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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (20/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G30/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 INFORMACIÓN REPORTADA RESPECTO DE LA PRESENCIA DE BACTERIAS COLIFORMES TOTALES EN LAS REDES DE DISTRIBUCIÓN PERÍODO MUESTRAS NÚMERO DE PORCENTAJE DE TOMADAS MUESTRAS CON MUESTRAS PRESENCIA DE CON PRESENCIA DE COLIFORMES COLIFORMES (debería ser 0) (debería ser 0) I semestre 2003 39 0 0% II semestre 2003 50 2 3,2% Asimismo, corresponde analizar los resultados obteni- dos en las acciones de campo realizadas en los años 2003 y 2004. RESULTADOS DE LOS ANÁLISIS RECOLECTADOS EN LA ACCIÓN DE CAMPO REALIZADA EN ENERO DE 2003 LUGAR DE RECOLECCIÓN CLORO RESIDUAL TURBIDEZ COLIFORMES DE LA MUESTRA mg/l NTU TOTALES José Olaya Mz 41-7 0,52 0,97 Negativo Av. Ferrocarril 4041 0,56 0,18 Calle Real 1483 1,02 23,7 P ositivo Jacinto Ibarra 1080 0,43 15,9 P ositivo Av. 9 de Diciembre 580 0,15 7,12 Negativo Jr. Ancash 1257 0,32 16,1 Negativo Calle Real 388 0,20 27,6 P ositivo Av. Huaytapallana 300 0,47 26,3 Av. Los Andes 1055. 0,23 23,4 Negativo Av. Leoncio Prado 1875 1,08 0,84 Psje. 14 de Julio 248 B 0,99 13,7 RESULTADOS DE LOS ANÁLISIS RECOLECTADOS EN LA ACCIÓN DE CAMPO REALIZADA EN MAYO DE 2004 LUGAR DE RECOLECCIÓN CLORO RESIDUAL TURBIDEZ COLIFORMES DE LA MUESTRA mg/l UNT TOTALES Calle Real 738 0,96 5,79 P ositivo Av. Nueve de Dic 1090 0,48 0,39 Negativo Av. Proceres 1235 1,03 4,08 Av. Real 340 1,19 2,99 Los Conquistadores 827 0,36 0,25 Negativo Huaytapallana 256 1,06 2,52 Jr. Los Nevados J-21 0,54 0,88 Agua de Pozo en las Virgenes 0,51 0,63 Negativo Via de Evitamiento Mz L Lte 12 0,94 3,09 Agua de las Virgenes 0,91 2,08 Av. 28 de Julio 248 0,51 0,58 Negativo Av. Bolívar 362 A.A. 1,03 0,2 Av. La Esperanza 236 1,06 0,18 Pozo Reservorio Urpaycancha 1,11 3,83 Montero Rosas 193 1,11 2,75 Los Conquistadores 104 0,6 6,44 Negativo Prolong. Piura 520 0,86 3,56 Negativo Calle Real 325 0,65 1,35 Av. 9 de Diciembre 799 0,82 2,37 De la información remitida por SEDAM HUANCAYO y de la obtenida por la SUNASS en sus acciones de campo, seha verificado que dicha empresa estuvo suministrando a sus usuarios agua cuyos niveles de turbidez, cloro residual y coliformes totales no cumplían los niveles de calidad es-tablecidos por la SUNASS, tal como se indica a continua-ción: i) TURBIDEZ: Esta empresa prestadora suministró a sus usuarios agua que sobrepasa los valores máximos exigi- dos por la SUNASS en el Oficio Circular Nº 677-2000/SUNASS-INF (valor límite = 5 UNT) durante el período com-prendido desde enero de 2003 y hasta el 7 de mayo de2004 inclusive. ii) CLORO RESIDUAL: SEDAM HUANCAYO ha abaste- cido a sus usuarios con agua cuyos valores de cloro resi-dual son inferiores a 0,3 mg/l, transgrediendo lo dispuestoen la Resolución de Superintendencia Nº 1121-99-SUNASS(valor £ 0,5 mg/l en el 80% de las muestras pero ningunomenor a 0,3mg/l), durante el período comprendido desde enero de 2003 hasta abril de 2004 . iii) COLIFORMES TOTALES: Pese a que según la in- formación remitida por SEDAM HUANCAYO sólo se encon-tró presencia de coliformes totales en el segundo semestre del año 2003 durante la acción de supervisión realizada en enero de dicho año y el 6 y 7 de mayo de 2004 se verificó la presencia de coliformes totales en el agua que SEDAMHUANCAYO suministró a sus usuarios, incumpliendo lo dis-puesto en el Oficio Circular Nº 677-2000/SUNASS-INF (va-lor permitido= cero muestras). 