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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (31/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 75

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 último dispositivo legal es que, debe procederse a la formalización de la transferencia del Proyecto Especial"Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricosde Tacna" al Gobierno Regional de Tacna, a partir del 1de enero del 2005, con la finalidad de cautelar la debidaejecución presupuestal y cumplimiento de las disposicio- nes administrativas y legales correspondientes; Que, el Consejo Regional como Órgano Normativo , está facultado para dictar Ordenanzas Regionales, a fin denormar asuntos de Carácter General dentro de su jurisdic-ción (Art. 13º, 37º-a, Art. 38º de la Ley 27867 -LOGR-); Que, en atención a las consideraciones expuestas, con las atribuciones conferidas en la Constitución Políti- ca del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les, Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, ResoluciónPresidencial Nº 057-CND-P-2004, Ley del Presupuestodel Sector Público para el año fiscal 2005 Nº 28427, Leyde Bases de la Descentralización Nº 27783; Reglamen- to Interno; el Consejo del Gobierno Regional de Tacna, emite la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar la formalización de la Transferencia del Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna" al Go-bierno Regional de Tacna, a partir del 1 de enero del 2005. Artículo Segundo.- Disponer el cumplimiento del Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, de la ResoluciónPresidencial Nº 057-CND-P-2004 así como de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2005 Nº 28427, debiendo adoptarse las acciones y medidasadministrativas y legales que sean necesarias. Artículo Tercero.- Publicar la presente, en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, remítase copias a la Ofici-na de Soporte Informático del Gobierno Regional, para su difusión en el Portal Electrónico, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Orgánica de Gobier-nos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación; en esesentido, queda sin efecto toda disposición que se opon- ga a ésta. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Re- gional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, a los veintinueve días del mes de Diciembre del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURION Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dosmil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURION Presidente del Gobierno Regional de Tacna 23884 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G36/G32/G39 ORDENANZA Nº 741 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMADe conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 253-2004-MML-CMAEDO; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 629 QUE APROBÓ EL RÉGIMEN DE FRACCIONAMIENTO PARA PROPIETARIOS DE PREDIOS COLAPSADOS Y DECLARADOS MICROZONAS DE TRATAMIENTO POR RENOVACIÓN URBANA Artículo Único.- Agréguese al artículo 4º de la Or- denanza Nº 629 el siguiente párrafo: "Artículo 4º.- Formas de pago y plazo(...) Asimismo, las cuotas generadas como consecuen- cia del referido fraccionamiento, podrán ser canceladasal amparo de la Ordenanza Nº 568 que aprueba elProcedimiento para el Pago de Deuda Tributaria y NoTributaria en Bienes y/o Servicios". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los diez y siete días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 23739 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/GC1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G65/G72/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G2D /G73/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G61/G76/G65/G6E/G69/G64/G61/G73/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G53/G65/G70/G61/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G2C /G4D/G61/G72/GED/G61/G20/G52/G65/G69/G63/G68/G65/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6C/G6F/G6E/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G20/G45/G6C/G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G75/G6E/G66/G6F ORDENANZA Nº 742 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2004, el Proyecto de Ordenanza que precisael Área de Reserva para la Intersección Vial Metropolitanade las avenidas Lima, Separadora Industrial, María Reichey Prolongación Lima del distrito de Villa El Salvador, presen-tada por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomen-clatura en su Dictamen Nº 159-2004-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA EL ÁREA DE RESERVA PARA LA INTERSECCIÓN VIAL METROPOLITANA DE LAS AVENIDAS LIMA, SEPARADORA INDUSTRIAL, MARÍA REICHE Y PROLONGACIÓN LIMA UBICADA ENTRE LOS DISTRITOS DE VILLA EL SALVADOR Y VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- APROBAR el Estudio Específico para determinación del Área de Reserva dispuesta para