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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G34/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 31 de mayo de 2004 En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni-ca de la Superintendencia de Banca y Seguros, Nº 26702 ysus modificatorias, y el Texto Único Ordenado de la Ley delSistema Privado de Administración de Fondos de Pensio-nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF; RESUELVE: Artículo Primero.- Las AFP podrán mantener la Guarda Física de los CD en cualquier empresa del sistema financiero facultada a ofrecer certificados de depósito, en adelante empre- sa emisora. A este efecto, en un plazo no mayor al 2 de agostode 2004, las AFP deberán regularizar la suscripción de los con-tratos de Guarda Física y la inscripción en el Registro de Institu-ciones de Custodia o Guarda Física de Valores de dichas em-presas en la Superintendencia, de acuerdo a los alcances establecidos en los Títulos VI y VIII del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Fondos de Pensiones. Artículo Segundo.- Las AFP podrán realizar operaciones con las empresas emisoras que aún no cuenten con los sis-temas operativos que les permitan emitir CD a través de laapertura de DPZ con plazos mayores a 30 días hasta el 2 de agosto de 2004. Todos los DPZ que las AFP hayan adquirido con recursos de las carteras administradas con plazos ma-yores a 30 días, desde el 1 de junio de 2004 y con venci-mientos posteriores al 2 de agosto de 2004 deberán sersustituidos por CD a partir de esta última fecha. Artículo Tercero.- Las AFP deberán remitir a la Superin- tendencia, antes del 2 de agosto de 2004, lo siguiente: a) Los contratos suscritos con los mecanismos de nego- ciación para la negociación electrónica de los CD, cuando corresponda; y, b) Un documento con los lineamientos acordados con las empresas emisoras para la estandarización de los CD. Artículo Cuarto.- Los Mecanismos de Subastas a que hace referencia la Circular Nº AFP-43-2004 entrarán en vigencia a partir del 14 de junio de 2004. Artículo Quinto.- La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 10308 UNIVERSIDADES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G4D/G61/G72/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G50/G6F/G73/G74/G20/G47/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G63/G72/G6F/G75/G6E/G69/G76/G65/G72/G2D/G73/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G61/G2C/G20/G61 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 002367-R-04 Lima, 25 de mayo del 2004 Visto el Expediente con Registro de Mesa de Partes General Nº 06473-RG-04, sobre viaje al exterior en comi-sión de servicios. CONSIDERANDO: Que con Oficio Nº 337-OGCRI-2004, el Dr. PEDRO JUAN MENDOZA ARANA, Jefe de la Oficina General de Coopera-ción y Relaciones Interinstitucionales, acepta asistir en repre-sentación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos ala Reunión de Responsables de Post Grado de la Red de Ma-crouniversidades Públicas de América Latina, que convoca a sus miembros a fin de elaborar el programa de movilidad uni- versitaria de la Red, la misma que se realizará los días 4 y 5de junio del 2004, en la ciudad de Caracas, Venezuela;Que asimismo el Dr. PEDRO JUAN MENDOZA ARANA, solicita un apoyo económico por el monto en Nuevos Solesequivalente a US$ 878.20 (Ochocientos Veintiocho y 20/100Dólares Americanos), para sufragar los gastos de pasajes,Tarifa CORPAC y otros, para asistir al referido evento; Que con proveído de fecha 23 de abril del 2004, el Des- pacho Rectoral de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, autoriza el viaje del Dr. PEDRO JUAN MENDOZAARANA, con el propósito de asistir a dicha reunión; Que las Oficinas Generales de Planificación y de Perso- nal mediante Oficio Nº 1416-OGPL-2004 e Informe Nº 0402-OGP-VRADM-2004, emiten opinión favorable al respecto; Que cuenta con el Informe Nº 0402-OGP-VRADM-2004 del Jefe de la Oficina General de Personal; Que se cumplen con los requisitos indicados en el Artí- culo 8º de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Reso-lución Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de 2003; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni- versidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje en COMISIÓN DE SERVICIOS al Dr. PEDRO JESÚS MENDOZA ARANA, con Código Nº 08873E,Jefe de la Oficina General de Cooperación y RelacionesInsterinstitucionales, para que asista en representación de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos a la Reunión de Responsables de Post Grado de la Red de Macrouniversida- des Públicas de América Latina, a realizarse los días 4 y 5 dejunio del 2004, en la ciudad de Caracas, Venezuela. 2º.- Otorgar VIÁTICOS al Dr. PEDRO JESÚS MEN- DOZA ARANA, por el monto en nuevos soles equivalentesa US$ 712.80 Dólares Americanos, para sufragar los gas- tos de traslado y Tarifa CORPAC, desagregado de la ma- nera que se indica, debiendo rendir cuenta documentadade lo gastado en el plazo de ley, a su retorno: Pasaje Lima-Caracas-Lima US$ 284.56 Viáticos por 2 días (p/d 200.00) 400.00 Tarifa CORPAC 28.24 ----------------- TOTAL US$ 712.80 3º.- Otorgar una subvención social al Dr. PEDRO JE- SÚS MENDOZA ARANA, por el monto en Nuevos Solesequivalente a US$ 165.40 Dólares Americanos, para su-fragar gastos de visa y otros no comprendidos en el rubrode viáticos, para que participe en el referido evento. 4º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano 5º.- Encargar a las Oficinas Generales de Planificación, Personal y Economía, así como a la Secretaría General elcumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 10251 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDECOPI /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G41/G64 /G48/G6F/G63/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G64/G65/G63/G6F/G2D/G70/G69/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G72/G2D/G74/G75/G64/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G20/G41/G6E/G74/G65/G6E/G6F/G72/G20/G4F/G72/G72/G65/G67/G6F INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 054-2004-INDECOPI/DIR Lima, 28 de mayo de 2004