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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2004 (29/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G33/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 29 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de enero del 2004, se convocó a la Adjudi-cación Directa Pública según relación de ítems Nº 012- (0318C00121) GRAAR-ESSALUD-03 "Contratación de personal para el servicio de operación de central telefóni-ca Hospital Nacional Carlos Alberto Seguín Escobedo y citas por teléfono a Hospital Yanahuara, Edmundo Esco- mel y Policlínico Metropolitano", por el período de un año ypor un valor referencial total de S/.165,171.24 (Ciento se- senta y cinco mil ciento setenta y uno con 24/100 Nuevos Soles); Que, con Oficio Nº A-020-2004 (GTN/MON) del 7 de enero del 2004, la Subgerencia de Monitoreo de la Geren- cia Técnico Normativa del CONSUCODE señaló que a lafecha de la Convocatoria, la Entidad no había remitido el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejerci- cio presupuestal del 2004, indicando que la Convocatoriay/o realización de cualquier licitación pública, concurso público y/o adjudicación directa que haya sido efectuada sin la previa aprobación del Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones correspondiente al ejercicio presupuestal en curso carece de validez; Que, conforme a lo señalado en el numeral 3 del aparta- do V) Disposiciones Generales de la Directiva Nº 005-2003- CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, las Entidades sólo puedenconvocar y efectuar las licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas públicas y selectivas, que hayan sido previamente programadas y se encuentranincluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes, con excepción de las adjudicaciones de menor cuan- tía; Que, dicha disposición tiene su sustento en el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado mediante Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, que señala que con el Plan Anual apro- bado se efectuarán los procesos de selección previstos para el período respectivo; Que, en el presente caso, el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del año 2004 de ESSALUD fue aprobado el 26 de enero del 2004 mediante Resolución deGerencia General Nº 016-GG-ESSALUD-2004; esto es, posteriormente a la aprobación de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 012-(0318C00121)GRAAR-ESSALUD-03; la cual para efectos de su validez, al momento de su convocatoria debió estar contenida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del presen-te ejercicio, lo que al no cumplirse, contraviene lo estable- cido en el artículo 7º del Reglamento, así como, lo señala- do en el numeral 3 del apartado V) de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE; Que, de otro lado, conforme al artículo 26º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, el valor referencial será determinado sobre la base de los costos estimados por la dependencia o depen-dencias responsables de la Entidad, con una antigüedad no mayor a los dos meses anteriores a la Convocatoria del proceso de selección; Que, en las Bases de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 012-(0318C00121) GRAAR- ESSALUD-03, se establece que el valor referencial fuecalculado a octubre del 2003, habiéndose convocado el proceso en enero del 2004, infringiéndose lo dispuesto en el artículo 26º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo, el artículo 66º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se- ñala que las Bases establecerán además de los reque- rimientos mínimos a cumplir para que la propuesta seaadmitida, los factores necesarios para la evaluación, los puntajes máximos que se le asignan y los respectivos cri- terios de evaluación y calificación; Que, en tal sentido, en la evaluación técnica deberán distinguirse dos momentos: uno en el cual se verifica que las propuestas cumplan con los requerimientos mínimos aefectos que sean admitidas, y otro posterior en el cual se las califica, asignándoles puntajes en función de los facto- res de evaluación preestablecidos en las Bases, los mis-mos que pueden incluir las mejoras que se hayan ofertado sobre los requerimientos mínimos con la finalidad de se- leccionar la propuesta de la mejor calidad;Que, en el mismo sentido se ha pronunciado el Conse- jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE a través de su Pronunciamiento Nº 028-2002 (GTN); Que, en el Anexo 12 "Factores de Evaluación de Pro- puestas" de las Bases de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 012-GRAAR-ESSALUD-03(0318C000121) se indican dos etapas: 1) Evaluación Téc- nica, y 2) Evaluación Económica. En lo que respecta a la Evaluación Técnica, se establece que se otorgará 80 pun-tos por el cumplimiento de requerimientos y especifi- caciones técnicas (Anexo 4 "Especificaciones Técnicas"); Que, en el Anexo 12 de las Bases de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 012-GRAAR- ESSALUD-03 (0318C000121) se otorga puntaje al cumpli- miento de las especificaciones técnicas mínimas, por loque transgreden el artículo 66º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo con el punto iii) del literal 1-e) del Artí- culo 61º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el contenido de los sobres para la contratación de servicios en general debe consignar in-formación referida a los factores de evaluación considera- dos en las Bases, las cuales deberán especificar, entre otros rubros, el Plan de Trabajo; Que, de las Bases de la Adjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 012- (0318C000121) GRAAR- ESSALUD-03, se observa que no se establece como par-te de la Propuesta Técnica información referida al Plan de Trabajo, y tampoco se considera este rubro como factor de evaluación en el Anexo 12 "Factores de Evaluación de Pro-puestas", incumpliendo con ello lo dispuesto en el punto iii) del literal 1-e) del Artículo 61º del mencionado Reglamen- to; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Ti-tular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causa-les establecidas en el artículo 57º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolución recaída sobre los recursos impugnativos; Que, de acuerdo al artículo 57º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, son nulos los actos administrativos cuando son dic- tados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan delas normas esenciales del procedimiento; Que, atendiendo a las normas mencionadas preceden- temente, corresponde declarar de oficio la nulidad de laAdjudicación Directa Pública según relación de ítems Nº 012- (0318C000121) GRAAR-ESSALUD-03, al haberse contravenido el artículo 26º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; así como, el artículo 7º, el punto iii) del literal 1-e) del artículo 61º y el artículo 66º de su Reglamento; y, el numeral 3 delapartado V) Disposiciones Generales de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE; retrotrayéndose el proce- so de selección a la etapa en que se produjeron los vicios;en este caso, corresponde retrotraerlo a la Etapa de Con- vocatoria, previa elaboración de nuevas Bases; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio Nº 1194/2001 (GTN-MON), corresponde en forma exclusi- va al Titular del Pliego la facultad prevista en el artículo 26ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de acuerdo al artículo 47º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la más alta autoridad de la Entidad puede dispo- ner la evaluación del adecuado desempeño de los miem- bros del Comité Especial y servidores que participaron enel mencionado proceso de selección, con la finalidad de deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar; Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Pre- sidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal;