Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2004 (19/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 19 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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del Poder Judicial asignados en uso a la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura y otras dependencias y/o funcionarios que se trasladan al Palacio Nacional de Justicia en comision oficial de servicio. Articulo Segundo.- La contratacion referida en el Articulo precedente se llevara a cabo a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el valor referencial de S/. 73 800.00 (Setentitres mil ochocientos y 00/ 100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, por el plazo de 12 meses contados desde la suscripcion del contrato respectivo; MORDAZA que estara a cargo de un Comite Especial que sera designado por la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Tercero.- El contrato que se celebre como consecuencia del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, debera cumplir con los requisitos, condiciones y formalidades que establece la Ley. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a traves de la Gerencia de Administracion y Finanzas, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 11660

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan contratacion de servicio de calificacion de riesgos mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº GG-055-2004
VISTOS: El Informe Tecnico Nº H110-YA-2004-063 de 4 de MORDAZA del 2004, emitido por el Departamento de Analisis de MORDAZA y Programacion de la Gerencia de Operaciones Internacionales, en el que se concluye que Standard & Poors es el unico proveedor que en forma oportuna y confiable puede proporcionar sus propios calificativos de riesgo asignados a instituciones bancarias del exterior donde se invierte; El Memorandum Nº K000-MA-2004-543 emitido por la Oficina Legal el 24 de MORDAZA del 2004, en el que se opina que la suscripcion a la informacion que sobre riesgos provee la citada empresa debe efectuarse mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, ya que se trata de un servicio que no admite sustituto; CONSIDERANDO QUE: El Banco requiere renovar por el periodo de un ano la suscripcion a los servicios de calificacion de riesgo de instituciones bancarias del exterior, por ser herramientas indispensables para el manejo de las reservas internacionales, que permiten al Banco disponer de los estados financieros y los calificativos de riesgos que se le asignan a cada institucion en la que se invierte, con la opinion y analisis que sustentan los mismos; incluyendo ademas alertas diarias sobre la evolucion futura de los bancos y la probable modificacion de sus calificativos; En el informe tecnico del exordio se senala que es necesario suscribirse al servicio de calificacion de riesgos que presta la empresa extranjera Standard & Poors, a fin de cumplir con la metodologia aprobada por el Directorio del Banco para el establecimiento de relaciones de tesoreria y determinacion de limites de depositos con bancos corresponsales del exterior y bancos emisores de certificados de deposito, que entre otros busca garantizar la preservacion de los fondos invertidos; En el aludido informe tecnico asi como en el informe legal, tambien se indica que el servicio que presta la preci-

tada empresa no admite sustituto, toda vez que consiste en calificativos de riesgos e informes sobre el estado financiero de determinada institucion que emana de un analisis particular; El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; De acuerdo con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas del MORDAZA de adjudicacion directa las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos; Conforme al articulo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se menciona en el articulo 19º, se exonere las contrataciones de servicios del requisito de adjudicacion directa, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; A tenor del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 115º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision; Los motivos expuestos precedentemente permiten concluir que el servicio que se requiere contratar no admite sustituto, por lo que se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º de la citada Ley; El monto anual de la contratacion con la empresa Standard & Poors determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa; Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el articulo 113º del Reglamento MORDAZA citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la exoneracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa la suscripcion por un ano al servicio de calificacion de riesgos mencionado en la parte considerativa de la presente resolucion, por cuanto este no admite sustituto. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate el servicio MORDAZA indicado con la empresa Standard & Poors, por el periodo de un ano y por el valor referencial de US$ 11 025,00, sin incluir impuestos, mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y comunicarla oportunamente a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los informes que sustentan la exoneracion. MORDAZA, 17 de junio del 2004 MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General (e) 11573

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Autorizan viaje de delegacion para participar en eventos iberoamericanos que se realizaran en Honduras y El MORDAZA
RESOLUCION Nº 106-2004-P-CNM
San MORDAZA, 16 de junio de 2004 VISTO: La invitacion de las Secretarias Pro Tempore del "IV Encuentro Iberoamericano de Consejos de la Judicatura",

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