Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2004 (31/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 31 de MORDAZA de 2004

jstan. Ello, no solamente porque no verifico tal situacion, sino porque existen otras autoridades de igual jerarquia que han manifestado su posicion para que se otorgue a Kazajstan el trato de economia de MORDAZA desde junio de 2000. De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 6º BIS del Decreto Supremo Nº 043-97-EF, de aplicacion supletoria al presente procedimiento, para la determinacion de la existencia de condiciones de economia de MORDAZA se tendran en cuenta los siguientes criterios:

ductos investigados debera realizarse teniendo en cuenta los precios de venta interna en dicho pais. En efecto, tal como lo senalo Ispat en su recurso de apelacion, el reconocimiento de la autoridad antidumping en los Estados Unidos de MORDAZA como de economia de MORDAZA a Kazajstan, desde el 1 de octubre de 2001, no significa necesariamente que la autoridad antidumping nacional quede vinculada por dicho pronunciamiento. En consecuencia, a los efectos del presente caso, se concluye que la economia de Kazajstan debe ser clasificada como economia de mercado. III.2.2.3 Calculo del valor normal La determinacion del valor normal deberia ser efectuada en funcion de los precios de venta del producto investigado en el MORDAZA interno de Kazajstan para el periodo comprendido entre enero a diciembre de 2001. Sin embargo, pese a los requerimientos efectuados por la Comision, Ispat no presento referencia alguna de los precios de venta de los aceros galvanizados en su MORDAZA de origen o los precios de exportacion de sus productos en diferentes mercados, por lo que a la fecha de la presente Resolucion, no es posible contar con un precio de referencia real de los aceros galvanizados fabricados por Ispat para realizar el calculo del valor normal. Ante la situacion de falta de informacion MORDAZA planteada, debe aplicarse lo establecido en el articulo 35º del Reglamento sobre Dumping y Subvenciones, aplicable supletoriamente al presente procedimiento:

(...) i) Los precios se establecen por el libre juego de la oferta y la demanda sin interferencias ni limitaciones de cualquier naturaleza impuestas por el Estado; ii) Los precios responden a la existencia de una libre y MORDAZA competencia; iii) Los costos de comercializacion y los costos de produccion incluidos los insumos, las materias primas y los servicios se determinan sin interferencia del Estado; iv) Las decisiones de las empresas sobre produccion, ventas e inversion se adoptan en respuesta a la interaccion entre la oferta y la demanda y sin interferencias del Estado; v) Las empresas llevan libros contables basicos que se utilizan para todos los efectos, los cuales son auditados con adecuada independencia conforme a los criterios normales en contabilidad internacional; vi) La existencia de normas relativas a la propiedad, acceso al MORDAZA y salida del MORDAZA que garantizan la seguridad juridica y la estabilidad necesarias para el funcionamiento de las empresas.(...)
Atendiendo a la prevision legal, se procedera a evaluar si la economia de Kazajstan cumple con los criterios MORDAZA descritos y, finalmente, si de la apreciacion conjunta sobre el cumplimiento de dichos criterios se puede concluir que Kazajstan deba ser considerada como economia de mercado. La evaluacion de los criterios MORDAZA mencionados tiene por objeto determinar el grado de desarrollo de las fuerzas del MORDAZA en el MORDAZA investigado, de tal manera que estas garanticen la fiabilidad en la formacion de los precios y costos en ese MORDAZA como medida de valor. El problema central de una economia de no MORDAZA es la alteracion del MORDAZA de formacion de los precios que, en ausencia de fuerzas de demanda y oferta, impide la determinacion del precio en el MORDAZA como fruto de un MORDAZA de negociacion y, por ende, socava la funcion de los precios como medida de valor. La emision de la Ley de Privatizacion en Kazajstan en 1995, inicio un MORDAZA de privatizacion que, entre los anos 1995 y 1999, ya habia conseguido que el sector privado produzca el 55% del Producto MORDAZA Interno del pais. En efecto, dicho MORDAZA de privatizacion fue reduciendo el grado de intervencion del Estado en la economia de Kazajstan logrando que el ano 2000, el sector privado alcanzo el 60% del Producto MORDAZA Interno de Kazajstan6 . Adicionalmente, buena parte de los controles sobre los monopolios naturales forman parte de un sistema de regulacion a cargo del Estado. De manera simultanea al programa de privatizacion seguido por el gobierno de Kazajstan, se llevo a cabo una serie de reformas que permitirian el desarrollo de una economia de MORDAZA, dichas reformas estaban relacionadas con la estabilidad en el regimen legal, la eliminacion de restricciones a la disposicion de los beneficios obtenidos en Kazajstan y la libre negociacion de salarios entre trabajadores y empleadores. En lo relativo al sector siderurgico en Kazajstan, se verifico que Ispat, tras su privatizacion en 1997, se convirtio en la unica empresa fabricante de bobinas y planchas de MORDAZA en Kazajstan. En efecto, la empresa es, en su totalidad, propiedad de capitales extranjeros, razon por la cual queda establecida la separacion total del Estado de las actividades de esta empresa. Debido a la existencia de los factores MORDAZA mencionados y que los mismos constituyen una muestra incuestionable de un MORDAZA de formacion de MORDAZA interno, esta Sala reconoce a Kazajstan como economia de MORDAZA y, por lo tanto, la determinacion del valor normal de los pro-

