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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G33/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 29 de mayo de 2004 junio de 2004, en la ciudad de Ginebra, Suiza, sede de la Oficina Internacional del Trabajo; Que, dicho foro mundial es particularmente importante pues en ella se abordará temas vinculados con la forma-ción y desarrollo de los recursos humanos, el trabajo pes- quero y la migración laboral; Que, el doctor Carlos Alfredo Villavicencio Ríos, Vice- ministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, participará como miembro de la delegación peruana que asistirá a la mencionada Conferencia; Que, el citado evento resulta de importancia para los fines institucionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por lo que es necesario autorizar el viaje delcitado funcionario a fin de que asista al mismo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula laautorización de viajes al exterior de funcionarios y servi- dores públicos; la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; y el Decreto Su-premo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor CARLOS AL- FREDO VILLAVICENCIO RÍOS, Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del 30 de mayo al 19 de junio de 2004, a la ciudad de Ginebra, Suiza,para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Pliego Pre- supuestal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 5,200.00 Pasajes US$ 1,824.80 TUUA Lima-Perú US$ 28.24 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos adua- neros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 10293 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2004-TR Lima, 28 de mayo de 2004CONSIDERANDO: Que, la 92º Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la que se encuentran representados los trabajadores, empleadores y gobiernos de los Estados Miembros que la conforman,se realizará en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 1 al 17 de junio de 2004; Que, en dicha Reunión se abordarán, entre otros te- mas, la formación y desarrollo de los recursos humanos, la discusión con miras a la adopción de una norma global respecto al trabajo en el sector pesquero y la discusióngeneral basada en un enfoque integrado de los trabajado- res migrantes; Que, conforme al literal a) numeral 2 del Artículo 13º de la Constitución de la Organización Internacional del Traba- jo, cada Estado Miembro asumirá, los gastos de viaje y estadía de sus delegados, consejeros y representantes queparticipen en las reuniones de la citada Conferencia; Que, dada la importancia del citado evento, resulta ne- cesario autorizar el viaje del representante de los emplea-dores quien integra la Delegación peruana que asistirá al evento a que se refiere el primer considerando; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula laautorización de viajes al exterior de funcionarios y servi- dores públicos; la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; y el Decreto Su-premo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor JULIO CÉ- SAR BARRENECHEA CALDERÓN, del 30 de mayo al 12 de junio de 2004, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, como Delegado de los Empleadores, quien integrala delegación peruana que asistirá a la 92º Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo - OIT. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 249.79 Viáticos : US$ 3 640.00TUUA Lima - Perú : US$ 28.24 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación y será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 10294 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2004-MTC/02 Lima, 24 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajesal exterior del país en comisión de servicios, establecien- do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro- bados por resolución suprema refrendada por el Presidentedel Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba- rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente;