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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (31/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 71

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto y Tributación del Pliego, instruye a la Unidad Ejecutora para que ela-bore la correspondiente "Nota de Modificación Presu-puestal" que se requiera como consecuencia a lo dis-puesto, en la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Mi- nisterio de Economía y Finanzas, a la Contraloría Gene-ral de la República, y a la Comisión de Presupuesto delCongreso de la República. Regístrese y comuníquese. SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCC Presidente 23892 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G75/G64/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G2D/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2004-CR/RLL Trujillo, 25 de octubre del 2004 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de la fe- cha, la propuesta formulada por la Secretaría del Con-sejo Regional y la Gerencia General Regional sobre laorganización de la Primera Audiencia Pública Regionaldel año fiscal 2004; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, en su artí- culo 24º indica que los Gobiernos Regionales realizaráncomo mínimo dos audiencias públicas regionales al año,una en la capital de la Región y otra en una provincia, enlas que dará cuenta de los logros y avances alcanzadosdurante el período; Que, el Gobierno Regional reconoce a la participa- ción ciudadana en la gestión y control de las activida-des públicas como un derecho que contribuye a for-talecer la democracia y el proceso de Desarrollo Re-gional; Que, es necesario contar con un Reglamento que contemple los distintos aspectos que garanticen el nor- mal desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales ygarantice la participación democrática y responsable delos ciudadanos; Que, es necesario convocar a la Primera Audiencia Pública Regional, referida a la gestión en el período ene- ro - junio del 2004; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sumodificatoria Ley Nº 27902; Con el voto UNÁNIME de los señores integrantes del Consejo Regional de la Región La Libertad; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización de las Audiencias Públicas del GobiernoRegional de La Libertad, cuyo texto forma parte de lapresente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría del Consejo Regional y a la Gerencia General Regional delGobierno Regional, la organización de las Audiencias Públicas Regionales correspondientes al presente año. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 23688 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G2D /G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G79/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G2D /G74/G61/G64 ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2004-CR/RLL Trujillo, 25 de octubre del 2004 EL CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD VISTO:En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de la fe- cha, la Propuesta de Iniciativa Regional de Creación del Consejo Regional de Energía y Minas de La Libertad, elevada a la Presidencia del Gobierno Regional de LaLibertad, por la Consejeria Regional de Santiago de Chu-co; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º, inciso 7) de la Constitución Política del Perúde 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucio-nal del capítulo XIV del título IV, sobre Descentralización-Ley Nº 27680-, que preceptúa la facultad de los Gobier- nos Regionales de “Promover y regular actividades y/o servicios en materia de …energía , minería y medioambiente conforme a ley”, así como en el inciso 9) de“Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntosde su competencia”; asimismo, lo previsto por la Ley deBases de Descentralización -Ley Nº 27783-; y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902 y demás normas comple-mentarias; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, en su artículo 1º: “Establece y norma la es-tructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales. Define la organización democrá- tica, descentralizada y desconcentrada del GobiernoRegional conforme a la Constitución y a la Ley de Basesde Descentralización”; Que, el Art. 4º del citado cuerpo legal establece como finalidad esencial de los Gobiernos Regionales “Fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, y el em-pleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos yla igualdad de oportunidades de sus habitantes, deacuerdo con los planes y programas nacionales, re-gionales y locales de desarrollo”; asimismo, señala en sus artículos 5º y 6º que “Es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión públicaregional de acuerdo a sus competencias exclusivas,compartidas y delegadas, en el marco de las políticasnacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollointegral y sostenible de la región; que, el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económi-co, social, poblacional, cultural y ambiental, a travésde planes, programas y proyectos orientados a gene-rar condiciones que permitan el crecimiento económi-co armonizado con la dinámica demográfica, el desa- rrollo social equitativo y la conservación de los recur- sos naturales y el ambiente en el territorio regional,orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos dehombres y mujeres e igualdad de oportunidades”, res-pectivamente;