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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (26/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G32/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de agosto de 2005 por el Banco de la Nación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito; Que, mediante Ley Nº 28500 de fecha 26.ABR.2005, se modificó el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referido a las Transferencias Financieras entre entidades del SectorPúblico, señalándose que son consideradas tambiéntransferencias financieras las que realizan, entre otros, elINDECI, el cual en el marco de sus funciones y finesestablecidos por su norma de creación o regulación, transfiere fondos públicos a otras entidades del Sector Público, aprobando las referidas transferencias financierasmediante Resolución del Titular del Pliego, que seránobligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano,con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Que, asimismo se señala que estas transferencias serán financiadas, entre otros, con cargo a los recursosincorporados conforme a lo que señala la Ley Anual deEquilibrio Financiero del Sector Público, por lo quehabiéndose incorporado mediante Decreto Supremo Nº 101-2005-EF recursos suficientes de la Línea de Crédito, es necesario aprobar la Transferencia Financiera deRecursos a favor del Gobierno Regional de Apurímac, concargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario,permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacióna favor del INDECI, hasta por el monto de UN MILLON QUINIENTOS VEINTE MIL DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1’520,010.00) para la ejecución de los Proyectosseñalados en el Anexo 01 adjunto; Que, conforme al Memorandum del Visto y al artículo 13º, literal b) del Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, que establece que el Sub Jefe asumirá laJefatura del INDECI en los casos de ausencia del JefeInstitucional; Con las visaciones de las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y Administración y DirecciónNacional de Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28562, Ley Nº 28500, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley 28426 - Ley de Equilibrio Financierodel Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,Ley Nº 28382, Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto y en uso de las atribucionesconferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del GobiernoRegional de Apurímac, con cargo a los recursosprovenientes del crédito extraordinario, permanente yrevolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor delINDECI, hasta por un monto de UN MILLON QUINIENTOS VEINTE MIL DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’520,010.00) para la ejecución de los Proyectosseñalados en el Anexo 01 que forma parte de la presenteResolución. Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales la coordinación correspondiente parala suscripción del respectivo Convenio o Addenda entre elINDECI y el Gobierno Regional de Apurímac para el control,seguimiento y monitoreo de ejecución y cumplimiento de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General delINDECI, publique la misma en el Diario Oficial El Peruano yremita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regionalde Apurímac, las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y Administración y Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS GARCÍA MIRÓ PESCHIERA Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa CivilINDECI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G64/G65 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G70/G75/G72/GED/G6D/G61/G63/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 256-2005-INDECI 18 de agosto del 2005 Visto: el Memorándum Nº 494-2005-INDECI/1.0 del 15.AGO.2005, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atenciónde Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origennatural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que seencuentren en peligro inminente o afectados por desastresde gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por elBanco de la Nación al INDECI al amparo del DecretoLegislativo Nº 442, modificado por el Decreto de UrgenciaNº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea deCrédito se destinarán para realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a lapoblación, ejecutar acciones de rehabilitación de lainfraestructura pública para recuperar los niveles que losservicios básicos tenían antes de la ocurrencia de undesastre; y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al PoderEjecutivo para que mediante decreto supremo refrendadopor el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, incorpore, cuando sea necesario, previo informefavorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público,los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos porOperaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes dela Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, en Segunda Sesión de fecha 13.JUL.2005, la CMPAD aprobó los Proyectos señalados en Anexo 01adjunto a la presente Resolución, por el monto de UNMILLON QUINIENTOS VEINTE MIL DIEZ Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 1’520,010.00), incluidos en el “Programa de Prevención y Rehabilitación 2005” y evaluados por el INDECI y la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público del Ministeriode Economía y Finanzas (DGPMSP-MEF); Que, mediante Oficio Nº 1287-2005-EF/68.01 de fecha 16.AGO.2005, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas determinó la elegibilidad de las Fichas Técnicascorrespondientes a los Proyectos presentados por elGobierno Regional de Apurímac, por el monto de UNMILLON QUINIENTOS VEINTE MIL DIEZ Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 1’520,010.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 101-2005-EF, publicado en el diario oficial El Peruano el día 10.AGO.2005,se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2005, Pliego 006INDECI, la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOSNOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4’ 397 665,00), correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursospor Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientesdel crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado