Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2005 (09/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2005

- La no verificacion del comportamiento crediticio del Responsable de Pago y del Garante (Infocorp, SUNAT, RENIEC). - La no supervision del MORDAZA de otorgamiento de los creditos educativos. - La documentacion se encuentra legalizada por MORDAZA MORDAZA GIAMIL MORDAZA MORDAZA, Gerente General de SEGSA ORIENTE S.A.C., cuando por la naturaleza de los documentos correspondia certificar su autenticidad al Notario Publico. - No observar irregularidades en las firmas estampadas en los documentos del expediente y el D.N.I., que en muchos de los casos difieren. - No haber cautelado el destino del credito para que este sea invertido exclusivamente en las acciones que corresponde a cada MORDAZA de credito, de conformidad con el articulo 16º del Reglamento de Credito. - Otorgamiento de 30 creditos mas (mayo y junio del ano 2003), conociendo el estado de morosidad en que se encontraban los trabajadores de la Empresa SEGSA ORIENTE S.A.C., con respecto al incumplimiento de los pagos de los 27 primeros creditos otorgados. b) Incumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Credito Educativo y Reglamento de Cobranza de Credito Educativo, tales como: - No aplicacion de penalidades como gastos administrativos y moras a los creditos, cuyos atrasos eran mayores a los 30 dias de haberse otorgado. - No haber cumplido con los articulos 10º, 11º y 12º del Reglamento de Cobranza del INABEC, sobre el procedimiento de cobranza administrativa. - Omision de los requerimientos senalados en los articulos 10º, 11º, 12º, 13º y 14º del Reglamento de Cobranza de Credito Educativo del INABEC, sobre el mismo procedimiento de cobranza, poniendo en riesgo los fondos del Tesoro Publico que debieron recuperarse oportunamente. - Negligencia al no haber informado el no pago de los trabajadores de la Empresa SEGSA ORIENTE S.A.C. a la Alta Direccion, a fin de tomar acciones en funcion del Convenio suscrito. c) Omision al no haber informado u observado el otorgamiento irregular del Credito Educativo de MORDAZA ADI MORDAZA MORDAZA o EDI MORDAZA MORDAZA, asi como en la modificacion irregular de sus datos personales que se hicieron en el Sistema de Credito - SISCRE del INABEC, tales como: - Cambio en los datos personales del Responsable de Pago (Nombres y Apellidos). - Cambio en la direccion del domicilio del Responsable de Pago. Hechos realizados MORDAZA de cobrar el cheque y luego de cobrado el cheque, es decir, se efectuo MORDAZA cambio en los datos personales y en la direccion del Responsable de Pago. Que, en el presente caso se trata de establecer la responsabilidad administrativa del ex funcionario MORDAZA MORDAZA ALBUJAR MORDAZA, por el incumplimiento de sus deberes de funcion; Que, los hechos anteriormente descritos estan tipificados en los incisos a), d), f) y j) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, conforme con los articulos 165º y 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, regulada por el Decreto Legislativo Nº 276, es potestad de esta Jefatura Institucional emitir la Resolucion correspondiente instaurando el MORDAZA administrativo disciplinario; Estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABEC; SE RESUELVE: Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al ex funcionario del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, MORDAZA MORDAZA ALBUJAR MORDAZA, ex Director de Credito Educativo por los cargos que se detallan en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- DISPONER que la Comision Especial de

Procesos Administrativos Disciplinarios del INABEC, proceda a notificar la presente Resolucion al ex funcionario procesado, para que en el plazo no mayor de cinco dias, contados a partir del dia siguiente de su notificacion, presente el descargo y las pruebas que crea conveniente a su defensa conforme a los articulos 168º y 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Oficina de Administracion y Oficina de Control Institucional. Cuarto.- REMITIR la presente Resolucion y todo lo actuado a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABEC, para que prosiga el tramite conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo 06873

INDECOPI
Interpretan alcances y restricciones de funciones ejercidas por autoridades de la Junta de Acreedores y el Comite de Acreedores contenidas en los articulos 51º, 54º y 56º de la Ley General del Sistema Concursal
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCION Nº 0329-2005/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 003-2004/PROCEDIMIENTO SANCIONADOR-CCO-ODI-LAL PROCEDENCIA : COMISION DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD PRIVADA MORDAZA ORREGO DE LA MORDAZA (LA COMISION) DEUDOR : INSTITUTO DE OJOS, OIDOS, NARIZ Y GARGANTA DE MORDAZA S.A. EN LIQUIDACION (INSTITUTO DE OJOS Y OIDOS) DENUNCIADO : BKV & ASOCIADOS CONSULTORIA DE GESTION Y NEGOCIOS S.A.C. (BKV & ASOCIADOS) DENUNCIANTE : JANNET MORDAZA MORDAZA MORDAZA (SENORA ARROYO) MATERIA : DERECHO CONCURSAL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE ENTIDAD LIQUIDADORA SANCION ADMINISTRATIVA FRAUDE A LA LEY PAGO DE RETRIBUCIONES A AUTORIDADES DE LA JUNTA DE ACREEDORES Y COMITE DE ACREEDORES PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA ACTIVIDAD : SERVICIOS MEDICOS Y ODONTOLOGICOS Y OTROS SERVICIOS DE SANIDAD

SUMILLA: en el procedimiento sancionador seguido de oficio por la Comision Delegada de Procedimientos Concursales en la Universidad Privada MORDAZA Orrego de La MORDAZA contra BKV & Asociados Consultoria de Gestion y Negocios S.A.C. sobre incumplimiento de sus obligaciones como entidad liquidadora de Instituto de Ojos, Oidos, Nariz y Garganta de MORDAZA S.A., la Sala ha resuelto revocar la Resolucion Nº 872-2004/CCO-ODILAL emitida el 24 de noviembre de 2004 por la Comision,

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