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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de julio de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Organismo Supervisor de In- versión Privada en Telecomunicaciones del Proceso de Ad-judicación Directa para la prórroga del plazo del contrato dearrendamiento del inmueble ubicado en calle Sargento Lo-res Nº 155 - Iquitos. (Centro Ayuda de la ciudad de Iquitos). Artículo 2º.- Autorizar que la prórroga del plazo del contrato de arrendamiento del Centro Ayuda de la ciudadde Iquitos sea contratado mediante el proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía hasta por un monto de US$16,200.00 ( Dieciséis mil doscientos y 00/100 dólares ame-ricanos) y por un plazo de treinta y seis (36) meses. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas la contratación del servicio exonerado. Artículo 4º.- El egreso que demande el contrato de arren- damiento será con cargo a la Fuente de Financiamiento:Recursos Directamente Recaudados del presupuesto deOSIPTEL para los ejercicios fiscales que correspondan. Artículo 5º.- Disponer que la Gerencia de Comunica- ción Corporativa remita copia de la presente Resolución ydel informe que sustenta esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República dentro de los diez días calendariosiguientes a la fecha de aprobación, conforme a lo dispuestoen el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMAN Z. Presidente del Consejo Directivo 13270 ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 098-2004-PD/OSIPTEL Lima, 9 de julio de 2004 EXPEDIENTE Nº 00004-2004-GAF/PE MATERIA CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES VISTOS el Memorándum Nº 243-GAF/2004 de fecha 21 de junio de 2004 y el Informe Nº 042-GL/2004 de fecha 5 dejulio de 2004 con relación a la prórroga del plazo del contra-to de arrendamiento del inmueble ubicado en avenida LasPalmeras Nº 3901/3921, Urbanización Las Palmeras, distri-to de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, (CentroAyuda del distrito de Los Olivos de la ciudad de Lima); CONSIDERANDO: Que, el literal g) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece quela prórroga del plazo de contratos de arrendamiento de in-muebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la rentano se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índicegeneral de precios al por mayor, se encuentra exonerado delrespectivo proceso de selección, acción que debe concretar-se a través de Resolución del Titular del Pliego; Que, mediante Memorándum Nº 243-GAF/2004 la Ge- rencia de Administración y Finanzas, solicita la prórrogadel plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubi-cado en avenida Las Palmeras Nº 3901/3921,UrbanizaciónLas Palmeras, distrito de Los Olivos, provincia y departa-mento de Lima; para el funcionamiento del Centro Ayudade dicho distrito, donde se realizan labores de atención yorientación al público usuario en general; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas a través de su Jefe de Logística, señala que OSIPTEL necesita pro-rrogar el plazo del contrato de arrendamiento celebrado conMaría Betty Mundaca Gárate para continuar ocupando elinmueble ubicado en avenida Las Palmeras Nº 3901/3921,Ur-banización Las Palmeras, distrito de Los Olivos, provincia ydepartamento de Lima, que de acuerdo con la política dedescentralización, a OSIPTEL le corresponde la adminis-tración de la sede que actualmente se ocupa en dicho distri-to, de conformidad con el convenio celebrado con OSINERGy SUNASS para compartir infraestructura en la atención yorientación del público en general sobre los servicios públi-cos que estas entidades supervisan y regulan; Que, en ese sentido, considerando que por esta prórro- ga del plazo de este contrato de arrendamiento no se va aincrementar la renta mensual pactada entre las partes, seconsidera que la misma puede ser exonerada del procesode selección que corresponda;Que, en ese sentido, se emitió opinión favorable de la Gerencia Legal, mediante Informe Nº 042-GL/2004; Que, el informe citado determina que se ha configu- rado la causal de exoneración prevista en el literal g) delartículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que lasadquisiciones y contrataciones exoneradas se efectúan medianteel proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo de apli-cación lo señalado en el artículo 105º de dicho Reglamento; Que, de conformidad con el numeral 6.5 de las Disposi- ciones Específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolución Nº 118-2001-CONSU-CODE/PRE, la parte resolutiva que aprueba el instrumentode exoneración debe precisar, entre otros aspectos, el valorreferencial y la fuente de financiamiento del objeto exonerado; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado; y la Ley Nº 28128, Ley de Presupuestodel Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar al Organismo Supervisor de In- versión Privada en Telecomunicaciones del Proceso deAdjudicación Directa para la prórroga del plazo del contra-to de arrendamiento del inmueble ubicado en avenida LasPalmeras Nº 3901/3921,Urbanización Las Palmeras, dis-trito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima (Cen-tro Ayuda del distrito de Los Olivos de la ciudad de Lima). Artículo 2º.- Autorizar que la prórroga del plazo del con- trato de arrendamiento del Centro Ayuda de la ciudad deLima distrito de Los Olivos sea contratado mediante el pro-ceso de Adjudicación de Menor Cuantía hasta por un montode US$ 20,160.00 ( Veinte mil ciento sesenta y 00/100 dóla-res americanos) y por un plazo de treinta y seis (36) meses. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas la contratación del servicio exonerado. Artículo 4º.- El egreso que demande el contrato de arren- damiento será con cargo a la Fuente de Financiamiento:Recursos Directamente Recaudados del presupuesto deOSIPTEL para los ejercicios fiscales que correspondan. Artículo 5º.- Disponer que la Gerencia de Comunica- ción Corporativa remita copia de la presente Resolución ydel informe que sustenta esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República dentro de los diez días calendariosiguientes a la fecha de aprobación, conforme a lo dispuestoen el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMAN Z. Presidente del Consejo Directivo 13271 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G2D/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 089-2004/SBN-GO-JAR La Molina, 28 de junio de 2004 Visto el Expediente Nº 023-2004/SBN-JAR corres- pondiente al trámite de inscripción en primera de dominioa favor del Estado del terreno de 232 300,84 m², ubicadofrente a la Av. El Ejército, distrito de Morales, provincia ydepartamento de San Martín; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad