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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (31/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 82

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 Que, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 015-2004/ MDPN establece la prestación del servicio de estacio-namiento vehicular en las Playa El Puerto (Punta Ne-gra), Punta Rocas y Santa Rosa, con un total de 551espacios habilitados. Sobre el particular, mediante OficioNº 1243-2004-MML/DMSC del 22 de noviembre de 2004, la DMTU informa respecto del estado de las playas an- tes citadas. Cabe anotar, que si bien en el informe enmención se hace referencia a la denominación de la Pla-ya Punta Negra, mediante Oficio Nº 090-04-MSMM/ALla Municipalidad Distrital de Punta Negra remite el Infor-me Técnico correspondiente, en el que precisa que el nombre de la playa antes citada es solo referencial, co- rrespondiéndole en realidad el nombre de “El Puerto”,conforme se señala en el texto de la Ordenanza Nº 015-2004/MDPN; Que, en atención a lo antes señalado, se puede apre- ciar que las Playas: El Puerto (Punta Negra), Punta Ro- cas y Santa Rosa, respecto de las cuales se dispone el cobro de la Tasa de Estacionamiento Vehicular, cumplencon las condiciones de servicios y salubridad exigidaspor la Dirección Municipal de Servicios a la Ciudad, mo-tivo por el cual no existe impedimento legal para el esta-blecimiento de la tasa de estacionamiento vehicular en la misma; Que, en lo que se refiere a la distribución del costo del servicio entre los contribuyentes, el artículo 68º delTexto Único Ordenado de la Ley de Tributación Munici-pal señala que las Tasas por Estacionamiento Vehicularson aquellos tributos que debe pagar todo aquel que estacione su vehículo en las zonas comerciales o de alta confluencia vehicular, establecidas para tal efectopor la Municipalidad Distrital, con los límites que determi-ne la Municipalidad Provincial respectiva. Siendo el esta-cionamiento vehicular un tipo de tasa, el monto del servi-cio deberá guardar correspondencia con el costo incu- rrido por la Municipalidad en la prestación o manteni- miento del servicio en su circunscripción; Que, en el presente caso el artículo 5º de la Orde- nanza Nº 015-2004/MDPN establece que el monto de latasa a cobrar asciende a S/. 1.00 en el caso de automó-viles y camionetas y de S/. 2.50 en el caso de combis, microbuses y omnibuses, lo que permite un aprovecha- miento del servicio por espacio de media hora (30 minu-tos) o fracción. Asimismo, se establece que en aquelloscasos en que el aprovechamiento del servicio alcancelas 5 horas o mas, el monto de la tasa será equivalentea S/. 10.00 en el caso de automóviles y camionetas y de S/. 25.00 en el caso de combis, microbuses y omnibu- ses; Que, en lo que se refiere a inafectaciones, el artículo 8º de la Ordenanza Nº 015-2004/MDPN, señala que seencuentran inafectos del pago de la Tasa por Estaciona-miento Vehicular, en cumplimiento de sus funciones, los conductores de: Ambulancias, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, las Fuerzas Armadas yla Policía Nacional del Perú y los vehículos de limpiezapública de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pun-ta Negra; Que, en lo referente a las exoneraciones, la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 015-2004/MDPN establece que las exoneraciones ge-néricas otorgadas o que se otorguen no comprenden ala tasa establecida en la citada ordenanza; Que, en lo que se refiere a los costos, de acuerdo a la información presentada por la Municipalidad, el costo del servicio para el período comprendido entre el 1 de diciembre del 2004 y el 31 de abril del 2005, asciende aS/. 179,248.00. Así, para determinar la prestación efec-tiva del servicio, la Municipalidad ha considerado 551espacios diarios habilitados para estacionamiento de lu-nes a domingo, los mismos que están a disposición de los usuarios en el horario de 8 a.m. a 8 p.m., por el período indicado anteriormente; Que, para verificar el financiamiento de los costos incurridos por la Municipalidad en la prestación del servi-cio se ha efec tuado la estimación de los ingresos por Tasa de Estacionamiento Vehicular. Así, del uso efec- tivo de los aproximadamente 94,612 espacios usados efectivamente para todo el período y teniendo en cuen-ta el tiempo de permanencia menor a ½ hora y mayorde 5 horas, multiplicados por su tasa correspondi ente(S/. 1.00, S/.2.50, S/. 5.00 y S/.10.0), dan como resulta- do S/. 179,196.05 de ingresos, que financian el 99.97%de los costos, siendo la diferencia restante asumida porla Municipalidad de Punta Negra; Que, en atención a lo expuesto en los párrafos pre- cedentes, se concluye que la Ordenanza Nº 015-2004/ MDPN, se encuentra conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Texto Único Orde-nado de la Ley de Tributación Municipal y la OrdenanzaNº 212-MML; ACORDÓ: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 015- 2004/MDPN, mediante la cual la Municipalidad Distritalde Punta Negra establece la Tasa por EstacionamientoVehicular en playas de veraneo durante el período com-prendido entre el 1 de diciembre de 2004 hasta el 30 de abril de 2005. Artículo Segundo.- DISPONER que la Municipali- dad Distrital de Punta Negra consigne en el boleto ocomprobante, materia de cobranza de la Tasa de Esta-cionamiento Vehicular, el monto por media hora o frac-ción, así como la establecida por 5 horas o más. Artículo Tercero.- La presente ratificación tiene vi- gencia en tanto la Municipalidad Metropolitana de Limano apruebe la norma que establezca los parámetros ycriterios para cobrar las tasas de Estacionamiento Vehi-cular en la Metrópoli. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 23679 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G35/G2D/G43/G2D/G4D/G43 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G2D/G6D/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G2D /G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G2D /G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G63/G6F/G2D/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONCEJO Nº 403 Lima, 17 de diciembre de 2004Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2004, el Oficio Nº 01-90-000001833 emiti- do por el SAT, que adjunta el expediente de la Municipa- lidad Distrital de Comas sobre ratificación de la Orde-nanza Nº 135-C-MC, precisada por el Decreto de Alcal-día Nº 016-2004-A-MC, por medio de la cual se estable-ce el régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pú-blica y Parques y Jardines Públicos, correspondiente al ejercicio 2005 en su jurisdicción; De conformidad con lo opinado por la Comisión Me- tropolitana de Asuntos Económicos y de Organizaciónen su Dictamen Nº 216-2004-MML/CMAEDO; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en mate-ria tributaria expedidas por las Municipalidades Distrita-les deben ser ratificadas por las Municipalidades Provin-ciales de su circunscripción para su entrada en vigencia y exigibilidad; por otro lado, la Municipalidad Metropolita- na de Lima, a través del Edicto Nº 227 otorgó al Serviciode Administración Tributaria, SAT, la facultad de emitiropinión técnica acerca de las Ordenanzas que sobremateria tributaria hubieren aprobado las Municipalida-des Distritales y que sean sometidas a la ratificación del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima (Inc. s) del Art. 6º); Que, asimismo, la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, estableció un nuevo procedimien-