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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (19/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G39/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 19 de junio de 2004 RIDAD S.R.L. BURGOS SERVIS S.A.C no presenta currí- culum vitae documentado del personal que sería asignadoal servicio en lo referente a carné de inscripción en DICS-CAMEC y licencias para portar armas y que presenta agen-tes con licencias de armas y carné de DICSCAMEC ven-cidos y que la propuesta económica no se ajusta a las Ba-ses, presentando una bonificación nocturna inferior a loexigido en el Decreto Supremo Nº 007-2002-TR y su Re-glamento, asimismo que incurre en error al calcular las le-yes sociales sobre el total de las remuneraciones, inclu-yendo rubros exonerados como indemnizaciones y gratifi-caciones, e) que el postor SESAK S.A. no ha presentadoel curriculum vitae del agente James Saavedra Rivera, sólopresenta una ficha de ingreso y que su oferta económicaincluye una bonificación nocturna inferior a lo exigido en elDecreto Supremo Nº 007-2002-TR y su Reglamento; Que, mediante carta s/n dirigida al consorcio SEVIGE- SAC - TORRES DE SEGURIDAD S.A., recibida con fecha7 de junio de 2004, la Presidenta del Comité Especial lecomunica que al no haber participado el referido consorcioen la etapa de evaluación económica y otorgamiento de laBuena Pro, deberá subsanar su petitorio, para lo cual se leconcede un plazo máximo de 2 días; Que, con fecha 9 de junio el apelante varía su petitorio solicitando la revocatoria del acto de descalificación de supropuesta técnica y se le otorgue los 100 puntos que lecorresponden; Que, de acuerdo al literal m) del numeral 5.5 de las Bases del Concurso Público Nº 002-2004-MTC/22, se ad-juntará copia de contratos y/o facturas suscritos con insti-tuciones o entidades referidos a la prestación de serviciosrelacionados con el objeto de la convocatoria hasta por unnúmero máximo de 10 documentos con una antigüedad nomayor a doce meses contados a partir de la fecha de en-trega de la propuesta. En el caso de presentación de factu-ras debidamente canceladas por una misma Entidad, lasumatoria de éstas serán consideradas como un solo con-trato. No se aceptarán declaraciones juradas como reem-plazo de contratos y/o facturas; Que, de conformidad con el literal b) del numeral 1.2.1 del anexo 11 de las Bases, el postor presentará un máxi-mo de 10 contratos y/o facturas evaluándose la suma delos montos de los contratos y facturas, otorgándose 30puntos si presenta de 10 a 8 contratos, con 20 puntos sitiene de 7 a 5 contratos y con 10 puntos si tiene de 4 a 1contratos; Que, asimismo, en la absolución de consultas Nº 3 y 4, el Comité Especial señaló que se considerarán para efec-tos del numeral 1.2.1. b) del Anexo 11, los contratos cuyosvalores referenciales sean superiores al 50% del valor re-ferencial; Que, según se advierte de la propuesta técnica presen- tada por el postor SEVIGESAC-TORRES DE SEGURIDADS.A., el postor acredita 3 contratos que superan el 50% delvalor referencial y asimismo facturas de 7 entidades, cuyasumatoria de montos superan al 50 por ciento del valorreferencial, por lo que debió otorgársele el máximo punta-je, habiéndole el Comité Especial otorgado el puntaje de10 puntos; Que, de conformidad con el literal n) del numeral 5.5 de las Bases, las constancias emitidas por los usuarios delservicio, hasta por un número máximo de 10 constancias,con una antigüedad no mayor a doce meses, suscritas cadauna de ellas en el Anexo 11, las cuales deberán estar rela-cionadas a los contratos y/o facturas presentados segúnel literal m) del numeral 5.5 de las Bases, señalándose quelas constancias que no se relacionen con dichos contratosy/o facturas no serán consideradas para la evaluación, yque en caso de prestar servicios actualmente deberá pre-sentar constancia de dicho servicio; Que, según se observa del Cuadro de Calificación de propuestas técnicas, al postor SEVIGESAC -TORRES DESEGURIDAD S.A. se le otorgó el puntaje de 9 puntos; sinembargo a fojas 355 a 364, el postor presentó 10 constan-cias que acreditan el servicio prestado con el calificativode Muy Bueno o Excelente por lo cual debió corresponder-le el máximo puntaje de 30 puntos; Que, en tal sentido, al postor SEVIGESAC - TORRES DE SEGURIDAD S.A. le corresponde que se le asignen100 puntos en la calificación técnica, por lo que en aplica-ción del penúltimo párrafo del numeral 1.2.3 del numeral 1del anexo 11 de las Bases, que señala que para participaren la segunda etapa, las propuestas