4.2.2. Descargos de SEDAM HUANCAYO i) Sobre la super visión ejercida por la Dirección Regio- nal de Salud y la Dirección Ejecutiv a de Salud Ambiental de la Región de J unín Al respecto, es preciso indicar que la SUNASS ejerce sus funciones independientemente de las que correspon-den a otras entidades públicas, como por ejemplo la autori-dad de salud, la que actuará dentro de su ámbito de com-petencia. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17º y 19º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamien- to corresponde a la SUNASS establecer los niveles de cali-dad del servicio que deben cumplir las entidades prestado-ras y sancionar su incumplimiento. ii) Sobre las épocas de lluvia como justificación de los problemas de turbidez del agua SEDAM HUANCAYO justifica la elevada turbidez encon- trada en el agua distribuida a sus usuarios durante la ac-ción de campo realizada por la SUNASS el 28 de enero de2003, por la alta turbidez de la fuente de agua (río Shull- cas) producto de las lluvias del día anterior. Al respecto, se debe indicar que este argumento única- mente evidenciaría la falta de previsión por parte de la em-presa prestadora para tratar el agua utilizada como fuentede abastecimiento durante la época de lluvias. Se debe te-ner en cuenta que en la localidad de Huancayo llueve de diciembre a marzo, por lo que según lo indicado por SE- DAM HUANCAYO estaría suministrando agua a sus usua-rios con altos niveles de turbidez durante todo ese período. Asimismo, es preciso señalar que los elevados valores de turbidez no sólo se producen en épocas de lluvia, sinoque son una constante en los resultados que ha remitido periódicamente SEDAM HUANCAYO a la SUNASS, e inclu- so en la última acción de campo realizada en mayo del pre-sente año. Adicionalmente, es importante recalcar que la turbidez presente en el agua distribuida por SEDAM HUANCAYO sedebe también a la omisión de etapas dentro del proceso de tratamiento del agua, lo cual ha sido verificado por la SUNASS en las inspecciones de campo realizadas en ene-ro de 2003 y mayo de 2004. En conclusión, las épocas de lluvia no justifican los va- lores de turbidez del agua suministrada por SEDAM HUAN-CAYO a sus usuarios. iii) Sobre la v alidez de las m uestras de agua tomadas y analizadas por la SUNASS No resulta admisible que SEDAM HUANCAYO cuestio- ne la validez de los resultados de las muestras tomadas en su sede porque no fueron analizadas "in-situ". Al respecto, es preciso señalar que el Laboratorio de Referencia y Control de la SUNASS es el lugar indicadopara analizar las muestras tomadas durante la acción decampo, ya que cuenta con los implementos necesarios pararealizar los exámenes que el organismo regulador estime pertinentes. Sin perjuicio de lo anterior, cabe precisar que, como se aprecia en el numeral 4.2.1, la responsabilidad de SEDAMHUANCAYO respecto de la infracción imputada se está ana-lizando no sólo sobre la base de las muestras tomadas porla SUNASS en sus acciones de campo sino de la informa- ción remitida periódicamente por la propia empresa, en las cuales queda demostrado que el agua que suministra a sususuarios no cumple los valores establecidos por la SUNASSen cuanto al contenido de cloro residual, turbidez y colifor-mes totales. iv) Sobre la administr ación actual de SED AM HUANCA- YO SEDAM HUANCAYO manifiesta que la actual adminis- tración de la empresa asumió funciones en enero de 2003,por lo cual no es posible que la SUNASS le exija el cumpli- miento del 100% de las normas de calidad, ya que ha reci- bido la planta de tratamiento con deficiencias.