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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de julio de 2004 Orgánica de Gobiernos Regionales, a lo acordado por UNA- NIMIDAD en Sesión de Consejo Regional de la referencia,con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; ORDENA: Artículo 1º.- RECONOCER, a la HOJA DE COCA como Patrimonio Cultural y de Seguridad Alimentaria de la RegiónHuánuco, en mérito a los considerandos expuestos; Artículo 2º.- PUBLICAR, la presente norma Regional conforme a lo dispuesto en el artículo 42º de la LeyNº 27867 Orgánica de los Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidenta 13196 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G4C/G6C/G65/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO REGIONAL Nº 041-2004-CR/RLL Trujillo, 14 de abril del 2004 EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD VISTO: El Acuerdo de Cooperación Internacional suscrito entre la Universidad de Lleida (España) y el Gobierno Regional LaLibertad (Perú) sobre la realización de programas de estu- dios e investigación para la difusión y el desarrollo científicos, tecnológicos y culturales y el intercambio de información yformación universitaria, aprobado por el Consejo de Gobier-no de la Universidad de Lleida el día 31 de marzo del 2004; Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 47º incisos a", j" de la Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales Nº 27867, que preceptúa que "los Gobiernos Regiona-les tienen como funciones en materia de educación, cultura,ciencia, tecnología, deporte y recreación: formular, aprobar,ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de edu-cación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación dela región; así como promover e incentivar la investigación ex-tensión en las Universidades y en otras instituciones educati-vas de nivel superior, en función de desarrollo regional"; Estando a lo acordado de manera UNÁNIME en Se- sión Ordinaria de fecha 14 de abril del 2004; ACUERDA: Artículo Primero.- ACEPTAR Y APROBAR el Acuerdo de Cooperación Internacional entre la Universidad de Lleida(España) y el Gobierno Regional La Libertad (Perú), sobre larealización de Programas de Estudio e Investigación, para ladifusión de desarrollo científico, tecnológicos y culturales, y elintercambio de información y formación universitaria, aproba-do por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Lleida, eldía 31 de marzo del 2004, cuyo texto es como sigue: CLÁUSULAS Primera: Objetivo La UDL y el GR-LL, acuerdan establecer y realizar con- juntamente proyectos, programas y actividades en diferen-tes áreas de colaboración (ver anexo 1). Segunda: Actuación Las propuestas que surjan de una de las partes para rea- lizar programas de estudios, de investigación u otras activida-des y la descripción de dichos programas, se presentarán porescrito a la otra parte para el fin de obtener su aprobación. Una vez aceptada por ambas partes una propuesta de actuación, se nombrará de común acuerdo a una personao personas de la institución que presente la propuesta,como responsable o responsables de la actividad. Tercera: Intercambio de Estudiantes En el caso de intercambio de estudiantes, ambas par- tes promoverán la concesión de becas, procurando obser-var un principio de reciprocidad en el número de estudian- tes aceptados por cada institución. El número, los conceptos y condiciones de las mismas se- rán pactadas anualmente, conforme a las posibilidades presu-puestarias de las partes, y quedarán estipuladas en los progra-mas anuales de trabajo, de acuerdo a las siguientes bases: - Los estudiantes deberán ser seleccionados y propuestos por la persona o personas responsables de la Universidad deprocedencia y someterse a las normas y condiciones de admi-sión que rijan en cada una de las instituciones signatarias. - La institución receptora proporcionará atención médi- ca a los estudiantes de acuerdo con sus normas internas. - Las partes, atendiendo a su disponibilidad presu- puestaria, promoverán la concesión de una cantidad men-sual para gastos de estancia, que se detallará en el pro-grama anual de trabajo. - La institución receptora podrá otorgar diferentes tipos de ayuda económica por otros conceptos. - La duración de las becas será de un año como máximo, pudiendo ser ampliada, de conformidad con el programa de es-tudios aprobado y el rendimiento académico del becario. Encualquier caso la beca será siempre superior a tres meses. Cuarta: Intercambio de Personal Académico El intercambio de personal académico se llevará a efecto atendiendo las siguientes bases: - La institución de origen se hará cargo de los gastos de traslado. - La institución receptora cubrirá los gastos de aloja- miento y alimentación. - Las condiciones para el intercambio de personal en es- tancias sabáticas serán convenidas en cada caso concreto. Quinta: Propiedad Intelectual La propiedad intelectual que derive de los trabajos rea- lizados con motivo de este acuerdo estará sujeta a las dis-posiciones legales aplicables y a los instrumentos especí-ficos que sobre el particular suscriban las partes, otorgan-do el reconocimiento correspondiente a quienes hayan in-tervenido en la ejecución de dichos trabajos, que figuraráncomo autores en las publicaciones que se puedan derivar. Sexta: Responsabilidad Civil Queda expresadamente pactado que las partes no ten- drán responsabilidad civil por daños no perjuicios que pu-dieran causarse como consecuencia de algún caso fortui-to o de fuerza mayor, particularmente por cese de laboresacadémicas o administrativas. Séptima: Vigencia del Acuerdo El presente acuerdo entra en vigor una vez haya sido firmado por los representantes autorizados de cada una de las partes. El presente acuerdo tendrá una validez por un período de tres años, automáticamente prorrogable cada tres años, a noser que exista notificación escrita presentada con seis mesesde antelación por una u otra parte para el cese del acuerdo. En caso de anulación o no renovación de este acuerdo, ambas partes permitirán a los estudiantes y a los profeso-res llevar a cabo las actividades convenidas y las que yaestén en vías de realización. Octava: Modificaciones de Acuerdo Ninguna variación o alteración de este acuerdo tendrá vali- dez a menos que conste por escrito y haya sido firmada por am-bas partes. Ninguna modificación convenida oralmente que nohaya sido incorporada en el acuerdo por escrito será vinculante. Novena: Lengua de Redacción del Acuerdo La versión original del presente documento está redac- tada en Catalán y en Español. Y en prueba de conformidad con el contenido de este do- cumento, lo firman, por duplicado, en lugar y fecha indicados. ANEXOS: ANEXO I Áreas Generales de Cooperación a) Cooperación y Desarrollo internacional.b) Administración y negocios internacionales.c) Innovación y transferencia de tecnología en desarro- llo agrario, medio ambiente. d) Planeamiento y gerencia.e) Fortalecer programas de ciencias económicas e in- geniería. Áreas Específicas de Cooperación a) Especialización y actualización en materia de Co- operación y desarrollo regional integral.