Articulo 35º.- En los casos en que una parte interesada niegue el acceso a la informacion necesaria o no la facilite dentro de un plazo prudencial o entorpezca significativamente la investigacion, podran formularse determinaciones preliminares o definitivas, positivas o negativas, sobre la base de los hechos de que se tenga conocimiento (...).
El articulo 35º del mencionado Reglamento establece la atribucion de la autoridad antidumping para resolver sobre la base de la mejor informacion disponible, siempre que se presente uno de los supuestos contemplados en dicha norma7 .

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Extraido del Informe del Departamento de Comercio de los Estados Unidos de MORDAZA emitido el 25 de marzo de 2002. ACUERDO ANTIDUMPING, ANEXO II, MEJOR INFORMACION DISPONIBLE EN EL SENTIDO DEL PARRAFO 8 DEL ARTICULO 6º: 1. Lo MORDAZA posible despues de haber iniciado la investigacion, la autoridad investigadora debera especificar en detalle la informacion requerida de cualquier parte directamente interesada y la manera en que esta deba estructurarla en su respuesta. Debera ademas asegurarse de que la parte sabe que, si no facilita esa informacion en un plazo prudencial, la autoridad investigadora quedara en MORDAZA para basar sus decisiones en los hechos de que tenga conocimiento, incluidos los que figuren en la solicitud de iniciacion de una investigacion presentada por la MORDAZA de produccion nacional. Las autoridades podran pedir ademas que una parte interesada facilite su respuesta en un medio determinado (por ejemplo, en cinta de computadora) o en un lenguaje informatico determinado. Cuando MORDAZA esa peticion, las autoridades deberan tener en cuenta si la parte interesada tiene razonablemente la posibilidad de responder en el medio o en el lenguaje informatico preferidos y no deberan pedir a la parte que, para dar su respuesta, utilice un sistema de computadora distinto del usado por ella. Las autoridades no deberan mantener una peticion de respuesta informatizada si la parte interesada no lleva una contabilidad informatizada y si la MORDAZA de la respuesta en la forma pedida fuese a dar lugar a una carga adicional fuera de razon para la parte interesada, como puede ser un aumento desproporcionado de los costos y molestias. Las autoridades no deberan mantener una peticion de respuesta en un determinado medio o lenguaje informatico si la parte interesada no lleva una contabilidad informatizada en ese medio o lenguaje informatico y si la MORDAZA de la respuesta en la forma pedida fuese a dar lugar a una carga adicional fuera de razon para la parte interesada, como puede ser un aumento desproporcionado de los costos y molestias. Al formular las determinaciones debera tenerse en cuenta toda la informacion verificable, presentada adecuadamente de modo que pueda utilizarse en la investigacion sin dificultades excesivas, facilitada a tiempo y, cuando proceda, en un medio o lenguaje informatico que hayan solicitado las autoridades. Cuando una parte no responda en el medio o lenguaje informatico preferidos pero las autoridades estimen que concurren las circunstancias a que hace referencia el parrafo 2 supra, no debera considerarse que el hecho de que no se MORDAZA respondido en el medio o lenguaje informatico preferidos entorpece significativamente la investigacion.

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