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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de julio de 2004 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G4D/G61/G70/G66/G72/G65/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G56/G69/G64/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/G2D /GF1/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G65/G6C/G20/G63/G69/G65/G72/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G2D /G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1074-2004 San Isidro, 2 de julio de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por MAPFRE PERÚ VIDA COM- PAÑÍA DE SEGUROS, para que se le autorice el cierre dela Oficina Especial, ubicada en la calle Huancavelica Nº280 - Oficina 207, ciudad y departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 3.1.1 de la Circular Nº S-0609-2004 la empresa solicitante ha cumplido con co-municar previamente a esta Superintendencia el cierre dela referida Oficina Especial; Estando a lo informado por el Departamento de Análi- sis y Supervisión del Sistema de Seguros "B", medianteInforme Nº 063-2004-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros y sus modificatorias, la CircularNº S-0609-2004; y, en virtud de la facultad delegada me-diante Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, el cierre de la Oficina Espe-cial, ubicada en la calle Huancavelica Nº 280 - Oficina 207,ciudad y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 13246 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G4D/G61/G70/G66/G72/G65/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/GF1/GED/G61/G20/G64/G65 /G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G52/G65/G61/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65 /G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1075-2004 San Isidro, 2 de julio de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autoricela apertura de la Oficina Especial Temporal, ubicada en elCentro Comercial Jockey Plaza, situado en la Av. JavierPrado Este Nº 4200 - Monterrico, distrito de Surco, ciudady departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 3.2.1 de la Circular Nº S-0609-2004 la empresa ha cumplido con presentar a estaSuperintendencia la solicitud de apertura de la referida OficinaEspecial Temporal y con entregar la documentación necesaria; Estando a lo informado por el Departamento de Análi- sis y Supervisión del Sistema de Seguros "B", medianteInforme Nº 070-2004-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S-0609-2004; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolu-ción SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a MAPFRE PERÚ COM- PAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, la apertura de laOficina Especial Temporal, ubicada en el Centro Comercial Jockey Plaza, situado en la Av. Javier Prado Este Nº 4200 -Monterrico, distrito de Surco, ciudad y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 13242 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61 /G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G72/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G4D/G69/G63/G72/G6F/G66/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 1236-2004 Lima, 16 de julio de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Universidad de Naropa, ha organizado el Pro- grama de Entrenamiento en Microfinanzas, el mismo que sellevará a cabo del 18 de julio al 6 de agosto de 2004 en laciudad de Boulder - Colorado, Estados Unidos de América; Que, en el citado programa se desarrollarán temas de importancia vinculados a las actividades realizadas por esteorganismo de regulación, supervisión y control, orientadosa fortalecer el conocimiento técnico de nuestros profesio-nales sobre aspectos relacionados con las mejores prácti-cas en microfinanzas, las nuevas herramientas orientadasa promover el crecimiento de las instituciones microfinan-cieras, la regulación y supervisión de las microfinanzas,las finanzas rurales, el análisis financiero y de desempeñode las instituciones microfinancieras, entre otros; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-05, ha dictado una serie deMedidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2004,estableciéndose en el Numeral 6.1. que no se encuentrancomprendidas en las restricciones de la citada Directiva, lasactividades de capacitación aprobadas para el ejercicio 2004; Que, por ser de interés para la institución, se ha consi- derado conveniente designar en esta oportunidad, al se-ñor Humberto Romero Vásquez, Analista del Departamentode Evaluación del Sistema Financiero "F" de la Superin-tendencia Adjunta de Banca y a la señorita Mariela Zaldí-var Chauca, Analista del Departamento de Análisis de Ins-tituciones Microfinancieras de la Gerencia de Estudios Eco-nómicos, para que participen en el citado evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, sólo por el tiempo necesario para el cum-plimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto depasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Conve-nio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/MT-6634-PE (BID-FOMIN), suscrito entre el Banco Interamericano deDesarrollo y la Superintendencia de Banca y Seguros, confor-me a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 11784-2004 y comuni-cación de no objeción remitida por el Banco Interamericano deDesarrollo, debiendo asumir esta Superintendencia, únicamen-te, los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, concargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Se-guros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segu-ros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Di-rectiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para elEjercicio 2004, Nº SBS-DIR-ADM-085-05; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Humber- to Romero Vásquez, Analista del Departamento de Evalua-ción del Sistema Financiero "F" de la Superintendencia Ad-junta de Banca y a la señorita Mariela Zaldívar Chauca,Analista del Departamento de Análisis de Instituciones Mi-crofinancieras de la Gerencia de Estudios Económicos, a laciudad de Boulder - Colorado, Estados Unidos de Américadel 18 de julio al 7 de agosto de 2004, para los fines expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincor-poración, deberán presentar ante el Superintendente deBanca y Seguros un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado.