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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 Artículo Noveno.- FACULTAR al Secretario del Con- sejo Regional La Libertad, la publicación de la presenteOrdenanza POR TANTO:Mando se publique, se registre y se cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 23690 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G65/G72/G66/G69/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G54/G75/G72/GED/G73/G74/G69/G63/G6F /G45/G63/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G2D/G6A/G69/G6C/G6C/G6F ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD Nº 079-2004-CR/R-LL Trujillo, 2 de agosto del 2004 EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTADVISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el pedido formulado por el señor Consejero por la provincia de Julcán delGobierno Regional de La Libertad, Ing. Carlos ZavaletaBohuytrón, referente a la Aprobación del Perfil del Pro-yecto Turístico Ecológico de la Ciudad de Trujillo; ACUERDO: Que, el turismo es un sector que tiene gran importan- cia para el Desarrollo Económico Regional, por lo que elGobierno Regional La Libertad ha decidido priorizarlocon la finalidad de dinamizar la economía, generar em-pleo productivo y reducir la pobreza en la Región; Que, el turismo es una actividad socio cultural que debe ser combinada con la racionalidad ambiental, ex-presada en la conservación de recursos naturales y lapromoción de la agricultura ecológica, con la racionali-dad económica, expresada en la promoción de la produc-ción ecológica y la promoción de recursos turísticos a partir de la implementación de centros turísticos, con la dinámica socio política, expresada en el rol que debecumplir el Gobierno Regional, los Gobiernos Locales ylas instituciones y/o organizaciones vinculadas con laactividad; Que, es necesario crear una nueva ciudad turística y ecológica de Trujillo con características modernas y ambientalmente sostenible, que busque el desarrollo ar-mónico del capital humano, social y productivo, con mi-ras a una dinámica de desarrollo participativo y concer-tado que permitan a la Región La Libertad convertirse enla región líder del desarrollo integral y sostenible del tu- rismo en todo el norte del país; Que, el Artículo 63º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - señala como funcio-nes de los Gobiernos Regionales en materia de Turismo,el de "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, con-trolar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales",asimismo el inciso b) del mismo artículo señala comofunciones de los Gobiernos Regionales el de "Formularconcertadamente, aprobar y ejecutar las estrategias yel programa de desarrollo turístico de la región"; Que, el Art. 53º Inc. a) de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales establece las funciones del GobiernoRegional en materia Ambiental y de Ordenamiento terri-torial y por tanto faculta al Gobierno Regional para: "For-mular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrarlos planes y políticas en materia ambiental y de ordena- miento territorial, en concordancia con los planes de los gobiernos locales"; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a loexpuesto, con el voto UNÁNIME de los señores inte- grantes de dicho Consejo y en uso de las atribucionesconferidas por el Artículo 15º de la Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Perfil del Proyecto Turístico Ecológico de la Nueva Ciudad de Trujillo. Artículo Segundo.- DECLARAR como ZONA IN- TANGIBLE RESERVADA, para la Creación de la NuevaCiudad Turística Ecológica de Trujillo, el espacio territo- rial que comprende: Por el Norte: La Quebrada de Tres Palos. Por el Este: La Panamericana Norte.Por el Oeste: Línea territorial de la Marina de Guerra del Perú en la franja litoral del mar peruano. Por el Sur: Carretera al distrito de Huanchaco y Vía de Evitamiento. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planifi- cación, Obras y Presupuesto la implementación delpresente acuerdo. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 23683 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G63/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G72/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68/G2C/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E ACUERDO REGIONAL Nº 088-2004 CR/GR-LL Trujillo, 25 de octubre del 2004 VISTO: El Acuerdo de Intención Regional: Junta de Coordina- ción Regional, suscrito por los señores PresidentesRegionales de Ancash, La Libertad y San Martín, cele-brado en la ciudad de Trujillo el 26 de setiembre de loscorrientes, contando además con la presencia de los señores consejeros regionales de aquellas circunscripciones; con la finalidad de integrar dentro delmarco constitucional vigente, el proceso de descentrali-zación y regionalización del país; y, CONSIDERANDO: Que, el proceso de descentralización del país, se- gún la Constitución Política del Estado, es una política de Estado y se involucra como un proceso social y político que no sólo rediseña sino devuelve el poder a los pue-blos del Perú para que, en alianzas estratégicas territo-riales e interregionales, construyan su propio destinocon objetividad y realismo; Que, según el artículo 190º, in fine de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Refor- ma Constitucional, del capítulo XIV del título IV sobreDescentralización -Ley Nº 27680-, a la letra dice que"...mientras dure el proceso de integración dos o másgobiernos regionales podrán crear mecanismos de co-ordinación entre sí. La ley determinará esos mecanis- mos"; Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, define las relaciones decooperación y coordinación entre los gobiernos regiona-les, y de éstos con los otros niveles de gobierno, orienta-dos al proceso de integración y conformación de regio-