Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2004 (18/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 18 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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En uso de las facultades conferidas por el numeral 8), del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO SENALADO EN EL ARTICULO MORDAZA, LITERAL I) DE LA ORDENANZA Nº 080-MSI Articulo Primero.- Prorroguese el plazo a que se contrae el Articulo 2º, literal i) de la Ordenanza Nº 080MSI de fecha 1 de junio de 2004, en cuarenta y cinco (45) dias habiles adicionales, con la finalidad de continuar con las labores relacionadas con la determinacion de la Capacidad Sostenible y el ordenamiento del comercio ambulatorio en el distrito, con el fin de garantizar el desenvolvimiento regular de los comerciantes en la via publica a autorizar. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de noviembre de 2004. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 20789

ma del Vaso de Leche en el distrito de San MORDAZA, es de 60 anos en el caso de los varones y 55 anos en el caso de las mujeres. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 20788

Autorizan viaje de asesor para participar en evento de capacitacion sobre desarrollo local que se realizara en Brasil
ACUERDO DE CONCEJO Nº 121-2004/MSI San MORDAZA, 9 de noviembre de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; y, CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Gerencia Municipal, a la MORDAZA de Curitiba en el Estado de MORDAZA de la Republica Federativa del Brasil, del 19 de noviembre al 3 de diciembre del ano 2004, para su participacion en el evento denominado Cuarta Gira Internacional de Capacitacion sobre el Desarrollo Local - "Logrando que suceda en las ciudades", teniendo en cuenta que el mismo se encuentra estrechamente ligado a las politicas de gestion municipal de esta Corporacion Edil; Que, es competencia del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que en comision de servicios o representacion de la Municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario, conforme lo establece el numeral 11º del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprobo las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en el que se fija las escalas de los montos para viaticos por zonas geograficas; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Gerencia Municipal, a la MORDAZA de Curitiba en el Estado de MORDAZA de la Republica Federativa del Brasil, del 19 de noviembre al 3 de diciembre del ano 2004, para su participacion en el evento denominado Cuarta Gira Internacional de Capacitacion sobre el Desarrollo Local - "Logrando que suceda en las ciudades". Articulo Segundo.- Autorizar los gastos de pasajes aereos (Lima - Sao MORDAZA - MORDAZA - Sao MORDAZA - Lima), por un monto de US$ 911.04 (NOVECIENTOS ONCE Y 04/100 DOLARES AMERICANOS); Tarifa de Corpac: US$ 29.00 (VEINTINUEVE Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Costo de Participacion: US$ 1,200.00 (UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y Viaticos: US$ 400.00 (CUATROCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo y a la Secretaria General su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 20899

Establecen edad de poblacion anciana con derecho a ser beneficiaria del Programa del Vaso de Leche en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 022-2004-ALC/MSI San MORDAZA, 16 de noviembre de 2004 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 6º de la Ley Nº 27470, los gobiernos locales dan cobertura a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche: ninos de 0 a 6 anos, madres gestantes y en periodo de lactancia, priorizando entre ellos la atencion a quienes presenten un estado de desnutricion o se encuentren afectados por tuberculosis. Asimismo, en la medida en que se cumpla con la atencion a la poblacion MORDAZA mencionada, se mantendra la atencion a los ninos de 7 a 13 anos, ancianos y afectados por tuberculosis; Que, la Resolucion Jefatural Nº 304-2001-INEI, aprobo la MORDAZA Tecnica sobre la remision de resumen del empadronamiento distrital de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche; Que, la referida resolucion establece que la edad de la poblacion anciana sera definida de acuerdo a las disposiciones municipales, emitidas por cada municipalidad provincial y distrital, vigentes a la fecha de dacion de la presente MORDAZA Tecnica; Que, por Acuerdo Nº 4 del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche en su sesion de fecha 26.7.04, se acordo que la edad de la poblacion anciana que cumpla con los requisitos para ser beneficiaria de este programa, es de 60 anos en el caso de los varones y 55 anos en el caso de las mujeres; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Unico.- Establecer que la edad de la poblacion anciana con derecho a ser beneficiaria del Progra-

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