deberán alcanzar enla evaluación técnica, el puntaje mínimo de 80 puntos, casocontrario serán descalificadas, al haber obtenido la recu-rrente 100 puntos no debió ser descalificada su propuestatécnica;Que, el Artículo 52º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, en adelante el Regla-mento, establece que una vez acogidas o resueltas en sucaso las observaciones, las Bases quedarán integradascomo reglas definitivas del proceso; Que, el último párrafo del Artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,señala que lo establecido en las Bases, en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y su Reglamento obliga a todos los postores y a laEntidad convocante; Que, de conformidad con el Artículo 65º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,señala que las propuestas técnicas y económicas se eva-lúan asignándoles puntajes de acuerdo a los factores y cri-terios de evaluación y calificación que se establezcan enlas Bases del proceso; Que, el Artículo 66º del referido Reglamento, establece que las Bases señalarán los factores necesarios para laevaluación técnica, los puntajes máximos que se le asig-nan y los respectivos criterios de evaluación y calificación; Que, en tal sentido, se colige que el Comité Especial no ha evaluado al postor SEVIGESAC -TORRES DE SEGU-RIDAD S.A. asignándole el puntaje de acuerdo a los crite-rios y factores de evaluación contenidos en las Bases; Que, de otro lado, si bien el apelante varía su petitorio ciñéndose exclusivamente a su calificación técnica y soli-citando se revoque el acto de descalificación técnica, seha observado que de conformidad con el numeral 1.2.3 delnumeral 1 del Anexo 11 de las Bases, referido a recursoshumanos, cuyo puntaje máximo es de 20 puntos, se seña-la que se evaluarán los años de experiencia del personalrequerido que prestará el servicio, otorgándose 20 puntosa los operarios con más de 4 años de experiencia, 15 pun-tos a los operarios con 2 años hasta 3 años de experienciay con 10 puntos a los operarios con menos de 2 años deexperiencia; Que, sin embargo, el literal k) del numeral 5.5 de las Bases referido a la oferta técnica, señala que deberá con-siderarse las condiciones y características técnicas delAnexo 2 y requerimientos señalados en el Anexo 3. Asi-mismo, deberá indicar el tratamiento operativo de cómo seprestará el servicio y se deberá adjuntar el currículum vi-tae documentado del personal que será asignado al servi-cio; Que, asimismo, el numeral 7 del Anexo 2 de las Bases, referido a Potencial Humano requerido, señala que el perfildel personal destacado será verificado en el currículumvitae que el postor adjuntará a la propuesta técnica, preci-sándose en el inciso g) poseer licencia vigente de la DICS-CAMEC, para portar y hacer uso de armas de fuego, deacuerdo al tipo de servicio prestado, h) carné de identifica-ción de la DICSCAMEC y j) perfil psicológico nivel A (inte-lectual y personalidad), debiendo tener en su file pruebarealizada por el profesional con calificación de APTO; Que, sin embargo, en la propuesta técnica del postor SERVICIOS GENERALES S.R.L., adjudicatario de la Bue-na Pro, no se adjunta currículum vitae con documentosque permitan verificar el perfil del personal propuesto, yaque no se adjuntan documentos que acreditan que el per-sonal propuesto posea licencia vigente de la DICSCAMECpara portar y hacer uso de armas de fuego, así como tam-poco se adjunta copia del carné de identificación de laDICSCAMEC y las pruebas psicológicas realizadas por elprofesional que acrediten que el personal es APTO; Que, respecto al compromiso del contratista señalado en el inciso k) del numeral 5.5 de las Bases en el sentidode que en caso de necesidad de reemplazo del personal,éste será sustituido por personal de similares condiciones,cabe indicar que el formato 12 de las Bases no hace refe-rencia a dicho compromiso, no siendo exigible la presenta-ción de dicho documento. Sin embargo, cabe señalar queel mismo inciso k) del numeral 5.5 precisa dicha obliga-ción, por lo que lo establecido en ellas obliga a los posto-res participantes; Que, respecto a la propuesta técnica del postor SE- SAK S.A. también se advierte que a fojas 0166 se presen-ta un formulario de ingresos del señor James SaavedraRivera, sin embargo ello no sustituye al currículum vitaesolicitado en las Bases; Que, el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, señala que el Titu-lar del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad, según corresponda, podrá declarar de oficio lanulidad del proceso de selección por alguna de las causa-