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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (31/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 84

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 Nº 607 que regula el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritales para la provincia de Lima; ACORDÓ:Artículo Único.- Ratificar la Ordenanza Nº 135-C- MC, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Co- mas, establece el Régimen Tributario de los Arbitrios deLimpieza Pública y Parques y Jardines Públicos, co-rrespondientes al ejercicio 2005, en su jurisdicción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 23685 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G31/G37/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G2D /G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G52/G6F/G73/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 405 Lima, 17 de diciembre de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2004, el Oficio Nº 01-90-00001834 emitidopor el Servicio de Administración Tributaria - SAT, queadjunta el expediente de la Municipalidad Distrital de SantaRosa, sobre ratificación de la Ordenanza Nº 117, me- diante la cual se establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular en playas de su jurisdicción durante la tempo-rada de verano 2005; De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 218-2004-MML/CMAEDO; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, lasOrdenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción parasu entrada en vigencia; Que, la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, dispuso un nuevo procedimiento para la ratifi-cación de las Ordenanzas Tributarias, cuya Sexta Dis- posición Final indica que serán de aplicación para la tramitación de los procedimientos de ratificación de Or-denanzas Tributarias Distritales vigentes a partir del año2005, por lo que corresponde que la presente solicitud,según lo establecido en dicha Ordenanza; Que, asimismo, dicha Ordenanza establece que las Municipalidades Distritales integrantes de la provincia de Lima deberán aprobar anualmente sus tasas de es-tacionamiento vehicular en playas de veraneo, debiendosolicitar su ratificación a más tardar el último día hábil delmes de octubre del ejercicio anterior a su vigencia; Que, en virtud de lo antes señalado, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa remite para su ratificación la Or- denanza Nº 117, publicada el 27 de octubre de 2004,mediante la cual establece la Tasa por EstacionamientoVehicular en playas de su circunscripción durante la tem-porada de verano 2005, la cual dispone en su artículo 1ºla aplicación de las disposiciones y montos establecidos en la Ordenanza Nº 004-99-MDSR y su modificatoria la Ordenanza Nº 005-99-MDSR, publicadas el 13 de fe-brero de 1999. Cabe señalar que las referidas Or-denanzas fueron ratificadas por la Municipalidad Metropo-litana de Lima a través del Acuerdo de Concejo Nº 032,publicado el 6 de febrero de 1999; Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los artículos 74º y 195º de la Constitu-ción Política establecen la facultad de las Municipalida-des para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. Enel mismo sentido, el artículo 60º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Tributación Municipal establece la potes- tad municipal para crear, modificar y suprimir tributos, esdecir, contribuciones y tasas, encontrándose dentro de estas últimas las Tasas de Estacionamiento Vehicular; Que, mediante Ordenanza Nº 117, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa establece la Tasa por Esta-cionamiento Vehicular en playas de su circunscripcióndurante la temporada de verano 2005. Cabe anotar que el artículo 1º de la Ordenanza Nº 117 establece la aplica- ción de las disposiciones establecidas en la OrdenanzaNº 004-99-MDSR, modificada por la Ordenanza Nº 005-99-MDSR, a través de la cual se aprobaron los aspec-tos generales del servicio de estacionamiento vehicularen zonas de playa (esto es, la determinación de la obli- gación tributaria, los sujetos pasivos, el horario de pres- tación del servicio, etc.); Que, teniendo en consideración que los aspectos generales del tributo ya fueron materia de ratificaciónsólo se procederán a evaluar las disposicionesrelacionadas con el establecimiento de la Tasa de Estacionamiento Vehicular y el cumplimiento de la pre- sentación del informe de la Dirección Municipal de Ser-vicios a la Ciudad de la Municipalidad Metropolitana deLima a efectos de la determinación de las zonas deestacionamiento vehicular; Que, en lo que se refiere a la distribución del costo del servicio entre los contribuyentes, el artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Munici-pal señala que las Tasas por Estacionamiento Vehicularson aquellos tributos que debe pagar todo aquel queestacione su vehículo en las zonas comerciales o dealta confluencia vehicular, establecidas para tal efecto por la Municipalidad Distrital, con los límites que determi- ne la Municipalidad Provincial respectiva. Siendo elestacionamiento vehicular un tipo de tasa, el monto delservicio deberá guardar correspondencia con el costoincurrido por la Municipalidad en la prestación o mante-nimiento del servicio en su circunscripción; Que, en el presente caso, el artículo 1º de la Ordenan- za Nº 117 dispone la aplicación de los montos estable-cidos en la Ordenanza Nº 004-99-MDSR, modificadapor la Ordenanza Nº 005-99-MDSR, entre las cuales seencuentra el monto de la tasa, la cual es determinada enfunción a un porcentaje de la UIT; Que, es de verse que las referidas disposiciones establecen una tasa diferenciada según el período detiempo que se aprovecha el servicio de estacionamientoy, a su vez, según el tipo de vehículo que ocupa la zonade estacionamiento. En efecto, en el caso de aprovecha-miento del servicio por media hora o fracción, se ha establecido una tasa para los automóviles de S/. 1.00 (0.0313% UIT), microbuses de S/. 2.00 (0.0625% UIT) yomnibuses de S/. 3.00 (0.0938% UIT). Asimismo, parael caso de aprovechamientos superiores a las cincohoras, se ha establecido una tasa para automóviles deS/. 10.00 (0.313% UIT), microbuses de S/. 20.00 (0.625% UIT) y omnibuses de S/. 30.00 (0.0938% UIT); Que, en lo que se refiere a las zonas de estaciona- miento y la salubridad de playas, el último párrafo delartículo 7º de la Ordenanza Marco de la Tasa por Par-queo Vehicular, aprobada por la Ordenanza Nº 212, dis-pone que en caso se establezca estacionamiento vehi- cular en zonas de playa la Municipalidad Distrital correspondiente deberá contar con la opinión de la Di-rección de Servicios a la Ciudad de la MunicipalidadMetropolitana de Lima, respecto de los servicios míni-mos y las condiciones de salubridad mínimos de susplayas; Que, en atención de conformidad con ello, mediante Oficio Nº 1092-2004-MML/DMSC la Dirección Municipalde Servicios a la Ciudad remite el Informe Nº 038-2004-MML/DMSC/DE/DMA, por medio del cual informa res-pecto del estado de las playas La Chica y La Grande,respecto de las cuales se ha dispuesto el establecimien- to de la tasa de estacionamiento. De dicho informe se puede apreciar que las playas La Chica y La Grande endonde se dispone el cobro de la Tasa de Estaciona-miento Vehicular cumplen con las condiciones de servi-cios y salubridad expedida por la Dirección Municipal deServicios a la Ciudad, motivo por el cual no existe impe- dimento legal para el establecimiento de la Tasa de Estacionamiento Vehicular en las mismas; Que, a través de la Ordenanza Nº 117, materia de ratificación, se indica que se aplicará para la temporada