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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2004 (21/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 49

Pág. 272795 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de julio de 2004 Aceptan Cooperación Técnica No Reem- bolsable a favor de PROMPYME, paracontratar servicios de consultoría yotros a fin de realizar programa de de- sarrollo de redes empresariales en Ga- marra y Cusco RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 028-2004-TR Lima, 20 de julio del 2004 VISTO: El Oficio Nº 186-2004-PROMPYME/DE de fe- cha 14 de abril de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en su calidad de Administrador del Fondo Multilateral de In- versiones - FOMIN, ha otorgado a la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, unaCooperación Técnica No Reembolsable hasta por la suma de US$ 970,000.00 (novecientos setenta mil dólares de los Estados Unidos de América), destinada a financiar la con-tratación de servicios de consultoría y la adquisición de bienes necesarios para la realización de un programa diri- gido a desarrollar Redes Asociativas Empresariales en losconglomerados de confecciones en Gamarra y de Turismo en Cusco; Que, con la evaluación y conocimiento de las instan- cias referidas en las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 719, la Ley Nº 27692 y su Reglamento, resulta necesa- rio formalizar la aceptación de la referida Cooperación Téc-nica No Reembolsable por cuanto constituye una valiosa contribución para el Programa que ejecutará la menciona- da Comisión, así como aprobar la Carta Convenio Nº ATN/ME-8616-PE, Proyecto de Desarrollo de Redes Empresa- riales en los Conglomerados de Confecciones en Gamarra y de Turismo en Cusco; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;Ley Nº 27643 y su modificatoria Ley Nº 27678; Decreto Supremo Nº 059-97-PCM, modificado por Decreto Su- premo Nº 105-2001-PCM y Decreto Legislativo Nº 719 ysu Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 92-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acéptase la Cooperación Técnica No Re- embolsable otorgada por el Banco Interamericano de De- sarrollo - BID, con recursos del Fondo Multilateral de Inver- siones - FOMIN, a la Comisión de Promoción de la Peque-ña y Micro Empresa - PROMPYME, hasta por la suma de US$ 970,000.00 (novecientos setenta mil dólares de los Estados Unidos de América), destinada a financiar la con-tratación de servicios de consultoría y la adquisición de bienes necesarios para la realización de un programa diri- gido a desarrollar redes asociativas empresariales en losconglomerados de confecciones en Gamarra y de Turismo en Cusco. Artículo 2º.- Apruébase la Carta Convenio Nº ATN/ME- 8616-PE, Proyecto de Desarrollo de Redes Empresariales en los Conglomerados de Confecciones en Gamarra y de Turismo en Cusco, suscrito entre el Banco Interamericanode Desarrollo - BID y la Comisión de Promoción de la Pe- queña y Micro Empresa - PROMPYME. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Em- pleo y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 13607TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a empresa renovación de per- miso de operación de aviación comer-cial - transporte aéreo especial turístico RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 091-2004-MTC/12 Lima, 16 de junio del 2004 Vista la solicitud de la empresa SERVICIOS AEREOS SANTA BERNARDITA S.A.”SABSA”, sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial: Turístico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 094-99-MTC/ 15.16 del 9 de junio de 1999 se otorgó a SERVICIOS AE- REOS SANTA BERNARDITA S.A.”SABSA” Permiso deOperación de Servicio Aéreo Especial Remunerado Turís- tico (ahora denominado Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial: Turístico) por elplazo de cinco (05) años contados a partir del 19 de junio de 1999, siendo modificada dicha resolución a través de la Resolución Directoral Nº 155-2001-MTC/15.16 del 26 deoctubre del 2001; Que, según los términos de la Memoranda Nº 0274- 2004-MTC/12.AL, Nº 0388-2004-MTC/12.AL y Nº 0409-2004-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº 1227-2004-MTC/12.04, emitido por la Dirección deSeguridad Aérea; se considera pertinente atender lo so- licitado, al haber cumplido el recurrente con los requi- sitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aero-náutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la vali-dez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y sim- plificación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa autorización de susrespectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resol- viendo el presente procedimiento mediante la expediciónde la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposi-ciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SERVICIOS AE- REOS SANTA BERNARDITA S.A. "SABSA", la Reno- vación del Permiso de Operación de Aviación Comer- cial – Transporte Aéreo Especial: Turístico, por el plazode cuatro (04) años contados a partir del 19 de junio del 2004, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Ministerial Nº 094-99-MTC/15.16, sujeto alas siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial: Tu- rístico ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional.