Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2004 (31/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 31 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
TITULO V

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MORDAZA DE CUMPLIMIENTO

Efectuado el reclamo, el Juez resolvera este con previo traslado a la otra parte por el plazo de tres dias. La resolucion es apelable sin efecto suspensivo. La decision que declara la homogeneidad amplia el ambito de proteccion del MORDAZA, incorporando y ordenando la represion del acto represivo sobreviniente. TITULO IV

Articulo 66º.- Objeto Es objeto del MORDAZA de cumplimiento ordenar que el funcionario o autoridad publica renuente: 1) De cumplimiento a una MORDAZA legal o ejecute un acto administrativo firme; o Se pronuncie expresamente cuando las normas legales le ordenan emitir una resolucion administrativa o dictar un reglamento.

MORDAZA DE HABEAS DATA 2) Articulo 61º.- Derechos protegidos El habeas data procede en defensa de los derechos constitucionales reconocidos por los incisos 5) y 6) del articulo 2º de la Constitucion. En consecuencia, toda persona puede acudir a dicho MORDAZA para: 1) Acceder a informacion que obre en poder de cualquier entidad publica, ya se trate de la que generen, produzcan, procesen o posean, incluida la que obra en expedientes terminados o en tramite, estudios, dictamenes, opiniones, datos estadisticos, informes tecnicos y cualquier otro documento que la administracion publica tenga en su poder, cualquiera que sea la forma de expresion, ya sea grafica, sonora, visual, electromagnetica o que obre en cualquier otro MORDAZA de soporte material. Conocer, actualizar, incluir y suprimir o rectificar la informacion o datos referidos a su persona que se encuentren almacenados o registrados en forma manual, mecanica o informatica, en archivos, bancos de datos o registros de entidades publicas o de instituciones privadas que brinden servicio o acceso a terceros. Asimismo, a hacer suprimir o impedir que se suministren datos o informaciones de caracter sensible o privado que afecten derechos constitucionales.

Articulo 67º.- Legitimacion y representacion Cualquier persona podra iniciar el MORDAZA de cumplimiento frente a normas con rango de ley y reglamentos. Si el MORDAZA tiene por objeto hacer efectivo el cumplimiento de un acto administrativo, solo podra ser interpuesto por la persona a cuyo favor se expidio el acto o quien invoque interes para el cumplimiento del deber omitido. Tratandose de la defensa de derechos con intereses difusos o colectivos, la legitimacion correspondera a cualquier persona. Asimismo, la Defensoria del Pueblo puede iniciar procesos de cumplimiento. Articulo 68º.- Legitimacion pasiva La demanda de cumplimiento se dirigira contra la autoridad o funcionario renuente de la administracion publica al que corresponda el cumplimiento de una MORDAZA legal o la ejecucion de un acto administrativo. Si el demandado no es la autoridad obligada, aquel debera informarlo al juez indicando la autoridad a quien corresponde su cumplimiento. En caso de duda, el MORDAZA continuara con las autoridades respecto de las cuales se interpuso la demanda. En todo caso, el juez debera emplazar a la autoridad que conforme al ordenamiento juridico, tenga competencia para cumplir con el deber omitido. Articulo 69º.- Requisito especial de la demanda Para la procedencia del MORDAZA de cumplimiento se requerira que el demandante previamente MORDAZA reclamado, por documento de fecha cierta, el cumplimiento del deber legal o administrativo, y que la autoridad se MORDAZA ratificado en su incumplimiento o no MORDAZA contestado dentro de los diez dias utiles siguientes a la MORDAZA de la solicitud. Aparte de dicho requisito, no sera necesario agotar la via administrativa que pudiera existir. Articulo 70º.- Causales de Improcedencia No procede el MORDAZA de cumplimiento: 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) Contra las resoluciones dictadas por el Poder Judicial, Tribunal Constitucional y MORDAZA Nacional de Elecciones; Contra el Congreso de la Republica para exigir la aprobacion o la insistencia de una ley; Para la proteccion de derechos que puedan ser garantizados mediante los procesos de MORDAZA, habeas data y habeas corpus; Cuando se interpone con la exclusiva finalidad de impugnar la validez de un acto administrativo; Cuando se demanda el ejercicio de potestades expresamente calificadas por la ley como discrecionales por parte de una autoridad o funcionario; En los supuestos en los que proceda interponer el MORDAZA competencial; Cuando no se cumplio con el requisito especial de la demanda previsto por el articulo 69º del presente Codigo; y, Si la demanda se interpuso luego de vencido el plazo de sesenta dias contados desde la fecha de recepcion de la notificacion notarial.

2)

Articulo 62º.- Requisito especial de la demanda Para la procedencia del habeas data se requerira que el demandante previamente MORDAZA reclamado, por documento de fecha cierta, el respeto de los derechos a que se refiere el articulo anterior, y que el demandado se MORDAZA ratificado en su incumplimiento o no MORDAZA contestado dentro de los diez dias utiles siguientes a la MORDAZA de la solicitud tratandose del derecho reconocido por el articulo 2º inciso 5) de la Constitucion, o dentro de los dos dias si se trata del derecho reconocido por el articulo 2º inciso 6) de la Constitucion. Excepcionalmente se podra prescindir de este requisito cuando su exigencia genere el inminente peligro de sufrir un dano irreparable, el que debera ser acreditado por el demandante. Aparte de dicho requisito, no sera necesario agotar la via administrativa que pudiera existir. Articulo 63º.- Ejecucion Anticipada De oficio o a pedido de la parte reclamante y en cualquier etapa del procedimiento y MORDAZA de dictar sentencia, el Juez esta autorizado para requerir al demandado que posee, administra o maneja el archivo, registro o banco de datos, la remision de la informacion concerniente al reclamante; asi como solicitar informes sobre el soporte tecnico de datos, documentacion de base relativa a la recoleccion y cualquier otro aspecto que resulte conducente a la resolucion de la causa que estime conveniente. La resolucion debera contener un plazo MORDAZA de tres dias utiles para dar cumplimiento al requerimiento expresado por el Juez. Articulo 64º.- Acumulacion Tratandose de la proteccion de datos personales podran acumularse las pretensiones de acceder y conocer informaciones de una persona, con las de actualizar, rectificar, incluir, suprimir o impedir que se suministren datos o informaciones. Articulo 65º.- Normas aplicables El procedimiento de habeas data sera el mismo que el previsto por el presente Codigo para el MORDAZA de MORDAZA, salvo la exigencia del MORDAZA de abogado que sera facultativa en este proceso. El Juez podra adaptar dicho procedimiento a las circunstancias del caso.

Articulo 71º.- Desistimiento de la pretension El desistimiento de la pretension se admitira unicamente cuando esta se refiera a actos administrativos de caracter particular. Articulo 72º.- Contenido de la Sentencia fundada La sentencia que declara fundada la demanda se pronunciara preferentemente respecto a:

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