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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (31/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 76

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 la Intersección Vial Metropolitana de las siguientes Vías Arteriales ubicadas entre los distritos de Villa El Salvadory Villa María del Triunfo, con sus correspondientes sec-ciones viales normativas: la avenida Lima con secciónA-88, la avenida Separadora Industrial con sección A-144, la avenida María Reiche con sección A-133, y la avenida Prolongación Lima con sección A-130, aproba- das por Ordenanza Nº 195-MML de fecha 24 de julio de1999 y actualizadas por Ordenanza Nº 341-MML de fe-cha 6 de diciembre del 2000. Artículo Segundo.- ESTABLECER la reserva de las áreas involucradas en la Intersección Vial, cuyo períme- tro se aprueba por la presente Ordenanza hasta su en- cuentro con las Áreas de Derecho de Vía de las seccio-nes viales normativas confluyentes de acuerdo al PlanoAnexo Nº 01; del Estudio Específico elaborado por laOficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Direc-ción Municipal de Desarrollo Urbano en los Informes Nºs. 380-2004 y 1126-2004-MML-DMDU-OPDM-DTPN; considerando además que dicha Área forma parte de laservidumbre de paso y ocupación a ser empleada por elproyecto de la faja transportadora de Cementos Lima,aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 155 del 3 dejunio de 2004. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Empresa Mu- nicipal Inmobiliaria de Lima S.A. - EMILIMA S.A., ejecutelas acciones registrales pertinentes que coadyuven acautelar la reserva que se establece en el artículo se-gundo de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- SUSPENDER cualquier tipo de autorización urbana que pueda entorpecer la disponibili- dad del Área de Reserva de Intersección Vial Metropoli-tana que posibilite el futuro desarrollo del proyecto vialdefinitivo, encargando el control urbano a la Dirección deDesarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital corres-pondiente en coordinación con la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y con la Dirección Municipal de Fis- calización y Control de la Municipalidad Metropolitana deLima. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Orde- nanza a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a laSuperintendencia Nacional de Registros Públicos, a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, a la Municipa- lidad Distrital de Villa María del Triunfo, al Instituto Metro-politano de Planificación, a las Concesionarias de losServicios Públicos y a la Empresa Cementos Lima domi-nante de la servidumbre de paso del Proyecto FajaTransportadora para los fines pertinentes. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los diez y siete días del mes de diciembre de dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 23737 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G6F/G72/G72/G69/G6C/G6C/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G64/G65 /G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G75/G72/G2D /G62/G61/G6E/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONCEJO Nº 385 Lima, 9 de diciembre del 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de diciembre de 2004, el Oficio Nº 001-090-000001795 delServicio de Administración Tributaria - SAT, que adjuntael expediente de Ratificación de la Ordenanza Nº 075-MDCH, emitida por la Municipalidad Distrital de Chorri- llos, que aprueba la tasa por estacionamiento vehicular en zona urbana establecida para su jurisdicción, esta-blecida por las Ordenanzas Nº 016/99-MDCH y Nº 027/99-MDCH y Nº 063-MDCH, así como el Informe Nº 004- 082-00000140-SAT emitidos por la Gerencia de Asun-tos Legales del SAT. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Orde-nanzas en materia tributaria expedidas por las Munici-palidades Distritales deben ser ratificadas por las Muni-cipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, en el caso de la Provincia de Lima, a través del Edicto Nº 227, se otorgó al Servicio de AdministraciónTributaria - SAT, la facultad de emitir opinión técnica acer-ca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hu-bieren aprobado las Municipalidades Distritales y que sean sometidas a la ratificación del Concejo Metropolita- no. Que, en virtud de lo antes expuesto, la Municipalidad Distrital de Chorrillos remite para su ratificación la Or- denanza Nº 075-MDCH, mediante la cual se estable-ce la tasa por estacionamiento vehicular en zona ur- bana en su circunscripción. Al respecto, cabe anotar que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 075/MDCH esta-blece la aplicación para el ejercicio 2005 de las disposi-ciones y montos establecidos en la Ordenanza Nº 016/99-MDCH, modificada por las Ordenanzas Nº 027/99-MDCH y Nº 063-MDCH. cabe anotar que las referidas ordenanzas cuentan con la ratificación de la Municipali- dad Metropolitana de Lima. Que, la Sexta Disposición Final de la Ordenanza Nº 607 establece que sus disposiciones serán de apli-cación para los procedimientos de ratificación de lasOrdenanzas Distritales tributarias vigentes a partir del año 2005. Teniendo en consideración que la solicitud de ratificación está referida al establecimiento del ser-vicio de estacionamiento vehicular en zona urbanapara su aplicación durante el ejercicio 2005, corres-ponde afirmar que las disposiciones de la citada nor-ma son de aplicación para el presente procedimiento de ratificación. Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las municipalidades, los Artículos 74º y 192º de la Constitu-ción Política establecen la facultad de las Municipalida-des para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. Enel mismo sentido, el Artículo 60º de la Ley de Tributación Municipal (Decreto Legislativo Nº 776), establece la po- testad municipal para crear, modificar y suprimir tribu-tos, es decir, contribuciones y tasas, encontrándosedentro de estas últimas la tasa por estacionamiento ve-hicular. Que, en este caso y en ejercicio de sus facultades, la Municipalidad Distrital de Chorrillos, emite la Ordenanza Nº 075-MDCH, estableciendo la tasa por estacionamientovehicular en su circunscripción durante el ejercicio 2005. Que, el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 075-MDCH establece la aplicación de las disposiciones estableci-das en la Ordenanza Nº 016/99-MDCH, modificada por las Ordenanzas Nº 027/99-MDCH y Nº 063-MDCH, a través de la cual se aprobó los aspectos generales delservicio de estacionamiento vehicular en zona urbana(esto es, la determinación de la obligación tributaria, lossujetos pasivos, el horario de prestación del servicio, elmonto de la tasa y el periodo de aprovechamiento, las zonas habilitadas para la prestación del servicio, etc.) Que, sobre el momento y periodicidad de aprobación de la tasa de estacionamiento vehicular en zona urbanacabe anotar que la normativa sobre la materia no esta-blece un momento determinado para su cálculo y apro-bación correspondiente, como si es el caso de las tasas de estacionamiento vehicular en playas que deben ser aprobadas y ratificadas anualmente. Que, es de verse entonces que al no estar sujeta su aprobación a plazo determinado alguno, las Ordenan-zas distritales que aprueban las tasas de estaciona-miento vehicular en zonas pueden tener vigencia por más de un ejercicio fiscal, situación que en opinión del Servicio de Administración Tributaria abona en beneficiode los contribuyentes en tanto se dota de estabilidad alas normas de contenido tributario. Que, sin perjuicio de ello, cualquier modificación o