Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2004 (29/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2004

Que, se ha visto por conveniente contratar los servicios de los siguientes medios de comunicacion radial y prensa escrita por los siguientes montos y condiciones: por el monto de S/. 23,673.86 (Veintitres mil seiscientos setenta y tres y 86/100 Nuevos Soles) a la empresa Coordinadora Nacional de Radio con RUC Nº 20138038549, por espacios de 35 segundos cuatro (4) veces al dia durante 14 dias; por el monto de S/. 14,585.20 (Catorce mil quinientos ochenta y cinco y 20/100 Nuevos Soles), a la empresa GRUPORPP S.A. con RUC Nº 20100016843, por espacios de 15 segundos seis (6) veces al dia durante 6 dias y espacios de 35 segundos cuatro (4) veces al dia durante 4 dias; por el monto de S/. 9,040.50 (Nueve mil cuarenta y 50/100 Nuevos Soles) a la empresa Corporacion Radial del Peru S.A.C. con RUC Nº 20382350368, por espacios de 35 segundos cuatro (4) veses al dia durante 5 dias; por el monto de S/. 8,173.20 (Ocho mil ciento setenta y tres y 20/100 Nuevos Soles) a la empresa Grupo Panamericana S.A.C. con RUC Nº 20502812565, por espacios de 35 segundos cuatro (4) veces al dia durante 4 dias; por el monto de S/. 16,422.00 (Dieciseis mil cuatrocientos veintidos y 00/100 Nuevos Soles) a la empresa Servicios Generales EPENSA S.R.L. (Diario Correo) con RUC Nº 20499446242, por dos (2) publicaciones; por el monto de S/. 4,516.05 (Cuatro mil quinientos dieciseis y 05/100 Nuevos Soles) a la empresa Prensa Popular S.A.C. (diario El Trome) con RUC Nº 20502560574, por una (1) publicacion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27802, Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 005-2004-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias y/o aclaratorias, y el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM; Con las visaciones de la Gerencia de Promocion de Organizacion y Gestion, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y la Oficina de Asesoria Juridica, en los asuntos de sus respectivas competencias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion respectivo a las siguientes contrataciones de servicios de medios de comunicacion radial y prensa escrita para la difusion del MORDAZA de elecciones de representantes ante el Consejo de Participacion de la Juventud para el ano 2004: Monto Total de la Contratacion: S/. 76,410.81 (Setenta y seis mil cuatrocientos diez y 81/100 Nuevos Soles), distribuido de la siguiente manera: Adjudicacion Directa Selectiva por el monto total de S/. 55,472.76 (Cincuenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos y 76/100 Nuevos Soles): por el monto de S/. 23,673.86 (Veintitres mil seiscientos setenta y tres y 86/100 Nuevos Soles) a la empresa Coordinadora Nacional de Radio con RUC Nº 20138038549, por espacios de 35 segundos cuatro (4) veces al dia durante 14 dias; por el monto de S/. 14,585.20 (Catorce mil quinientos ochenta y cinco y 20/100 Nuevos Soles), a la empresa GRUPORPP S.A. con RUC Nº 20100016843, por espacios de 15 segundos seis (6) veces al dia durante 6 dias y espacios de 35 segundos cuatro (4) veces al dia durante 4 dias; por el monto de S/. 9,040.50 (Nueve mil cuarenta y 50/100 Nuevos Soles) a la empresa Corporacion Radial del Peru S.A.C. con RUC Nº 20382350368, por espacios de 35 segundos cuatro (4) veses al dia durante 5 dias; por el monto de S/. 8,173.20 (Ocho mil ciento setenta y tres y 20/100 Nuevos Soles) a la empresa Grupo Panamericana S.A.C. con RUC Nº 20502812565, por espacios de 35 segundos cuatro (4) veces al dia durante 4 dias. Adjudicacion Directa Selectiva por el monto total de S/. 20,938.05 (Veinte mil novecientos treinta y ocho y 05/ 100 Nuevos Soles): por el monto de S/. 16,422.00 (Dieciseis mil cuatrocientos veintidos y 00/100 Nuevos Soles) a la empresa Servicios Generales EPENSA S.R.L. (Diario Correo) con RUC Nº 20499446242, por dos (2) publicaciones; por el monto de S/. 4,516.05 (Cuatro mil quinientos dieciseis y 05/100 Nuevos Soles) a la empresa Prensa Popular S.A.C. (diario El Trome) con RUC Nº 20502560574, por una (1) publicacion. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administracion para que, mediante procesos de adjudicacion de menor

cuantia, efectue las contrataciones respectivas de los citados medios por los espacios y montos previstos respectivamente. Dichas contrataciones con cargo a la fuente de financiamiento de los recursos ordinarios de la entidad. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, debiendo la Oficina de Administracion hacer de conocimiento de la Contraloria General de la Republica la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias a su aprobacion, segun lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta 10176

ESSALUD
Declaran nulidad de adjudicacion directa publica para contratacion del servicio de lavanderia
SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 397-PE-ESSALUD-2004 MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2004 VISTAS: La Carta Nº 021-GDAN-ESSALUD-2004 mediante la cual la Gerencia Departamental MORDAZA, actualmente Red Asistencial MORDAZA, solicita que se declare de oficio la nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0316C05971 "Contratacion del Servicio de Lavanderia"; y, la Carta Nº 417-OCAJ-ESSALUD-2004, de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el 10 de diciembre del 2003, la Gerencia Departamental MORDAZA, actualmente Red Asistencial MORDAZA, convoco a la Adjudicacion Directa Publica Nº 0316C05971 con el objeto de contratar una entidad de intermediacion, empresa de servicios o cooperativa de trabajo y fomento del empleo que destaque personal para la prestacion del Servicio de Lavanderia para las dependencias administrativas y para los Centros Asistenciales de dicha Gerencia Departamental (Hospital III Chimbote, Hospital II MORDAZA, Hospital I MORDAZA Sur, Centros Medicos: Coishco, Casma y Huarmey), por el periodo de doce (12) meses y por un valor referencial total de S/. 195,000.00 (Ciento noventa y cinco mil con 00/100 Nuevos Soles); Que, las Bases del citado MORDAZA de seleccion quedaron integradas el 5 de enero del 2004, luego de la absolucion de las consultas y observaciones formuladas a las mismas. Posteriormente, el 7 de enero del 2004, mediante Car tas Nºs. 001, 002, 003, 004 y 005-COM.ESP.ADP.SERV.LAVAND-ESSALUD.2004, el Comite Especial de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0316C05971 notifico a los adquirentes de Bases la suspension del acto de MORDAZA de propuestas fijado en el Calendario del MORDAZA de seleccion para el 12 de enero del 2004; Que, de acuerdo al articulo 7º de la Ley Nº 27626 -Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores- "los trabajadores y socios trabajadores de las empresas de servicios y de las cooperativas gozan de los derechos y beneficios que corresponde a los trabajadores sujetos al regimen laboral de la actividad privada (...)"; Que, en funcion a lo indicado en el referido articulo, la empresa que resulte adjudicada en un MORDAZA de seleccion convocado para la contratacion de servicios de intermediacion, es decir, para el destaque de personal con el objeto de prestar servicios en el establecimiento de la Entidad convocante; esta obligada, por ley, a cumplir con lo dispuesto en la normativa laboral a favor de sus trabajadores, abonando remuneraciones, compensaciones por tiem-

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