TEXTO PAGINA: 64
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G36/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de noviembre de 2004 13) Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la Re- pública 14) Aprobar normas que garanticen una efectiva par- ticipación vecinal. 15) Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento. 16) Aprobar el Presupuesto Anual dentro de los pla- zos señalados por ley, bajo responsabilidad, y sus modi- ficaciones. 17) Aprobar el balance y la memoria. 18) Aprobar la entrega de la construcción de infraes- tructura y servicios públicos municipales al sector priva- do a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por la ley, conforme a lo señalado en los artículos 32º y 35º de la Ley orgánica de Municipalidades. 19) Aprobar la creación de centros poblados y agen- cias municipales. 20) Aceptar donaciones, legados, subsidios o cual- quier otra liberalidad. 21) Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorías económicas y otros actos de control. 22) Autorizar y atender los pedidos de información solicitados por los regidores para efectos de fiscaliza- ción. 23) Autorizar al procurador público municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la muni- cipalidad y bajo responsabilidad inicie o impulse proce- sos judiciales contra los funcionarios, servidores o ter- ceros respecto de los cuales el órgano de control inter- no haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. 24) Aprobar endeudamientos internos y externos, ex- clusivamente para obras y servicios públicos, por ma- yoría calificada y conforme a ley. 25) Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de en- tidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública. 26) Aprobar la celebración de convenios de coope- ración nacional e internacional y convenios interinstitu- cionales. 27) Aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde o por regidores, no pudiendo concederse licencias simul- taneas a un número mayor al cuarenta (40%) de los regidores. 28) Aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los regidores. 29) Aprobar el régimen de administración de sus bie- nes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales. 30) Disponer el cese del Gerente Municipal cuando exista acto doloso o falta grave. 31) Plantear los conflictos de competencia. 32) Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas de selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo. 33) Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la municipalidad. 34) Aprobar los espacios de concertación y partici- pación vecinal, a propuesta del Alcalde, así como de reglamentar su funcionamiento. 35) Las demás atribuciones que le corresponda con- forme a ley. TÍTULO II MIEMBROS DEL CONCEJO CAPÍTULO III DEL ALCALDE Artículo 8º. - El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad Provincial y máxima autoridad adminis- trativa. Artículo 9º.- Son atribuciones del Alcalde: 1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos. 2. Convocar, presidir y dar por concluidas las Sesio- nes de Concejo.3. Proponer al Concejo municipal proyectos de orde- nanzas y acuerdos. 4. Ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal Pro- vincial bajo responsabilidad. 5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publica- ción. 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. 7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del Concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el cronograma de inversiones concertado con la sociedad civil. 8. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo a las normas del Código Civil. 9. Dirigir y ejecutar los planes de desarrollo provin- cial. 10. Someter a aprobación del Concejo Municipal Pro- vincial, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley General del Presu- puesto de la República, el Presupuesto Municipal partici- pativo, debidamente equilibrado y financiado. 11. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el Concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto conforme a ley. 12. Someter a aprobación del Concejo Municipal Pro- vincial, dentro del primer trimestre del ejercicio presu- puestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance ge- neral y la memoria del ejercicio económico fenecido. 13. Proponer al Concejo Municipal Provincial la crea- ción, modificación, supresión o exoneración de contri- buciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del Concejo municipal, solicitar al Poder Legis- lativo la creación de los impuestos que considere nece- sarios. 14. Someter al Concejo Municipal Provincial la apro- bación del sistema de Gestión ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional. 15. Informar al Concejo Municipal Provincial mensual- mente respecto al control de la recaudación de los ingre- sos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado. 16. Designar y cesar al gerente municipal y, a pro- puesta de éste, a los demás funcionarios de confianza. 17. Autorizar las licencias solicitadas por los funcio- narios y demás servidores de la municipalidad. 18. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones munici- pales con el auxilio de serenazgo y la Policía Nacional. 19. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y, las administrativas, en el gerente municipal. 20. Proponer al Concejo Municipal Provincial la reali- zación de auditorias, exámenes especiales y otros ac- tos de control. 21. Implementar, bajo responsabilidad, las recomen- daciones contenidas en los informes de auditoría inter- na. 22. Celebrar los actos y contratos necesarios para el ejercicio de sus funciones. 23. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaría, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipa- les. 24. Supervisar la recaudación municipal, el buen fun- cionamiento y los resultados económicos financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo de- legación al sector privado. 25. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia. 26. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los ser- vidores municipales de carrera. 27. Proponer al Concejo municipal provincial las ope- raciones de crédito interno y externo, conforme a ley. 28. Presidir el comité de defensa civil de su jurisdic- ción. 29. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes. 30. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo municipal provincial. 31. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único