en la segunda disposición final de la referida Ley, se señala que el Poder Ejecutivo la reglamentará en un plazo de ciento veinte (120) días hábiles; Que, en la sesión de instalación del Consejo Nacio- nal de Catastro - CNC, se acordó la designación de unequipo técnico de apoyo a la Secretaría Técnica delSistema Nacional de Catastro Predial a fin de elaborarel proyecto de Reglamento de la "Ley que crea el Siste- ma Nacional Integrado de Información Catastral Pre- dial"; Que, la Secretaría Técnica ha recepcionado los docu- mentos en los cuales cada integrante del Consejo Nacio-nal de Catastro designa a sus miembros que conforma-rán el referido equipo técnico; conforme a los Oficios Nº 718-2004-SUNARP/GG, Nº 808-2004-INACC/J, Nº 055- IGN/SUBJEF, Nº 065-2004-PD-ICL/MML, Nº 319-2004-COFOPRI/CN, y Nº 1821-2004-AG-PETT-DE, emitidospor las respectivas instituciones; Que, conforme al artículo 7º de la Ley Nº 28294, el Superintendente Nacional de los Registros Públicos pre- side el Consejo Nacional de Catastro, por lo que corres- ponde a dicho funcionario firmar las Resoluciones que elreferido Consejo emita; Estando a las consideraciones que anteceden, a las normas vigentes y a lo acordado en la sesión del Conse-jo Nacional de Catastro de fecha 25 de octubre de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la formalización de la constitu- ción del equipo de trabajo de la Secretaría Técnica delSistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, a cargo del Ing. Luis Alberto Grados Quezada, a fin de elaborar el Proyecto del Reglamento de la Ley Nº28294, para cuyo efecto contará con el apoyo de aseso-res externos, quedando dicho equipo conformado porlos representantes técnicos de las instituciones miem-bros del Consejo Nacional de Catastro, que a continua- ción se mencionan: * Representantes de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -SUNARP - Abog. Alvaro Delgado Scheelje - Abog. Gastón Castillo Delgado - Abog. Carmen Gisell Alviteres Arata- Ing. Luis Cutti Flores- Ing. Efraín Montalvo Astete * Representantes del Instituto Nacional de Concesio- nes y Catastro Minero - INACC - Ing. Henry Luna Córdova - Abog. María Angélica Remuzgo Gamarra * Representante del Instituto Catastral de Lima - ICL - Arq. José Romero Martínez