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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (01/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 49

PÆg. 277455 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 2004 sarios para el viaje de la paciente María Nela Murillo Mo- rón. 3. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento de la Contraloría General de la República lapresente Resolución, dentro del plazo establecido por la ley. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 5. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 17648 SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 795-PE-ESSALUD-2004 Lima, 22 de setiembre del 2004 VISTAS:Las Cartas Nºs. 2726, 4827 y 5711-GDP-ESSALUD- 2004, presentadas por la Gerencia de División de Presta-ciones para que se exonere del correspondiente proceso de selección la contratación de los servicios de un centro asistencial altamente especializado del extranjero para laatención asistencial de la paciente Basílica Requejo To- rres, derechohabiente del afiliado Julio Rafael Ormeño Yap, así como la Carta Nº 3908-OCAJ-ESSALUD-2004 de laOficina Central de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud- ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de pres- taciones de prevención, promoción, recuperación y rehabili-tación, y prestaciones económicas y sociales, que corres- ponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Técnico-Médico que susten- ta la exoneración solicitada, la paciente Basílica Requejo Torres presenta un diagnóstico de Secuela Quirúrgica deCadera Artrósica Izquierda: Artroplastía de Resección, Neu- ropatía Leve de Nervio Tibial Posterior Izquierdo, por lo que existe la necesidad de contratar los servicios asistencialesespecializados de un centro asistencial para el Tratamiento de Revisión de Artroplastía de Cadera Izquierda con Injerto de Hueso Heterólogo que requiere la paciente; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exo- nerar de la realización de un Concurso Público o Adjudica- ción Directa en caso de servicios personalísimos; Que, de lo señalado en el Informe Técnico-Médico que sustenta la exoneración se desprende que, si bien el Trata- miento de Revisión de Artroplastía de Cadera Izquierda conInjerto de Hueso Heterólogo, solamente se brinda en el ex- tranjero, por más de un centro asistencial, Doctors Hospital de Miami - USA, es una institución médica altamente espe-cializada que cuenta con una amplia variedad de servicios quirúrgicos incluyendo Cirugía Ortopédica y Traumatológica, lo cual le permite tener un alto grado de capacidad resolutivaen lo que respecta a patologías altamente complejas de Orto- pedia y Traumatología incluyendo las más complejas de Ca- dera, constituyendo así un centro de referencia Americano yMundial para el manejo de este tipo de patologías, caracterís- ticas que califican al mencionado Centro Asistencial como especial en brindar dichos servicios como personalísimos; Que, asimismo, conviene señalar que el valor referen- cial total es de US$ 38,575.00 o su equivalente en nuevos soles, debiendo considerarse el costo del traslado de lapaciente, lo que implica la adquisición de pasajes aéreos - ida y vuelta al país del centro asistencial- así como una bolsa de viaje para la paciente;Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, re-sulta procedente aprobar la exoneración de la Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de los servicios de Doctors Hospital de Miami - USA, para que brinde las aten-ciones asistenciales extrainstitucionales a la paciente Ba- sílica Requejo Torres, derechohabiente del afiliado Julio Rafael Ormeño Yap; así como la adquisición de los pasa-jes (ida y vuelta) y el correspondiente otorgamiento de la bolsa de viaje para la paciente; Que, en la contratación de los servicios ya indicados deberá observarse las normas de austeridad y racionali- dad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitaciones presupuestales de la Entidad, por lo que el costo de la con-tratación de los referidos servicios no debe exceder del valor referencial que se apruebe para tal efecto; Que, mediante Opinión Nº 031-2003 (GTN) la Geren- cia Técnico Normativa del Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, ha señalado que en aplicación del principio de competencia funcional y territo-rial de las normas, si el proveedor con el que se desea contratar es un extranjero no domiciliado en el país, será aplicable la Ley del lugar o país en que se celebre dichoacto, para lo cual bastará obtener por cualquier medio una cotización que cumpla con las exigencias para la contrata- ción; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, la exoneración debe ser apro- bada por resolución del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, en concordancia con lo señalado por el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, el Presidente Ejecutivo es la más alta autori- dad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupues-tal, por lo que le corresponde aprobar la mencionada exo- neración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titu- lar de la Entidad determinará la dependencia u órgano quese encargará de realizar la contratación exonerada; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración de la Adjudicación Direc- ta Selectiva para la contratación de los servicios de Doc- tors Hospital de Miami - USA, con la finalidad de que reali- ce el Tratamiento Revisión de Artroplastía de Cadera Iz-quierda con Injerto de Hueso Heterólogo a la paciente Ba- sílica Requejo Torres, derechohabiente del afiliado Julio Rafael Ormeño Yap, por un valor referencial total de US$38,575.00 o su equivalente en nuevos soles, así como la adquisición de los correspondientes pasajes y el otorga- miento de la bolsa de viaje para la paciente, con cargo arecursos propios: Fondo de Salud: Fondo Financiero 002601: Atenciones al Exterior. 2. ENCARGAR a la Gerencia de División de Adminis- tración y Organización la realización de los actos respecti- vos para la contratación exonerada y aquellos actos nece- sarios para el viaje de la paciente Basílica Requejo Torres. 3. DISPONER que la Secretaría General haga de cono- cimiento de la Contraloría General de la República la pre- sente Resolución, dentro del plazo establecido por la ley. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 5. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 17649