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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G38/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, en virtud del literal g) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, en adelante la Ley, se establece que se en-cuentran exoneradas del proceso de selección corres-pondiente las prórrogas del plazo de contratos de arren-damiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siemprey cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que, asimismo, el artículo 20º del citado dispositivo establece que las adquisiciones o contrataciones exone-radas de Concurso Público o Adjudicación Directa, se rea-lizarán mediante el Proceso de Adjudicación de MenorCuantía; Que, además de ello, el numeral 3) del artículo 119º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado establece que las prórrogas sucesivas de loscontratos de arrendamiento deberán efectuarse observandolas condiciones previstas en los contratos respectivos, con-teniendo necesariamente una cláusula de resolución uni- lateral a favor de la Entidad, sin pago de indemnización por ningún concepto y sin incluir opción de compra; Que, es preciso señalar que el presente proceso de contratación que se pretende efectuar, cuenta con la dis-ponibilidad presupuestal correspondiente, cuya fuente definanciamiento la constituye los recursos propios de la ins- titución; Que, en tal sentido, lo expuesto en el citado informe Técnico - Legal justifica la necesidad de prorrogar el pla-zo del contrato de arrendamiento del local institucionalde OSITRAN mediante la referida exoneración de los re-quisitos del proceso de adjudicación directa selectiva, y que además es procedente dicha exoneración al encon- trarse dentro del supuesto establecido en el inciso g) delartículo 19º de la Ley, cumpliéndose de esta manera conlo establecido en el Artículo 113º del mencionado Regla-mento; Que, para tales efectos, y según lo dispuesto en el lite- ral a) del artículo 20º de la Ley, la exoneración a la que se hace referencia en los párrafos precedentes, deberá seraprobada mediante Resolución del titular del pliego de laentidad; Que, asimismo, y de conformidad con lo señalado en el artículo 105º del referido Reglamento de producirse los supuestos señalados en los Artículos 19º y 32º de la Ley, que determinen la necesidad de efectuar procesos de Ad-judicación de Menor Cuantía, la Entidad hará las adquisi-ciones o contrataciones mediante acciones inmediatassobre la base de la obtención, por cualquier medio de co-municación incluyendo el facsímil y el correo electrónico, de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorización expresa del Titular del Plie-go o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad,según corresponda; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 53º lite- ral a) del Reglamento General del Organismo Supervi- sor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, que establece que el Presidente de OSI-TRAN ejerce la titularidad del pliego presupuestal, cum-pliendo con todas las obligaciones derivadas de esta fun-ción, le corresponde al Presidente del Consejo Directivoaprobar la referida exoneración al Proceso de Selección correspondiente; Que, según lo dispuesto en el artículo 115º del referido Reglamento la resolución que apruebe la exoneración alProceso de Selección, deberá ser publicada en el DiarioOficial El Peruano; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del Proceso de Selección correspondiente, la prórroga del plazo del contrato de arren-damiento del local institucional de OSITRAN por el plazode un (1) año, ubicado en la avenida Bolivia Nº 144, Pisos 19 y 20 de la Torre del Centro Cívico de Lima, sin incre- mento de la renta mensual. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas de OSITRAN que realice las accio-nes correspondientes a la ejecución del Proceso deAdjudicación de Menor Cuantía que corresponde en virtud del artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para la prórroga del plazo delcontrato de arrendamiento del local institucional; por un valorreferencial total de US$ 41,057.28 (Cuarenta y un mil cin-cuenta y siete con 28/100 Dólares Americanos) más IGV por el período de doce (12) meses a pagarse en forma ade-lantada en mayo de 2004 por el período de ocho (8) mesesy en enero de 2005 por cuatro (4) meses. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General de OSITRAN que ejecute las acciones necesarias para quela presente Resolución sea publicada por OSITRAN en elDiario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábi-les, siguientes a su aprobación; así como la publicación através de la página web de OSITRAN. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General de OSITRAN a fin de que la presente Resolución sea puestaen conocimiento de la Contraloría General de la República,dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fe-cha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO CHANG CHIANG Presidente 09575 /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G20/G55/G49/G54/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6E/G74/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G50/G72/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G46/G65/G72/G72/G6F/G63/G61/G72/G72/G69/G6C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G61/G6E/G64/G69/G2D/G6E/G6F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G6F/G72/G20/G69/G6E/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G72/G20/G6C/G6F/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G2D/G20/G52/G45/G4D/G41 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 025-2004-GG-OSITRAN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR PROCEDENCIA : Gerencia de Supervisión (GS) ENTIDAD PRESTADORA : FERROCARRIL TRANSANDINO S.A. (FTSA) MATERIA : Procedimiento Administrativo San- cionador a FTSA por el incumpli-miento del procedimiento estable-cido en el REMA para la remisiónde contratos y la aplicación del pro- cedimiento de alquiler de estacio- nes. Lima, 7 de mayo de 2004 VISTOS: El Expediente Sancionador Nº 020-2003-GS-OSITRAN remitido por la Gerencia de Supervisión mediante Nota Nº064-04-GS-A3-OSITRAN y el Informe Nº 121-04-GS-A3-OSITRAN, de fecha 22 de abril de 2004, mediante el cualse evalúan los descargos presentados por la entidad pres- tadora FTSA; CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del Artículo 24º del Reglamen- to Marco de Acceso establece lo siguiente: 24º.- Registro de contratos de concesión La entidad prestadora que celebre un contrato de acce- so tiene la obligación de remitirlo a OSITRAN, a más tar- dar a los quince (15) días de celebrado, para su registro. Que, el Capítulo II del Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Público, denomina-do “Del Acceso a Infraestructura Calificada como Facilidad Esencial”, establece el procedimiento para el acceso a la infraestructura calificada como esencial por parte de los interesados. Que, el Anexo Nº 2 del Reglamento Marco de Acceso establece lo siguiente: Anexo Nº 2 Facilidades y Servicios Esenciales Las estaciones ferroviarias son “infraestructura esen- cial ”.