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PÆg. 305519 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de diciembre de 2005 interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el artículo 32.3 dela Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 9º.- WAYRA PERU S.A.C., deberá constituir la garantía global que establece el artículo 93º de la LeyNº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los artículos199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 10º.- WAYRA PERU S.A.C. deberá presentar cada año el Balance de Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo deCaja proyectado para el año siguiente. Artículo 11º.- WAYRA PERU S.A.C. queda obligada a cumplir dentro de los plazos señalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 12º.- WAYRA PERU S.A.C. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 13º.- El Permiso de Operación que por la presente Resolución Directoral se otorga a WAYRA PERU S.A.C., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley deAeronáutica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronáuticas del Perú; y, demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte estaDirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 18967 Modifican resolución que otorgó permiso de operación de aviacióncomercial a Wayra Perœ S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 199-2005-MTC/12 Lima, 28 de octubre del 2005 Vista la solicitud de la empresa WAYRA PERU S.A.C., sobre Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 0200-2004- MTC/12 del 15 de diciembre del 2004 se otorgó a la empresa WAYRA PERU S.A.C., Permiso de Operaciónde Aviación Comercial - Servicio de Transporte Aéreo Nacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del 8 de enerodel 2005; Que, en el presente trámite de Modificación de Permiso de Operación, la empresa WAYRA PERU S.A.C. solicitaincrementar su material aeronáutico y rutas, a los ya autorizados; Que, según los términos de la Memoranda Nº 703- 2005-MTC/12.AL, Nº 809-2005-MTC/12.AL y Nº 874- 2005-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil; MemorandaNº 2496-2005-MTC/12.04 y Nº 2826-2005-MTC/ 12.04, emitidos por la Dirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado, al habercumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legalesvigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaracionesjuradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lodispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/oaeródromos privados podrán ser utilizadas previa autorización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos deVuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorablede las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 0200-2004-MTC/12 del 15 de diciembre del 2004, que otorgó a la empresa WAYRA PERU S.A.C. Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo RegularNacional de pasajeros, carga y correo, a fin de incrementar el material aeronáutico y rutas a los ya autorizados, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: (Adicional a lo autorizado) - Boeing 757-200. RUTAS Y FRECUENCIAS: (Adicional a lo autorizado) - Lima - Cuzco - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Arequipa - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Ayacucho - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Chiclayo - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Piura - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Tumbes - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Cajamarca - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Iquitos - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Pucallpa - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Puerto Maldonado - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Yurimaguas - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Anta - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Andoas - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Andahuaylas - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Chachapoyas - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Ilo - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Jauja - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Talara - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Trujillo - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. - Lima - Tacna - Lima, y/o vía puntos intermedios, una (1) frecuencia mínima semanal. Artículo 2º.- Modificar el artículo 7º de la Resolución Directoral Nº 0200-2004-MTC/12 del 15 de diciembredel 2004, de acuerdo a lo siguiente: