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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (27/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 281151 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 2004 La composición y número de integrantes del Consejo Nacional Transitorio, así como el número de integrantesdel Jurado Electoral Nacional Transitorio y de los Comi- tés Electorales Transitorios, estarán determinados en los respectivos reglamentos aprobados por la ComisiónNacional Organizadora del Colegio Profesional. Sétima.- La Comisión Nacional Organizadora y los Comités Transitorios concluirán sus funciones cuandohayan quedado instalados oficialmente todos los Comi- tés Electorales Transitorios. Octava.- La Comisión Nacional Organizadora del Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú abrirá una cuenta en el Banco de la Nación denomina- da “ Organización y Funcionamiento Inicial del ColegioProfesional de Relacionistas Públicos del Perú”, es- tando facultada para girar sobre los fondos deposita- dos en ella y que fueran necesarios para el cumpli-miento de sus funciones y las de los Comités Transi- torios. Las firmas autorizadas para tal fin serán las de su presidente y de dos miembros elegidos entre losdemás componentes de la Comisión, quienes debe- rán suscribir los documentos pertinentes en forma conjunta. Los Comités Transitorios, en sus respectivas juris- dicciones, deberán depositar en dicha cuenta los dere- chos de inscripción y otros aportes que deban efectuarlos Relacionistas Públicos para incorporarse al Colegio Profesional. La misma cuenta en el Banco de la Nación será asu- mida por el Comité Ejecutivo Nacional oficialmente insta- lado el 26 de setiembre de 2005. DISPOSICIÓN FINAL Se incorpora el siguiente Código de Ética Profesional como parte integrante del Estatuto del Colegio Profesio- nal de Relacionistas Públicos del Perú: CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL COLEGIO PROFESIONAL DE RELACIONISTAS PÚBLICOS DEL PERÚ DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS NORMAS GENERALES Artículo 1º.- En su ejercicio, las Relaciones Públicas deben ofrecer por parte de sus profesionales una pro- bada solvencia moral, una amplia formación intelectual y un pleno dominio de los aspectos científicos y tecnológi-cos inherentes a esta disciplina; de manera tal de estar en condiciones de ofrecer una contribución especializa- da y altamente calificada al desarrollo social de las orga-nizaciones. Artículo 2º.- La gestión profesional del Relacionis- ta Público tiene la responsabilidad de propiciar condi-ciones adecuadas para la integración y la intercomu- nicación efectiva de todos los sectores que constitu- yen el conjunto social, atendiendo para ello justas ex-pectativas de los públicos y la satisfacción de intere- ses recíprocos, respetando el pluralismo en las ideas compatibles con el bien común, el libre albedrío dentrodel marco de la Ley y las aspiraciones de desarrollo y bienestar. Artículo 3º.- El Relacionista Público deberá obrar subordinado a la verdad de los hechos y su causa, evi- tando asimismo la atención o representación de asuntos que puedan ofrecer competencia o conflicto entre sí,como también encarar cualquier tipo de labor cuyas con- secuencias pudieran tener efectos negativos para el contexto social. Artículo 4º.- Se abstendrá en sus funciones de afec- tar en cualquier medida el prestigio o perjudicar a otro profesional. Artículo 5º.- Deberá preservar y defender el nivel profesional, especialmente a través de una constante investigación y capacitación permanente. Artículo 6º.- El profesional de Relaciones Públicas, en el desempeño de sus funciones, velará por los intere- ses legítimos de la organización a la cual pertenece, yaen forma directa o indirecta, garantizando en su labor una celosa reserva sobre la información a la que tieneacceso y un cuidadoso criterio en la disposición de los elementos que pueda aportar ese conocimiento. Artículo 7º.- El desarrollo de la función de Relacio- nes Públicas con otras funciones conexas, se ajustará en todos los casos a la ética y responsabilidades de la profesión, debiendo cada relacionista proteger los pro-pios intereses y respetar las correspondientes a otras expresiones. Artículo 8º.- El colegiado deberá observar las nor- mas de este Código de Ética Profesional. Las infraccio- nes al mismo, por considerarse actos impropios, serán objeto de denuncia y sancionados de conformidad conel Estatuto del Colegio Profesional de Relacionistas Pú- blicos del Perú. 21570 Encargan al Jefe de la Oficina de Apo- yo a la Administración de la Educa-ción funciones relativas a la Atencióna la Comunidad Educativa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0604-2004-ED Lima, 24 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0496-2004-ED, del 1 de octubre de 2004, se inició el proceso dedescentralización del Centro de Atención a la Comuni- dad Educativa - CACE a las Direcciones Regionales de Educación de Lima Metropolitana y de Callao y a susrespectivas Unidades de Gestión Educativa Local, para que desarrollen acciones de apoyo al procesamiento de quejas y denuncias, conciliación y procesos administra-tivos disciplinarios; Que, posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº 603-2004-ED, se precisó que el proce-so de descentralización del Centro de Atención a la Comunidad Educativa - CACE a que se refiere la nor- ma señalada anteriormente, debe ser entendido comoun proceso de desconcentración de funciones, en el ámbito jurisdiccional de la Dirección Regional de Edu- cación de Lima Metropolitana y de Callao; Que, en ese sentido y a fin de viabilizar el proceso de desconcentración de funciones antes mencionado, re- sulta necesario dar por concluida la designación delCoordinador del Centro de Atención a la Comunidad Educativa - CACE; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor César A. Carmelino Herrera, como Coordinador del Centro de Atención a la Comunidad Educativa - CACE,cargo considerado de confianza, a que se refiere la Re- solución Ministerial Nº 0694-2003-ED. Artículo 2º.- Encargar al señor Ramiro Sierralta Ti- neo, Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional, las funciones relativas a la Atención a laComunidad Educativa. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 21497