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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G35/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 29 de junio de 2004 ART ÍCULO DESCRIPCI ÓN DE LA INFRACCI ÓNS A N C I ÓN CRITERIOS DE ANEXO DEL C ÓDIGO GRADUALIDAD TRIBUTARIO Utilizar máquinas registradoras u otros Comiso/Multa para sistemas de emisión no declarados o sin la recuperar los bienes Frecuencia IV Numeral 11 autorización de la Administración Tributaria comisados para emitir comprobantes de pago o Multa que sustituye Frecuencia V documentos complementarios a éstos. al Comiso Multa Frecuencia IV Utilizar máquinas registradoras en Numeral 12 establecimientos distintos del declarado ante Multa Subsanación y/o Pago II la SUNAT para su utilización. No sustentar la posesión de bienes mediante Comiso/Multa paralos comprobantes de pago u otro documento recuperar los bienes Frecuencia IV Numeral 15 previsto por las normas sobre la materia que comisados permitan sustentar costo o gasto, que Multa que sustituye Frecuencia V acrediten su adquisición. al ComisoSustentar la posesión de bienes con Multa Frecuencia documentos que no reúnen los requisitos y Comiso/Multa para IV Numeral 16 características para ser considerados recuperar los bienes Frecuencia comprobantes de pago según las normas comisados sobre la materia y/u otro documento que Multa que sustituye Frecuencia V carezca de validez. al Comiso Artículo 175° Omitir llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las Multa Subsanación y/o Pago II Numeral 1 leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT u otros medios de control exigidos por las leyes y Cierre (Tabla III) No aplicablereglamentos. Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes,reglamentos o por Resolución de Multa Subsanación y/o Pago II Superintendencia de la SUNAT, el registro Numeral 2 almacenable de información básica u otros medios de control exigidos por las leyes yreglamentos; sin observar la forma y Cierre (Tabla III) No aplicable condiciones establecidas en las normas correspondientes. Omitir registrar ingresos, rentas, patrimonio, Multa Subsanación y/o Pago II Numeral 3 bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados, o registrarlos por montos Cierre (Tabla III) No aplicable inferiores.Llevar con atraso mayor al permitido por las Multa Subsanación y/o Pago II normas vigentes, los libros de contabilidad u Numeral 5 otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Cierre (Tabla III) No aplicableSuperintendencia de la SUNAT, que se vinculen con la tributación. No llevar en castellano o en moneda nacional los libros de contabilidad u otros Multa Subsanación y/o Pago II libros o registros exigidos por las leyes, Numeral 6 reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT, excepto Cierre (Tabla III) No aplicablepara los contribuyentes autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera Artículo 176° No presentar las declaraciones que Multa Subsanación y/o Pago II Numeral 1 contengan la determinación de la deuda Cierre (Tabla III) Subsanación tributaria, dentro de los plazos establecidos. Multa que sustituye Frecuencia V el Cierre No presentar otras declaraciones o Multa Subsanación y/o Pago II Numeral 2 comunicaciones dentro de los plazos Cierre (Tabla III) Subsanación