Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2004 (07/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de octubre de 2004

La solicitud presentada por la senora MORDAZA MORDAZA Nepo MORDAZA de Vegas para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de MORDAZA del 2004, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 02-2004-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la senora MORDAZA MORDAZA Nepo MORDAZA de Vegas, con matricula Nº N-3690 en el Registro del Sistema de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de MORDAZA, que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 17935

sentar a esta Superintendencia la documentacion que sustenta el uso de locales compartidos; Estando a lo opinado por el Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "A" mediante Informe Nº 179-2004-ISA; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 33º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y modificatorias, la Circular Nº S-609-2004 y la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a Generali Peru Compania de Seguros y Reaseguros, el uso de locales compartidos con la empresa Total Artefactos S.A., con el fin de comercializar el SOAT en las siguientes tiendas La Curacao: - MORDAZA de la Union Nºs. 638-646, distrito del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. - Av. MORDAZA MORDAZA Nº 135, esquina con la Av. MORDAZA Nº 2675, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. - Av. La MORDAZA Nº 2255, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. - Centro Comercial Jockey Plaza Shopping Center, Tienda 134-a, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. - Asociacion Porvenir Vitarte, Mz. A, Lote 14, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima. - Av. MORDAZA MORDAZA Nº 119, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. - Av. San MORDAZA Nºs. 1156-1156/A, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima. - Av. MORDAZA MORDAZA Yzaguirre Nº 433, distrito Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima. - Av. Proceres de la Independencia Nº 1815, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. - Av. MORDAZA Pena Nºs. 480-482, distrito de Callao, Provincia Constitucional del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 17908

Autorizan a Generali Peru Compania de Seguros y Reaseguros el uso de locales compartidos en las provincias de MORDAZA y Callao
RESOLUCION SBS Nº 1636-2004 San MORDAZA, 30 de setiembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Generali Peru Compania de Seguros y Reaseguros, para que se le autorice el uso de locales compartidos con la empresa Total Artefactos S.A., con el fin de comercializar el SOAT en algunas tiendas La Curacao, las mismas que se encuentran ubicadas en: el MORDAZA de la Union Nºs. 638 - 646, distrito del Cercado de Lima; Av. MORDAZA MORDAZA Nº 135, esquina con la Av. MORDAZA Nº 2675, distrito de San Isidro; Av. La MORDAZA Nº 2255, distrito de San Miguel; Centro Comercial Jockey Plaza Shopping Center, Tienda 134-a, distrito de MORDAZA de Surco; Asociacion Porvenir Vitarte, Mz. A, Lote 14, distrito de Ate Vitarte; Av. MORDAZA MORDAZA Nº 119, distrito de Miraflores; Av. San MORDAZA Nºs. 1156 - 1156/A, distrito de San MORDAZA de Miraflores; Av. MORDAZA MORDAZA Yzaguirre Nº 433, distrito de Los Olivos; Av. Proceres de la Independencia Nº 1815, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, todos dentro de la provincia y el departamento de MORDAZA, y en Av. MORDAZA Pena Nºs. 480-482, distrito de Callao, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del numeral 6.2 de la Circular SBS Nº S-609-2004, la empresa solicitante ha cumplido con pre-

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran infundadas demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra diversos articulos de la Ley Nº 28046 que crea el fondo y la contribucion solidaria para asistencia previsional
EXPEDIENTES N.os 001-2004-AI/TC y 002-2004-AI/TC (ACUMULADOS) MORDAZA MAS DE 5,000 CIUDADANOS SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En MORDAZA, a los 27 dias del mes de setiembre del ano 2004, el Tribunal Constitucional en sesion de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los senores magistrados MORDAZA Orlandini, Presidente; Bardelli Lartirigoyen, Vicepresidente; Revoredo Marsano, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Toma, pronuncia la siguiente sentencia con los fundamentos singulares de los Magistrados Bardelli Lartirigoyen, Revoredo Marsano y MORDAZA Ojeda. MORDAZA Acciones de inconstitucionalidad interpuestas por don MORDAZA MORDAZA Repetto Grand y por don MORDAZA MORDAZA Vizcardo Otazo, cada uno en representacion de mas de 5,000 ciudadanos con firmas debidamente certificadas, contra diversos articulos de la Ley N.º 28046, que crea el fondo y la contribucion solidaria para la asistencia previsional.

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