Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2004 (27/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 27 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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La composicion y numero de integrantes del Consejo Nacional Transitorio, asi como el numero de integrantes del MORDAZA Electoral Nacional Transitorio y de los Comites Electorales Transitorios, estaran determinados en los respectivos reglamentos aprobados por la Comision Nacional Organizadora del Colegio Profesional. Setima.- La Comision Nacional Organizadora y los Comites Transitorios concluiran sus funciones cuando hayan quedado instalados oficialmente todos los Comites Electorales Transitorios. Octava.- La Comision Nacional Organizadora del Colegio Profesional de Relacionistas Publicos del Peru abrira una cuenta en el Banco de la Nacion denominada " Organizacion y Funcionamiento Inicial del Colegio Profesional de Relacionistas Publicos del Peru", estando facultada para girar sobre los fondos depositados en MORDAZA y que fueran necesarios para el cumplimiento de sus funciones y las de los Comites Transitorios. Las firmas autorizadas para tal fin seran las de su presidente y de dos miembros elegidos entre los demas componentes de la Comision, quienes deberan suscribir los documentos pertinentes en forma conjunta. Los Comites Transitorios, en sus respectivas jurisdicciones, deberan depositar en dicha cuenta los derechos de inscripcion y otros aportes que deban efectuar los Relacionistas Publicos para incorporarse al Colegio Profesional. La misma cuenta en el Banco de la Nacion sera asumida por el Comite Ejecutivo Nacional oficialmente instalado el 26 de setiembre de 2005. DISPOSICION FINAL Se incorpora el siguiente Codigo de Etica Profesional como parte integrante del Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Publicos del Peru: CODIGO DE ETICA PROFESIONAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PUBLICOS DEL PERU DECLARACION DE PRINCIPIOS NORMAS GENERALES Articulo 1º.- En su ejercicio, las Relaciones Publicas deben ofrecer por parte de sus profesionales una probada solvencia moral, una amplia formacion intelectual y un pleno dominio de los aspectos cientificos y tecnologicos inherentes a esta disciplina; de manera tal de estar en condiciones de ofrecer una contribucion especializada y altamente calificada al desarrollo social de las organizaciones. Articulo 2º.- La gestion profesional del Relacionista Publico tiene la responsabilidad de propiciar condiciones adecuadas para la integracion y la intercomunicacion efectiva de todos los sectores que constituyen el conjunto social, atendiendo para ello justas expectativas de los publicos y la satisfaccion de intereses reciprocos, respetando el pluralismo en las ideas compatibles con el bien comun, el libre albedrio dentro del MORDAZA de la Ley y las aspiraciones de desarrollo y bienestar. Articulo 3º.- El Relacionista Publico debera obrar subordinado a la verdad de los hechos y su causa, evitando asimismo la atencion o representacion de asuntos que puedan ofrecer competencia o conflicto entre si, como tambien encarar cualquier MORDAZA de labor cuyas consecuencias pudieran tener efectos negativos para el contexto social. Articulo 4º.- Se abstendra en sus funciones de afectar en cualquier medida el prestigio o perjudicar a otro profesional. Articulo 5º.- Debera preservar y defender el nivel profesional, especialmente a traves de una MORDAZA investigacion y capacitacion permanente. Articulo 6º.- El profesional de Relaciones Publicas, en el desempeno de sus funciones, velara por los intereses legitimos de la organizacion a la cual pertenece, ya

en forma directa o indirecta, garantizando en su labor una celosa reserva sobre la informacion a la que tiene acceso y un cuidadoso criterio en la disposicion de los elementos que pueda aportar ese conocimiento. Articulo 7º.- El desarrollo de la funcion de Relaciones Publicas con otras funciones conexas, se ajustara en todos los casos a la etica y responsabilidades de la profesion, debiendo cada relacionista proteger los propios intereses y respetar las correspondientes a otras expresiones. Articulo 8º.- El colegiado debera observar las normas de este Codigo de Etica Profesional. Las infracciones al mismo, por considerarse actos impropios, seran objeto de denuncia y sancionados de conformidad con el Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Publicos del Peru. 21570

Encargan al Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion funciones relativas a la Atencion a la Comunidad Educativa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0604-2004-ED MORDAZA, 24 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 0496-2004-ED, del 1 de octubre de 2004, se inicio el MORDAZA de descentralizacion del Centro de Atencion a la Comunidad Educativa - CACE a las Direcciones Regionales de Educacion de MORDAZA Metropolitana y de Callao y a sus respectivas Unidades de Gestion Educativa Local, para que desarrollen acciones de apoyo al procesamiento de quejas y denuncias, conciliacion y procesos administrativos disciplinarios; Que, posteriormente, mediante Resolucion Ministerial Nº 603-2004-ED, se preciso que el MORDAZA de descentralizacion del Centro de Atencion a la Comunidad Educativa - CACE a que se refiere la MORDAZA senalada anteriormente, debe ser entendido como un MORDAZA de desconcentracion de funciones, en el ambito jurisdiccional de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana y de Callao; Que, en ese sentido y a fin de viabilizar el MORDAZA de desconcentracion de funciones MORDAZA mencionado, resulta necesario dar por concluida la designacion del Coordinador del Centro de Atencion a la Comunidad Educativa - CACE; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA A. Carmelino MORDAZA, como Coordinador del Centro de Atencion a la Comunidad Educativa - CACE, cargo considerado de confianza, a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 0694-2003-ED. Articulo 2º.- Encargar al senor MORDAZA Sierralta MORDAZA, Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion, dependiente del Viceministerio de Gestion Institucional, las funciones relativas a la Atencion a la Comunidad Educativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 21497

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