Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2004 (21/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 268835

(dentro de un total de 35 empresas textiles que realizan comercio de estado para exportacion14 ). En este punto, el Protocolo de Adhesion de China a la OMC con respecto a la comparacion de precios para determinar las subvenciones y el dumping senala lo siguiente:

"si los productores sometidos a investigacion pueden demostrar claramente que en la MORDAZA de produccion que produce el producto similar prevalecen las condiciones de una economia de MORDAZA en lo que respecta a la manufactura, la produccion y la venta de tal producto, el Miembro de la OMC utilizara los precios o costos en China de la MORDAZA de produccion sometida a investigacion para determinar la comparabilidad de los precios."15
Conforme al Protocolo, para que la determinacion de la existencia del dumping se realice sobre la base de los precios internos en la economia de origen, los productores deberan probar que la MORDAZA de produccion que elabora el producto investigado en el MORDAZA exportador opera en condiciones de mercado. No obstante, en el presente caso, ni los productores ni los importadores de estos productos al Peru han demostrado que el sector textil en China, ni mucho menos en el subsector de produccion de tejidos de popelina, opere en condiciones de mercado. Por el contrario, unicamente se han limitado a efectuar afirmaciones sin el sustento correspondiente. Asi, siguiendo lo senalado por el Protocolo de Adhesion de China, no ha sido posible descartar la intervencion del Gobierno MORDAZA en el desempeno del sector textil. Por el contrario, a criterio de esta Sala, existen suficientes argumentos para considerar que existe una injerencia significativa del gobierno en decisiones que deberian ser asumidas por los agentes economicos de manera independiente en el sector textil. En consecuencia, la autoridad investigadora no se encuentra obligada a aplicar una metodologia que se base en una comparacion estricta de los precios internos o los costos en China. En efecto, al no estar incluido el sector textil MORDAZA dentro del supuesto contemplado en el articulo 8º del Reglamento, corresponde calcular el valor normal del producto materia de investigacion sobre una base razonable. Asi, para el calculo del valor normal, la Comision empleo el precio promedio FOB de las exportaciones al Peru de tejidos de popelina poliester/algodon originarios de Indonesia, dado que se trata de un MORDAZA del MORDAZA que exporta productos al MORDAZA peruano con caracteristicas similares a los denunciados. Al respecto, debe senalarse que el articulo 8º del Reglamento sobre Medidas Antidumping y Compensatorias establece expresamente que en el caso de paises que mantienen distorsiones en su economia que no permiten considerarlos como paises con economia de MORDAZA, para efectos del calculo del valor normal podra utilizarse "cualquier otra medida que la Comision estime conveniente"16 , por lo que la accion de la autoridad antidumping se ajusta estrictamente a la facultad discrecional que la MORDAZA le confiere.

Adicionalmente, la Sala considera que la medida empleada por la Comision para calcular el valor normal resulta razonable, dado que se emplea como parametro los precios de un MORDAZA como Indonesia, que exporta al Peru productos con caracteristicas similares a los productos chinos. Atendiendo la validacion del metodo empleado, pero distinguiendo el producto similar definido por la Sala, en el periodo que va de enero de 2001 a diciembre de 2001, el valor normal es de US$ 5,84, el precio de exportacion es calculado en US$ 3,82 y el margen de dumping es calculado en 53%. Es necesario reiterar una vez mas que las diferencias obtenidas entre los valores calculados por la Comision y esta Sala son resultado de que en MORDAZA instancia se empleo exclusivamente la informacion correspondiente a las subpartidas 5513.11.00.00 y 5513.21.00.00 para el calculo del precio de exportacion, el valor normal y el margen de dumping, a diferencia del calculo de la Comision, la misma que empleo un mayor numero de partidas -dado que la definicion de producto similar para la primera instancia era mas amplia-. Por tanto, el producto similar, precio de exportacion, valor normal y margen de dumping quedan definidos de la siguiente forma: Cuadro Nº 1 Calculo del margen de Dumping
Producto Similar Tejidos MORDAZA popelina para camiseria, originarios y/o procedentes de China, encontrandose estos definidos de la siguiente forma: tejido crudo, MORDAZA o tenido, mezcla de poliester con algodon, donde el poliester predomina en peso (mayor a 50%), de ligamento MORDAZA tafetan, con un ancho menor a 1,80 metros, cuyo peso unitario oscila entre 90 gr./m2 y 200 gr./m2 Fuente: ADUANAS Elaboracion: ST-SDC/INDECOPI Precio de Valor Margen de Exportacion Normal Dumping

3.82

5.84

53%

III.5 Analisis de dano a la MORDAZA de produccion nacional El Acuerdo Antidumping dispone que la determinacion de la existencia de dano se basara en pruebas positivas y comprendera un examen objetivo de los siguientes elementos: (i) volumen de las importaciones objeto de dumping y del efecto de estas en los precios de productos similares en el MORDAZA interno, y (ii) repercusion de esas importaciones sobre los productores nacionales de tales productos.

14

Las empresas que realizan comercio de estado para exportacion en el sector textil son las siguientes:
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 China National Textiles Import & Export Co. Qingdao Textiles United Import & Export Co. Beijing No.2 Cotton Mill Beijing No.3 Cotton Mill Tianjin No.1 Cotton Mill Shanghai Shenda Co. Ltd Shanghai Huashen Textiles and Dying Co. (Group) Dalian Huanqiu Textiles Group Co. Shijiazhuang Changshan Textiles Group Luoyang Cotton Mill, Henan Province Songyue Textiles Industry Group, Henan Province Dezhou Cotton Mill, 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 Wuxi No.1 Cotton Mill Puxin Textiles Mill, Hubei Province Northwest No.1 Cotton Mill Chengdu Jiuxing Textiles Group Co. Suzhou Sulun Textiles Joint Company (Group) Northwest No.7 Cotton Mill Xiangmian Group Co., Hubei Province Handan Lihua Textiles Group Co. Xinjiang Textiles Industry Co. (Group) Anqing Textiles Mill Jinan No.2 Cotton Mill Tianjin No.2 Cotton Mill 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 Jinhua Textiles Mill, Shanxi Province Jinwei Group Co., Zhejiang Province Northwest No.5 Cotton Mill Baoding No.1 Cotton Mill Liaoyang Textiles Mill Changchun textiles Mill Huaxin Cotton Mill, Henan Province Baotou Textiles Mill Ninbo Hefeng textiles Group Co. Northwest No.4 Cotton Mill Xinjiang Shihezi Bayi Cotton Mill

15 16

Protocolo de Adhesion de China a la OMC. Punto 15.- Comparabilidad de los precios para determinar las subvenciones o el dumping. Pag 10 Reglamento sobre Medidas Antidumping y Compensatorias, Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, Articulo 8º.Cuando se trate de importaciones procedentes u originarias de paises que mantienen distorsiones en su economia que no permiten considerarlos como paises con economia de MORDAZA, el valor normal se obtendra sobre la base del precio comparable en el curso de operaciones comerciales normales al que se vende realmente un producto similar en un tercer MORDAZA comparable con economia de MORDAZA, para su consumo interno, o, en su defecto para su exportacion, o sobre la base de cualquier otra medida que la Comision estime conveniente. (...)

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