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PÆg. 306213 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de diciembre de 2005 Que, de conformidad con los documentos registrales que sustentan la solicitud, cuyas copias obran en el Expediente, Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A. resulta siendo la nueva titular del bloque patrimonial constituido por los activos, pasivos, derechos y obligaciones correspondientes a la actividades de generación de la Central Hidroeléctrica San Antonio, razón por la cual, procede aprobar a favor de Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A. la transferencia de la autorización; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con lo establecido en la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 269-2005-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, a favor de Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A., la transferencia de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica San Antonio, otorgada originariamente mediante Resolución Ministerial Nº 355-2000-EM/VME publicada el 16 de setiembre de 2000, quien asume todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y por cuenta del interesado, dentro de cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 21085 JUSTICIA Autorizan funcionamiento del Centro de Asistencia Legal Gratuita en el distrito de Ayacucho, provincia deHuamanga RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 482-2005-JUS Lima, 13 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Justicia tiene por finalidad velar por la vigencia del imperio de la ley, el derecho y la justicia, correspondiéndole promover una eficiente y pronta administración de justicia, vinculando al Poder Ejecutivo con el Poder Judicial, el Ministerio Público y otras entidades, siendo sus funciones el centralizar, coordinar, asesorar y promover la tutela y vigencia de los Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 323-2004- JUS, publicada el 20 de julio de 2004, el Ministerio de Justicia dispuso la implementación de los Centros de Asistencia Legal Gratuita - "ALEGRA" en todo el territorio nacional, a través de los cuales se brindarán integralmente, mediante una única organización, los servicios de justicia de Defensoría de Oficio, Consultorio Jurídico Popular y Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito, permitiendo servicios de calidad y mayor acceso a la justicia; Que, estando prevista la implementación de estos Centros en diversos lugares de la República, entre ellos en la provincia de Huamanga, resulta necesario emitir la correspondiente Resolución Ministerial que autorice su funcionamiento;De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001- JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el funcionamiento del Centro de Asistencia Legal Gratuita - ALEGRA ubicado en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, a partir del martes 13 de diciembre de 2005, a través del cual se brindarán los servicios de justicia de: - Defensoría de Oficio. - Consultorio Jurídico Popular. - Centro de Conciliación Extrajudicial. Artículo Segundo.- Conforme a los artículos 71º y 72º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS, la Dirección Nacional de Justicia, órgano de línea del Ministerio de Justicia, tendrá la responsabilidad del cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer que los demás órganos del Ministerio de Justicia brinden el apoyo correspondiente para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 21139 MIMDES Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables deocasionar perjuicio económico a laGerencia Local PRONAA - Huancayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 795-2005-MIMDES Lima, 13 de diciembre de 2005 Vistos, el Memorando Nº 323-2005-MIMDES/DM de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, y el Oficio Nº 1225-2005-MIMDES-PRONAA/DE de la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial Nº 010-2005-2-4411 denominado "Irregularidades en los procesos de adquisición de productos alimenticios en la Gerencia Local de PRONAA - Huancayo, al haberse otorgado la Buena Pro a precios mayores a los ofertados, ocasionando un perjuicio económico al Estado de S/. 145,504.54 Nuevos Soles", el Órgano de Control Institucional del PRONAA, al revisar y evaluar los Procesos de Adquisición llevados a cabo por la Comisión de Adquisición de la Gerencia Local PRONAA Huancayo (actualmente Equipo Zonal Huancayo) que en el mismo informe se detallan, determinó que en el período 2003 a 2004 la citada Comisión de Adquisición otorgó la Buena Pro a precios mayores a las ofertas económicas presentadas por los postores; Que, asimismo el referido Informe Especial determinó que los miembros de la mencionada Comisión de Adquisición que intervinieron en los procesos de Adquisición, inobservaron lo establecido en el artículo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27060 "Ley que autoriza al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA- a adquirir directamente productos alimenticios nacionales a los pequeños productores locales",