Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (25/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 78

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G30/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 25 de setiembre de 2004 - Pflucker Marroquin Carmela - Ramírez Becerra César Fidencio- Rivera Barrientos Mario Víctor - Rodríguez Campana Guillermo - Rubio Mendoza Carla Lizbeth- Salhuana Marchena María Victoria - Sánchez Jaramillo Samuel Antonio - Sánchez Soto Yemsi Rober- Sánez Galarza José Freddy - Tafur Jiménez Dante Jesús - Torres García José Gabriel Francisco- Urteaga Goldstein Clara Rossana - Valdivia Villanueva Javier Raúl - Valencia Málaga Jorge Leonardo- Vergara León Benjamín - Vilela Proaño José Luis - Yance Maguiña Marcial Edgar- Zavala Hidalgo Consuelo Stella - Zuazo Rocha Olga María del Carmen - Zúñiga Benavente Aníbal Martín Artículo 2º.- Las personas indicadas en el artículo anterior podrán, actuando individual e indistintamente, representar y/o defender a la SUNAT y a sus trabajado- res que sean emplazados por el ejercicio de sus funcio-nes, ante cualquier autoridad policial, política, adminis- trativa y/o judicial, con las facultades y atribuciones si- guientes: a) En materia administrativa y contencioso admi- nistrativa: Interponer y contestar demandas, reconveniry contestar reconvenciones, conciliar, prestar confesión, reconocer y exhibir documentos, recibir consignaciones judiciales o cualquier documento de pago o de garantíaa favor de SUNAT, y en general, presentar todo tipo de peticiones, recursos y similares. b) En materia arbitral: formular pretensiones, y en ge- neral, presentar y contestar todo tipo de peticiones, re- cursos y similares. c) En materia civil: Interponer y contestar demandas, reconvenir y contestar reconvenciones, comparecer en los procesos civiles, asistir a las audiencias, conciliar, prestar declaración de parte, reconocer y exhibir docu-mentos, recibir consignaciones judiciales o cualquier documento de pago o de garantía a favor de la SUNAT, y en general, presentar todo tipo de peticiones, recursos ysimilares. d) En materia constitucional: Interponer y contestar demandas, y en general, presentar todo tipo de peticio-nes, recursos y similares. e) En materia laboral: Interponer y contestar deman- das, reconvenir y contestar reconvenciones, compare-cer en los procesos laborales, asistir a las audiencias, conciliar, prestar declaración de parte, reconocer y ex- hibir documentos, asistir a diligencias investigatorias,recibir consignaciones judiciales o cualquier documento de pago o de garantía a favor de la SUNAT, y en general, presentar todo tipo de peticiones, recursos y similares. f) En materia penal: Interponer denuncias, constituirse en parte civil, rendir manifestaciones, recibir consigna- ciones judiciales o cualquier documento de pago o degarantía a favor de la SUNAT, y en general, presentar todo tipo de peticiones, recursos y similares. Artículo 3º.- El Intendente de Principales Contribu- yentes Nacionales, los Intendentes Regionales, los In- tendentes de Aduanas, los Jefes de Oficinas Zonales,los Jefes de División de Reclamos de las Intendencias Regionales, los Jefes de Sección de Reclamos de las Oficinas Zonales y los Jefes de División y Departamentode Asesoría Legal de las Intendencias de Aduanas, o quienes hagan sus veces, tienen la condición de representantes y están premunidos de las facultadesmencionadas en el artículo precedente, dentro del ámbi- to donde ejercen sus funciones y en casos que corres- pondan a aspectos de su competencia funcional. Artículo 4º.- El Gerente de Reclamos de la Intenden- cia de Principales Contribuyentes Nacionales, el Geren- te de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores de laIntendencia Nacional de Técnica Aduanera, el Gerente de Fiscalización de la Intendencia de Fiscalización y Ges- tión de Recaudación Aduanera y el Jefe de la Oficina deAsuntos Contenciosos de la Intendencia de Prevencióndel Contrabando y Control Fronterizo, tienen la condi- ción de representantes premunidos de las facultades y atribuciones mencionadas en el inciso a) del Artículo 2º, referidas al proceso contencioso-administrativo, dentrodel ámbito donde ejercen sus funciones y en casos que correspondan a aspectos de su competencia funcional. Artículo 5º.- Designar como representantes de la SU- NAT con las facultades que se mencionan en el inciso a) del Artículo 2º de la presente Resolución, dentro del ám- bito donde ejercen sus funciones y en casos que co-rrespondan a aspectos de su competencia funcional, a las siguientes personas: - Acosta Salazar Cecilia Jacqueline - Aguilar Varillas Luis Alberto- Alarcón Ramírez César Hilario- Alarcón Solís Edith- Albarrán Burgos Eliot Maximiliano- Allemant Tejeda Luis Pedro- Alocen Loayza Said Alejandro- Arancibia Guevara Johnny- Asencios Angulo Renato Augusto- Barco Rondán José Carlos- Bernuy Núñez Gustavo Ricardo- Caballero Caballero Javier Alonso- Calle Cama Mario Javier- Canlla Valenzuela Ruben- Chaupijulca Linares Marco Antonio- Chávez Cristóbal Jorge Alfredo- Cortez Quispe Linda- Cuba Echevarria Rubén Jorge- Di Liberto Moreno Oscar Guido- Franco Guevara Samuel Gabino- Fry Menache Sara Nelly del Pilar- García Acevedo Armando- García Lucich Liliana Iris- Gomez Sánchez Rafael Blas- Gonzales Montoro Juan Carlos- Horna Arteaga Juan Marcelo- Hurtado Chorrillos Gudrun Laura- Hurtado Custodio María Lourdes- Linares Huamán Karim Katyuska- Málaga Portocarrero Carlos Alfredo- Mamani Mejicano Abel- Mansilla Ugarte Miguel Ángel- Miraval Gambini Lucy Edith- Mollinedo Catunta Maritza- Naraza Jiménez Yaniret- Navarro Oropeza Jorge Luis- Nuñez Mariluz Flor Elizabeth- Pacheco Tantalean Walter Percy Martín- Pajares Gómez Héctor David- Pereira Luza Carlos Alberto- Pérez Añorga José Luis- Pinto Muñoz Jaime Reynaldo- Quiñones Duran Milldred María- Quiroz Murillo Ana Cecilia- Rosas Otárola Patricia Milagros- Ruiz Marticorena Erika Pamela- Salerno Matute Fiorella Cecilia- Sánchez Torres Jorge Luis- Santana López Guadalupe Violeta- Silva Soza Gustavo Francisco- Simón Marcelo María Rosa- Solari Villamares Roberto Máximo- Soto Montejos Johnny- Tejada Gutiérrez Juan Hugo- Vega De Paz José Antonio- Vela Núñez Richard- Vela Reategui Cenes- Velazco Lévano Walter Javier- Villacorta Barrionuevo Félix Enrique- Yurivilca León Paco Américo Artículo 6º.- Para proceder al reconocimiento de la demanda, allanamiento, transacción judicial y desistimiento, los representantes indicados en los Artículos 1º, 3º, 4º y 5º